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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TRANSICIÓN ENERGÉTICA Y SECTORES PRODUCTIVOS

Núm. 853
Resolución del consejero de Transición Energética y Sectores Productivos por la que se concede la autorización administrativa y la aprobación del proyecto de ejecución de la planta de cogeneración con biogás, con una potencia total de 1.802 kW, promovida por Giref Generación Renovable, SL, en la carretera PMV 810 1, km 5, del término municipal de Santa Eulària des Riu

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Texto

Hechos

1. El 5 de mayo de 2020, se presentó ante la Dirección General de Energía y Cambio Climático una solicitud para la obtención de la autorización administrativa y la aprobación del proyecto de ejecución de una instalación de cogeneración con biogás en el vertedero de Ca na Putxa.

2. El 29 de mayo de 2020 y el 11 de noviembre de 2020, se presentó documentación complementaria a la solicitud inicial.

3. El 17 de noviembre de 2020, se realizaron las consultas al Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu y al Consejo Insular de Ibiza sobre el expediente.

4. El 27 de noviembre de 2020, el Consejo Insular de Ibiza emitió el informe sobre la actuación.

5. El 28 de noviembre de 2020, se publicó en el BOIB n.º 201 el trámite de información pública del proyecto por un plazo de veinte días de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1955/2000.

6. El 22 de diciembre de 2020, se emitió el informe por parte del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu.

7. El 18 de enero de 2021, se emitió informe sobre el período de información pública donde se acredita que no se recibieron alegaciones al proyecto.

8. El 26 de enero de 2021, los técnicos de la Dirección General de Energía y Cambio Climático examinaron la documentación aportada y emitieron un informe en el que se indica que, sin entrar a valorar técnicamente el proyecto, se informa favorablemente la autorización administrativa y la aprobación del proyecto de ejecución de la instalación de referencia con una serie de condicionantes.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.

2. El Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

3. El Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.

4. El Decreto 21/2019, de 2 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 12/2019, de 2 de julio, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

5. La Resolución del consejero de Transición Energética y Sectores Productivos de 8 de julio de 2019 de delegación de competencias y de suplencia en los órganos directivos de la Consejería.

Por todo ello, dicto la siguiente

 

Resolución

1. Otorgar la autorización administrativa de la planta de cogeneración promovida por Giref Generación Renovable, SL, con NIF B-01803758, condicionada al cumplimiento de las prescripciones descritas en los apartados 2 y 3 del informe del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu. Las características de la instalación son las siguientes:

  • Expediente: RE 017/20. Planta de cogeneración con biogás.
  • Situación: carretera PMV-810 1, km 5, del término municipal de Santa Eulària des Riu.
  • Datos técnicos: dos motores de cogeneración de 928 kW cada uno ubicados en las instalaciones del vertedero de Ca na Putxa.
  • La instalación se clasifica en el grupo b.7, de acuerdo con el artículo 2 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.

2. Aprobar el proyecto de ejecución de la instalación realizado por el ingeniero Manuel Florez Sarmiento, y firmado el 29 de mayo de 2020, sin entrar a valorar técnicamente el contenido.

3. Indicar que, una vez ejecutadas las instalaciones objeto de esta autorización, el titular deberá presentar la solicitud de puesta en servicio, a la que acompañará un certificado de final de obra suscrito por un técnico facultativo, así como las pruebas reglamentarias y demás documentación que exige la reglamentación vigente.

4. Informar que esta autorización se concede sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias relativas a licencias municipales, a la ordenación del territorio y al medio ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables.

5. Notificar esta resolución a los interesados y publicarla en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Transición Energética y Sectores Productivos en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También cabe interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

 

Palma, 28 de enero de 2021

El director general de Energía y Cambio Climático

Aitor Urresti González

Por delegación del consejero de Transición Energética y Sectores Productivos

(BOIB n.º 94, de 11/07/2019)​​​​​​​