Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MODELO ECONÓMICO, TURISMO Y TRABAJO

Núm. 659
Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo por la cual se conceden ayudas para reiniciar o continuar la actividad por cuenta propia y consolidar el proyecto de autoempleo, de las personas físicas autónomas afectadas directamente por la COVID-19 , se autoriza y dispone el gasto, se reconoce la obligación y se propone el pago

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Hechos

1.Por Orden del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de 10 de julio de 2020, se han aprobado las bases reguladoras y la convocatoria extraordinaria de ayudas para reiniciar o continuar la actividad por cuenta propia y consolidar el proyecto de autoempleo, de las personas físicas autónomas afectadas directamente por la COVID-19 (BOIB n.º 122, de 11 de julio).

2.Dentro del plazo establecido a la Orden mencionada en el párrafo 1, han tenido entrada a la Dirección General de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular de forma telemática la solicitud y la documentación prevista en la convocatoria por parte de los autónomos a que hace referencia el anexo.

3.La Dirección General de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular, órgano instructor del procedimiento, ha examinado las solicitudes y ha comprobado que las personas que constan en el anexo cumplen los requisitos establecidos a la convocatoria, así como también que se encuentran al corriente de pagos en la Seguridad Social, con la Agencia Tributaria Autonómica, con la Agencia Tributaria Estatal y con la entidad local del domicilio fiscal, de acuerdo con la declaración responsable de cada una de las personas solicitantes.

4.El artículo 7.7 de la Orden mencionada en el párrafo 1, indica que la notificación a los interesados se hará mediante la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

5.Hay crédito adecuado y suficiente para hacer efectiva esta subvención, en la partida presupuestaría 12801.413G01.47000.00 FF 20121, del presupuesto de la comunidad autónoma de las Islas Baleares para el año 2020.

Fundamentos de derecho

1. El Real Decreto 99/1996, de 26 de enero, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de cooperativas, calificación y registro de sociedades anónimas laborales y programas de apoyo a la ocupación (BOE n.º 52, de 29 de febrero) y el Decreto 32/1996, de 7 de marzo (BOIB n.º 35, de 19 de marzo), por medio del cual la CAIB las asumió.

2. El Real decreto legislativo 3/2015, de 23 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de Ocupación.

3. El Texto Refundido de la ley de subvenciones, aprobado por Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.

4. El Decreto Ley 8/2020, de 13 de mayo, de medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la actividad económica y la simplificación administrativa en el ámbito de las administraciones públicas de las Islas Baleares para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la COVID-19

5. Orden del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de día 10 de julio de 2020 por la cual se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria extraordinaria de ayudas para reiniciar o continuar la actividad por cuenta propia y consolidar el proyecto de autoempleo, de las personas físicas autónomas afectadas directamente por la COVID-19 (BOIB n.º 122, de 11 de julio).

6. La competencia para resolver la concesión de estas subvenciones corresponde al consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de acuerdo con el artículo 7.2 de la Orden mencionada por la cual se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria, en relación con el artículo 2.4 del Decreto 12/2019, de 3 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB n.º 106, de 2 de agosto).

7. De acuerdo con el artículo 11 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares (BOIB n.º 44, de 3 de abril) y los artículos 10.1.b y 11.1 de la Ley 19/2019, de 30 de diciembre, de presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Islas Baleares para el año 2020 (BOIB n.º 175, de día 31 de diciembre), el órgano competente para autorizar y disponer el gasto así como para reconocer las obligaciones económicas y proponer el pago es el titular de la sección presupuestaria respectiva.

Además los beneficiarios tienen que informar a la Dirección General de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular de cualquier alteración de las condiciones que se hayan tenido en cuenta para conceder la subvención.

Resolución

1.Conceder ayudas para mantener la actividad por cuenta propia y consolidar el proyecto de autoempleo, de los autónomos afectados directamente por la COVID-19 a las personas relacionadas al Anexo que se adjunta a esta resolución, por las cuantías individuales que este Anexo dispone.

2.Autorizar y disponer un gasto global de 101.500,00 € a favor de las personas relacionadas al Anexo que se adjunta a esta resolución por las cuantías individuales que este Anexo dispone con cargo a la partida 12801.413G01.47000.00 FF 20121 de los presupuestos de la comunidad autónoma de las Islas Baleares para el año 2020, según la distribución que se muestra en la tabla siguiente:

Partida

Importe (euros)

12801.413G01.47000.00 FF 20121

101.500,00

Total

101.500,00

3.Reconocer la obligación y proponer el pago global de 101.500,00 € a favor de las personas relacionadas en el Anexo que se adjunta a esta resolución , por las cuantías individuales que este Anexo dispone, con cargo a la partida 12801.413G01.47000.00 FF 20121 de los presupuestos de la comunidad autónoma de las Islas Baleares para el año 2020, según la distribución que se ha mostrado a la tabla anterior 

4.Comunicar a los beneficiarios que las ayudas que establece esta Resolución están sometidas en el régimen de Marc nacional Temporal relativo a las medidas de ayuda a autónomos consistentes en ayudas directas destinadas a apoyar la economía en el contexto del actual brote de COVID-19 de la Comisión Europea.

5.Comunicar a las personas beneficiarias que tendrán que cumplir las obligaciones establecidas en el artículo 9.1 de la Orden del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de 10 de julio de 2020, por la cual se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria extraordinaria de ayudas para reiniciar o continuar la actividad por cuenta propia y consolidar el proyecto de autoempleo, de las personas físicas autónomas afectadas directamente por la COVID-19.

6.Comunicar a los beneficiarios que tienen que informar a la Dirección General de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular de cualquier alteración de las condiciones que se hayan tenido en cuenta para conceder la subvención.

7.Así mismo, comunicar a los beneficiarios que los incumplimientos darán lugar al reintegro de las subvenciones percibidas en el términos previstos en el artículo 9.2 de la Orden del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de 10 de julio de 2020 mencionada en el párrafo anterior y de acuerdo con lo establecido en los artículos 44 y 45 del Texto refundido de la Ley de subvenciones de las Islas Baleares y el resto de normativa aplicable.

8.Notificar a las personas beneficiarias esta Resolución, mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta resolución –que agota la vía administrativa– se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con el que disponen el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración autonómica de las Islas Baleares y el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses desde el día siguiente de haber recibido la notificación o publicación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Palma, 25 de enero de 2021

El director general de Promoció Econòmica, Emprenedoria i Economia Social i Circular

Manuel Porras Romero

(Por delegación del consejero de Modelo económico, Turismo y Trabajo BOIB núm.97 de 2019 )

 

ANEXO

Con cargo a la partida 12801.413G01.47000.00 FF 20121, se autoriza y dispone el gasto de los siguientes expedientes:

Núm. expediente

Núm. de registro

NIF del beneficiario

Importe de la ayuda

[AUT 10794/2020]

L99E185390/2020

50969420V

2000,00

[AUT 10789/2020]

L99E185989/2020

Y2466999X

2000,00

[AUT 10787/2020]

L99E185963/2020

Y3524405Z

2000,00

[AUT 10774/2020]

L99E185794/2020

46956914E

2000,00

[AUT 10751/2020]

L99E185401/2020

41446775q

2500,00

[AUT 10742/2020]

L99E185317/2020

46953373T

2500,00

[AUT 10729/2020]

L99E185196/2020

41445672V

2000,00

[AUT 10703/2020]

L99E184985/2020

72821252D

2000,00

[AUT 10690/2020]

L99E184884/2020

41441475y

2500,00

[AUT 10684/2020]

L99E184852/2020

Y2400889W

2500,00

[AUT 10682/2020]

L99E184842/2020

41450573L

2000,00

[AUT 10666/2020]

L99E184677/2020

46955751D

3000,00

[AUT 10582/2020]

L99E183858/2020

X5686384W

2000,00

[AUT 10579/2020]

L99E183843/2020

Y2649727A

2500,00

[AUT 10578/2020]

L99E183839/2020

05215662K

2000,00

[AUT 10565/2020]

L99E183771/2020

70015983G

2000,00

[AUT 10504/2020]

L99E183236/2020

41444212Y

2000,00

[AUT 10495/2020]

L99E183188/2020

41456089S

2500,00

[AUT 10492/2020]

L99E183175/2020

45492491D

3000,00

[AUT 10488/2020]

L99E183132/2020

41427162E

3000,00

[AUT 10485/2020]

L99E183078/2020

44196580X

2000,00

[AUT 10466/2020]

L99E182871/2020

46950947N

2000,00

[AUT 10454/2020]

L99E182748/2020

06571400R

2000,00

[AUT 10435/2020]

L99E182588/2020

41435871Z

2500,00

[AUT 10427/2020]

L99E182536/2020

20840186R

2000,00

[AUT 8642/2020]

L99E112630/2020

54628756F

2500,00

[AUT 8628/2020]

L99E112563/2020

Y4630087V

2000,00

[AUT 8544/2020]

L99E112476/2020

41522630V

2000,00

[AUT 8447/2020]

L99E112319/2020

X0320051Y

2000,00

[AUT 8348/2020]

L99E111987/2020

Y0004916P

2000,00

[AUT 8336/2020]

L99E112014/2020

46395436C

2000,00

[AUT 8295/2020]

L99E112113/2020

24147465H

3000,00

[AUT 8282/2020]

L99E112146/2020

43065573M

2500,00

[AUT 8088/2020]

L99E111628/2020

43056963C

2000,00

[AUT 8087/2020]

L99E111629/2020

00377343M

2000,00

[AUT 7970/2020]

L99E111318/2020

43106879A

2000,00

[AUT 7877/2020]

L99E111465/2020

42993839P

2000,00

[AUT 7716/2020]

L99E111189/2020

43019857J

2000,00

[AUT 7669/2020]

L99E110943/2020

06992504K

2000,00

[AUT 7555/2020]

L99E110816/2020

43058712K

2000,00

[AUT 7431/2020]

L99E110638/2020

71454056W

2000,00

[AUT 7407/2020]

L99E110585/2020

43149444H

2000,00

[AUT 7351/2020]

L99E110402/2020

Y2428170M

2000,00

[AUT 7332/2020]

L99E110429/2020

34065391E

2000,00

[AUT 7076/2020]

L99E110018/2020

44327073R

2000,00

[AUT 6927/2020]

L99E109858/2020

27251740Y

3000,00