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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 611
Acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca, de fecha 21.12.2020, relativo a la concesión de ayudas del Consell Insular de Menorca a las escuelas infantiles de Menorca con alumnos de primer ciclo de Educación Infantil para el curso 2019/2020 ( exp. 1505-2020-000003)

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Texto

El Consejo Ejecutivo, en la sesión de día 28 de septiembre de 2020, aprobó las bases relativas a las concesión de ayudas del Consejo Insular de Menorca a las escuelas infantiles de Menorca con alumnos de primer ciclo de educación infantil, así como la convocatoria correspondiente al curso 2019/2020, y se publicaron tanto las bases como la convocatoria en el BOIB n.º 181 de 22 de octubre de 2020.

Dado que la Consejería de Educación y la Universidad de las Illes Balears ha convocado ayudas de comedor para el curso 2019-20, el CIM ya no considera necesaria su aportación por este concepto, y dado que se considera conveniente colaborar con los titulares de los centros educativos que mantuvieron personal educativo de alta laboral para seguir dando apoyo, acompañamiento y propuestas educativas a las familias de la guardería durante la suspensión de las actividades lectivas mientras estuvo vigente el estado de alarma para afrontar la situación de emergencia sanitaria provocada por la Covid-19, se modifica, respecto de las bases anteriores, uno de los criterios de determinación del importe de subvención.

El Decreto de Presidencia 2020/PRES000180, de 7 de agosto de 2020, de suplemento de crédito para la aplicación del superávit 2019 en política social Covid-19, aprueba la modificación presupuestaria que permite destinar 225.000 € a la aplicación presupuestaria 3-23124-4620000 para Ayudas educación 0-3, que se suman a los 225.000 € que ya estaban previstos en la aplicación presupuestaria 4-32600 4620000 para esta convocatoria de ayudas, sumando un total de 450.000 € que el Consell Insular de Menorca destina a la convocatoria para el curso 2019 a 2020.

Este año se ha recibido 18 solicitudes de las diferentes escuelas de todos los municipios de Menorca, así como de las privadas La Salle de Maó y Xipell de Ciutadella. Una vez comprobado que las escuelas infantiles solicitantes han aportado toda la documentación prevista en las bases que regulan la concesión de este apoyo, se ha detectado que la escuela infantil Xipell presenta beneficios en su liquidación, y la base 4.2 establece que el importe de las subvenciones que se concedan no puede superar en ningún caso, de manera aislada o en concurrencia con otras ayudas, el coste de la actividad subvencionada. Por lo tanto, al ser positiva la liquidación de Xipell, los beneficios superan el coste de la actividad subvencionada, corresponde excluir la guardería Xipell de la presente convocatoria.

Una vez revisada la documentación de los solicitantes, se han aplicado los criterios y la puntuación previstos en el punto 8 de las bases.

En la convocatoria se destinaban 400.000 € para los módulos 1 al 6, y 50.000 € para el módulo 7, y una vez hecha la baremación de puntos, el importe que correspondía al módulo 7 superaba el máximo permitido en las bases para este módulo, por lo que se ha ajustado la aportación a cada guardería para que el total sea de 50.000 euros.

Una vez aplicados los criterios de los módulos 1 a 6, el importe resultante ha sido inferior a los 400.000 euros previstos en la convocatoria, por lo que la diferencia se ha repartido en el módulo 6 de forma proporcional al número de niños de cada centro.

Dado que dichas escuelas infantiles justificaron correctamente la ayuda concedida en la convocatoria de ayudas del curso 2018-2019;

Visto el Decreto de Presidencia n.º 424, de 10 de julio de 2019, de determinación de las atribuciones del Consejo Ejecutivo;

Vista la propuesta del consejero ejecutivo del Departamento de Cultura, Educación, Juventud y Deportes;

El Consejo Ejecutivo, por unanimidad y en votación ordinaria, adopta los siguientes acuerdos:

Primero. Conceder a las escuelas infantiles de Menorca con alumnos de primer ciclo de educación infantil para el curso 2019/2020 las ayudas siguientes:

AJUNTAMENT DES MERCADAL………………....... 24.174 €

EI ARC DE SANT MARTÍ………................... 24.174

AJUNTAMENT DE MAÓ………………..…………… 143.085 €

EI ES BUSQUERETS………....................... 33.650 €

EI ES PASSERELLS…………….................. 32.929 €

EI FORT DE L'EAU…………….................... 31.117 €

EI CAP DE CREUS...................................... 28.390 €

EI SANT CLIMENT…………........................ 16.999 €

AJUNTAMENT DE CIUTADELLA………….............. 127.226€

EI SA GALERA…………………........... 30.866 €

EI ES MUSSOL………………….......... 21.989 €

EI ES PORIOL…………………............ 27.941 €

EI JOGUINA………………………........ 20.875 €

EI ROSER GENER…………............... .25.555 €

AJUNTAMENT DES CASTELL………….…............... 26.138 €

EI ES CASTELL………………................. 26.138 €

AJUNTAMENT DE FERRERIES………………........... 30.553 €

EI DE FERRERIES…………................ 30.553 €

AJUNTAMENT DE SANT LLUÍS………………........... 30.105 €

EI SES CANALETES………….............. 30.105 €

AJUNTAMENT DES MIGJORN GRAN………............ 11.790 €

EI XIBIT……………………………............ 11.790 €

AJUNTAMENT D'ALAIOR……………………….......... 37.252 €

EI ES POUET………………................... 37.252 €

EI LA SALLE MAÓ………………………..................... 19.677 €

TOTAL…………….............. 450.000 €

Segundo. Excluir a la Fundació Pia Autònoma Xipell de la convocatoria para el curso 2019-2020 por incumplimiento de la base 4.2: "El importe de las subvenciones o ayudas que se concedan no puede superar en ningún caso, de manera aislada o en concurrencia con otras ayudas, el coste de la actividad subvencionada".

Contra este acuerdo - que no agota la vía administrativa - se puede interponer un recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y el artículo 22 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de consejos insulares.

Dicho recurso se entenderá desestimado si no se notifica la resolución correspondiente, cuando hayan transcurrido tres meses desde su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo podrá interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma

 

Maó, 14 de enero de 2021

Por delegación de la presidenta,

El secretario del Consejo Ejecutivo

Octavi Pons Castejón

(Decreto 427/2019, de 11 de julio)

(BOIB núm. 97 de 16.7.2019)