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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE ALARÓ

Núm. 856
Exposición pública de la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscal de la tasa por expedición de licencias urbanísticas

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Texto

(Exp. nº 60/2021)

El pleno del ayuntamiento, en sesión de 28 de enero de 2021, ha aprobado provisionalmente la modificación de la ordenanza fiscal de la tasa por licencias urbanísticas.

Se propone una modificación parcial de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por licencias urbanísticas. Esta ordenanza está vigente desde hace mucho tiempo y la complejidad técnica de la tramitación de algunos instrumentos de planeamiento y de gestión urbanística son más laboriosos y costosos para los técnicos municipales que en aquel momento anterior, por lo cual es coherente revisar la cuantía de las tasas.

Por otra parte, la tramitación de los expedientes de obra con muchas deficiencias es también muy dificultoso y gravoso para el área de urbanismo, porque se han de dedicar mucho más tiempo que a los expedientes que no tienen deficiencias o solo alguna.

La modificación afecta principalmente al artículo 5, que amplia y clarifica las tarifas de los diferentes procedimientos urbanísticos, según si se trata de primeras solicitudes, modificaciones o reparación de deficiencias. No se modifica la tarifa relativa a comunicaciones previas de obras o licencias urbanísticas, excepto en la segunda reparación de deficiencias y siguientes de las licencias urbanísticas, que se incrementan en 250,00 €.

En cuanto al artículo 7, se añade el punto 4, respecto al pago de la tasa como requisito para tramitar las solicitudes.

Asimismo se prevé modificar los artículos 1, 2, 3, 4 y 10 únicamente a erfecos de poner al día las normas tributarias, urbanísticas y de hacienda local vigentes que se mencionan.

El acuerdo provisional se expone al público durante el plazo de treinta días hábiles, contado a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Butlletí Oficial de les Illes Balears (BOIB); durante este plazo las personas interesadas podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

El texto completo de la ordenanza aprobada provisionalmente puede consultarse en el tablón de anuncios de la sede electrónica del ayuntamiento de Alaró (www.ajalaro.net).

En el supuesto de no presentarse reclamaciones, se entenderá definitivamente aprobada la modificación tributaria.

Lo que se hace público de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17 del Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

 

Alaró, 29 de enero de 2021

El alcalde Llorenç Perelló Rosselló