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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MODELO ECONÓMICO, TURISMO Y TRABAJO

Núm. 521
Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo por la cual se conceden ayudas para reiniciar o continuar la actividad por cuenta propia y consolidar el proyecto de autoempleo, de las personas físicas autónomas afectadas directamente por la COVID-19 , se autoriza y dispone el gasto, se reconoce la obligación y se propone el pago

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Texto

Hechos

1.Por Orden del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de 10 de julio de 2020, se han aprobado las bases reguladoras y la convocatoria extraordinaria de ayudas para reiniciar o continuar la actividad por cuenta propia y consolidar el proyecto de autoempleo, de las personas físicas autónomas afectadas directamente por la COVID-19 (BOIB n.º 122, de 11 de julio).

2.Dentro del plazo establecido a la Orden mencionada en el párrafo 1, han tenido entrada a la Dirección General de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular de forma telemática la solicitud y la documentación prevista en la convocatoria por parte de los autónomos a que hace referencia el anexo.

3.La Dirección General de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular, órgano instructor del procedimiento, ha examinado las solicitudes y ha comprobado que las personas que constan en el anexo cumplen los requisitos establecidos a la convocatoria, así como también que se encuentran al corriente de pagos en la Seguridad Social, con la Agencia Tributaria Autonómica, con la Agencia Tributaria Estatal y con la entidad local del domicilio fiscal, de acuerdo con la declaración responsable de cada una de las personas solicitantes.

4.El artículo 7.7 de la Orden mencionada en el párrafo 1, indica que la notificación a los interesados se hará mediante la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

5.Hay crédito adecuado y suficiente para hacer efectiva esta subvención, en la partida presupuestaría 12801.413G01.47000.00 FF 20121, del presupuesto de la comunidad autónoma de las Islas Baleares para el año 2020.

Fundamentos de derecho

1. El Real Decreto 99/1996, de 26 de enero, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de cooperativas, calificación y registro de sociedades anónimas laborales y programas de apoyo a la ocupación (BOE n.º 52, de 29 de febrero) y el Decreto 32/1996, de 7 de marzo (BOIB n.º 35, de 19 de marzo), por medio del cual la CAIB las asumió.

2. El Real decreto legislativo 3/2015, de 23 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de Ocupación.

3. El Texto Refundido de la ley de subvenciones, aprobado por Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.

4. El Decreto Ley 8/2020, de 13 de mayo, de medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la actividad económica y la simplificación administrativa en el ámbito de las administraciones públicas de las Islas Baleares para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la COVID-19

5. Orden del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de día 10 de julio de 2020 por la cual se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria extraordinaria de ayudas para reiniciar o continuar la actividad por cuenta propia y consolidar el proyecto de autoempleo, de las personas físicas autónomas afectadas directamente por la COVID-19 (BOIB n.º 122, de 11 de julio).

6. La competencia para resolver la concesión de estas subvenciones corresponde al consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de acuerdo con el artículo 7.2 de la Orden mencionada por la cual se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria, en relación con el artículo 2.4 del Decreto 12/2019, de 3 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB n.º 106, de 2 de agosto).

7. De acuerdo con el artículo 11 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares (BOIB n.º 44, de 3 de abril) y los artículos 10.1.b y 11.1 de la Ley 19/2019, de 30 de diciembre, de presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Islas Baleares para el año 2020 (BOIB n.º 175, de día 31 de diciembre), el órgano competente para autorizar y disponer el gasto así como para reconocer las obligaciones económicas y proponer el pago es el titular de la sección presupuestaria respectiva.

Además los beneficiarios tienen que informar a la Dirección General de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular de cualquier alteración de las condiciones que se hayan tenido en cuenta para conceder la subvención.

RESOLUCIÓN

1.Conceder ayudas para mantener la actividad por cuenta propia y consolidar el proyecto de autoempleo, de los autónomos afectados directamente por la COVID-19 a las personas relacionadas al Anexo que se adjunta a esta resolución, por las cuantías individuales que este Anexo dispone.

2.Autorizar y disponer un gasto global de 104.000,00 € a favor de las personas relacionadas al Anexo que se adjunta a esta resolución por las cuantías individuales que este Anexo dispone con cargo a la partida 12801.413G01.47000.00 FF 20121 de los presupuestos de la comunidad autónoma de las Islas Baleares para el año 2020, según la distribución que se muestra en la tabla siguiente:

Partida

Importe (euros)

12801.413G01.47000.00 FF 20121

104.000,00

Total

104.000,00

3.Reconocer la obligación y proponer el pago global de 104.000,00 € a favor de las personas relacionadas en el Anexo que se adjunta a esta resolución , por las cuantías individuales que este Anexo dispone, con cargo a la partida 12801.413G01.47000.00 FF 20121 de los presupuestos de la comunidad autónoma de las Islas Baleares para el año 2020, según la distribución que se ha mostrado a la tabla anterior. 

4.Comunicar a los beneficiarios que las ayudas que establece esta Resolución están sometidas en el régimen de Marc nacional Temporal relativo a las medidas de ayuda a autónomos consistentes en ayudas directas destinadas a apoyar la economía en el contexto del actual brote de COVID-19 de la Comisión Europea.

5.Comunicar a las personas beneficiarias que tendrán que cumplir las obligaciones establecidas en el artículo 9.1 de la Orden del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de 10 de julio de 2020, por la cual se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria extraordinaria de ayudas para reiniciar o continuar la actividad por cuenta propia y consolidar el proyecto de autoempleo, de las personas físicas autónomas afectadas directamente por la COVID-19.

6.Comunicar a los beneficiarios que tienen que informar a la Dirección General de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular de cualquier alteración de las condiciones que se hayan tenido en cuenta para conceder la subvención.

7.Así mismo, comunicar a los beneficiarios que los incumplimientos darán lugar al reintegro de las subvenciones percibidas en el términos previstos en el artículo 9.2 de la Orden del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de 10 de julio de 2020 mencionada en el párrafo anterior y de acuerdo con lo establecido en los artículos 44 y 45 del Texto refundido de la Ley de subvenciones de las Islas Baleares y el resto de normativa aplicable.

8.Notificar a las personas beneficiarias esta Resolución, mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta resolución –que agota la vía administrativa– se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con el que disponen el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración autonómica de las Islas Baleares y el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses desde el día siguiente de haber recibido la notificación o publicación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Palma, 21 de enero de 2021 El director general de Promoció Econòmica, Emprenedoria i Economia Social i Circular Manuel Porras Romero (Por delegación del consejero de Modelo económico, Turismo y Trabajo BOIB núm.97 de 2019 )

 

ANEXO

Con cargo a la partida 12801.413G01.47000.00 FF 20121, se autoriza y dispone el gasto de los siguientes expedientes:

Núm. expediente

Núm. de registro

NIF del beneficiario

Importe de la ayuda

[AUT 10779/2020]

L99E185838/2020

41443940X

3000,00

[AUT 10756/2020]

L99E185469/2020

41456919V

3000,00

[AUT 10711/2020]

L99E185044/2020

41437162v

2500,00

[AUT 10701/2020]

L99E184958/2020

Y5641954E

2000,00

[AUT 10664/2020]

L99E184655/2020

Y1190151F

2000,00

[AUT 10646/2020]

L99E184378/2020

41437981P

2500,00

[AUT 10643/2020]

L99E184364/2020

41442742P

2500,00

[AUT 10624/2020]

L99E184179/2020

10793046C

3000,00

[AUT 10601/2020]

L99E184049/2020

18207870N

2000,00

[AUT 10558/2020]

L99E183739/2020

41438574A

3000,00

[AUT 10532/2020]

L99E183441/2020

46956512B

2000,00

[AUT 10517/2020]

L99E183322/2020

46955940Z

2500,00

[AUT 10513/2020]

L99E183293/2020

46959940N

2500,00

[AUT 10508/2020]

L99E183267/2020

46953475X

2000,00

[AUT 10503/2020]

L99E183235/2020

Y5437337J

2000,00

[AUT 10502/2020]

L99E183229/2020

46952952Q

2000,00

[AUT 10489/2020]

L99E183142/2020

45967883Z

2000,00

[AUT 10482/2020]

L99E183021/2020

41444671M

3000,00

[AUT 10470/2020]

L99E182929/2020

48199914X

2000,00

[AUT 10468/2020]

L99E182883/2020

41451373Z

3000,00

[AUT 10463/2020]

L99E182859/2020

33885400Y

3000,00

[AUT 10455/2020]

L99E182755/2020

Y5483971A

2000,00

[AUT 10453/2020]

L99E182741/2020

41446053F

2000,00

[AUT 10452/2020]

L99E182719/2020

X5899014C

2000,00

[AUT 10446/2020]

L99E182646/2020

Y3327258T

2500,00

[AUT 8957/2020]

L99E113351/2020

43145586R

2500,00

[AUT 8542/2020]

L99E112480/2020

43176208X

2000,00

[AUT 8423/2020]

L99E112283/2020

44329220D

2500,00

[AUT 8286/2020]

L99E112142/2020

78199252B

2000,00

[AUT 8183/2020]

L99E111778/2020

42997677M

3000,00

[AUT 8170/2020]

L99E111730/2020

43103145H

2000,00

[AUT 8154/2020]

L99E111765/2020

43024165C

2000,00

[AUT 8119/2020]

L99E111579/2020

43008981Q

2000,00

[AUT 8065/2020]

L99E111655/2020

34067506K

2500,00

[AUT 8004/2020]

L99E111264/2020

41536324A

2500,00

[AUT 7992/2020]

L99E111287/2020

43075982H

2000,00

[AUT 7854/2020]

L99E111497/2020

44565150M

2000,00

[AUT 7777/2020]

L99E111092/2020

X0666228X

2000,00

[AUT 7745/2020]

L99E111144/2020

78201271Y

2000,00

[AUT 7742/2020]

L99E111149/2020

54624154M

2000,00

[AUT 7702/2020]

L99E111215/2020

18237998X

2500,00

[AUT 7684/2020]

L99E110919/2020

X2162839B

2000,00

[AUT 7644/2020]

L99E110976/2020

44326845A

2500,00

[AUT 7639/2020]

L99E110983/2020

41541277B

2000,00

[AUT 2170/2020]

L99E103457/2020

X4621227K

2000,00