Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 612
Acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca, de fecha 21.12.2020, relativo a la concesión de ayudas económicas para estancias en centros terapéuticos o residenciales ubicados fuera de Menorca y para desplazamientos asociados correspondientes al año 2020 (exp. 1819-2020-000001)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

centros terapéuticos o residenciales ubicados fuera de Menorca, aprobadas por el Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca día 31 de agosto de 2020 y publicadas en el BOIB número 162 de 19 de septiembre de 2020;

Vista el acta de la reunión de la Comisión Evaluadora tenida día 14 de diciembre de 2020 y los informes de propuesta a la Comisión Evaluadora;

Vista la propuesta de la consejera ejecutiva del Departamento de Bienestar Social;

El Consejo Ejecutivo, por unanimidad y en votación ordinaria, adopta los siguientes acuerdos:

Primero. Conceder, con cargo ala partida presupuestaria 23131 4800006 3 de ayudas económicas para estancias en centros terapéuticos o residenciales ubicados fuera de la isla de Menorca y para desplazamientos asociados correspondiente al año 2020, por un importe total de 19.968,58 €, las ayudas que se detallan a continuación:

KPM (menor de edad) *** 0881 **, la cantidad de 641,72 € en concepto de los gastos por desplazamientos derivados de la estancia en el centro terapéutico o residencial, fuera de Menorca, según determinan las bases de la convocatoria .

Esta ayuda de carácter finalista, la justificación del que ya consta en el expediente, será ingresado directamente en la cuenta corriente de la persona solicitante, de acuerdo con la valoración, la documentación y la propuesta que figuran en el expediente de referencia .

Clara Febrero Martí *** 4788 **, la cantidad de 9.741,23 € en concepto de parte de los gastos de estancia en centro terapéutico o residencial fuera de Menorca ya los gastos por desplazamientos y alojamientos derivados de la estancia en el centro, según determinan las bases de la convocatoria.

Esta ayuda de carácter finalista, la justificación del que ya consta en el expediente, será ingresado directamente en la cuenta corriente de la persona solicitante, de acuerdo con la valoración, la documentación y la propuesta que figuran en el expediente de referencia.

Pau Pons Coll *** 1032 **, la cantidad de 606,75 € en concepto de los gastos por desplazamientos derivados de estancia en centro terapéutico o residencial fuera de Menorca, según determinan las bases de la convocatoria.

Esta ayuda de carácter finalista, la justificación del que ya consta en el expediente, será ingresado directamente en la cuenta corriente de la persona solicitante, de acuerdo con la valoración, la documentación y la propuesta que figuran en el expediente de referencia.

AR. GT (menor de edad) *** 0894 **, la cantidad de 8.978,88 € en concepto de parte de los gastos de estancia en centro terapéutico o residencial fuera de Menorca ya los gastos por desplazamientos derivados de la estancia en el centro, según determinan las bases de la convocatoria.

Esta ayuda de carácter finalista, la justificación del que ya consta en el expediente, será ingresado directamente en la cuenta corriente de la persona solicitante, de acuerdo con la valoración, la documentación y la propuesta que figuran en el expediente de referencia .

Segundo. Comunicar este acuerdo al Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones previamente a la publicación de esta concesión en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Contra este acuerdo - que no agota la vía administrativa - se puede interponer un recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y el artículo 22 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de consejos insulares.

Dicho recurso se entenderá desestimado si no se notifica la resolución correspondiente, cuando hayan transcurrido tres meses desde su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo podrá interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma

  

Maó, 14 de enero de 2021

Por delegación de la presidenta,

El secretario del Consejo Ejecutivo

Octavi Pons Castejón

(Decreto 427/2019, de 11 de julio)

(BOIB n.º 97 de 16-7-2019)