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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE CAPDEPERA

Núm. 492
Departamento de Urbanismo. Exp.: 21 urb/06 G:146/2017. Aprobación inicial de las modificaciones en el transcurso de las obras del nuevo modificado del proyecto de dotación de servicios de la unidad de actuación UA-2 Cala Gat

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Texto

Por resolución de alcaldía de 23/12/20 se aprobó inicialmente el proyecto de modificaciones en el transcurso de las obras del nuevo modificado del proyecto de dotaciones de servicios de la UA-2 Cala Gat, con RE: 3572, de 22/12/20, redactado por el ingeniero industrial Miquel Oliver Sansó.

El Proyecto de modificaciones en el transcurso de las obras comprende las siguientes actuaciones:

- Pavimentación de las aceras: Se sustituye el pavimento inicial previsto tipo panot por un pavimento continuo de hormigón a color.

- Vial de acceso a la urbanización en la carretera MA 405.

- Pasos de cebra elevados.

- Red de suministro de agua potable. Se sustituye el depósito proyectado inicialmente por una estación de impulsión en línea. Se modifica la sección de canalización de la entrada de la urbanización a una de 160 mm.

- Red de alcantarillado. Se sustituye la canalización prevista a gran profundidad situada en avinguda Cala Gat por una nueva estación de impulsión.

- Red de pluviales. Se sustituyen algunos imbornales previstos por unos nuevos imbornales corridos. Se prevén nuevos imbornales en los pasos de cebra.

- Reconstrucción del muro de la rotonda avinguda Cala Gat.

- Mecanismo de telegestión. Se incorpora la instalación de un sistema de telegestión para facilitar el mantenimiento permitiendo el control instantáneo del funcionamiento de las diferentes estaciones de bombeo.

- Luminarias. Se sustituyen las previstas en el proyecto aprobado, de vapor de sodio de alta presión, por otras de tecnología LED, de mayor rendimiento y eficiencia energética.

- Red de Baja Tensión. El proyecto aprobado solamente contenía la instalación de una nueva red de distribución para los solares que no disponían de cometido soterrado. En cumplimiento del Reglamento electrotécnico de Baja Tensión, que obliga a garantizar un suministro de 9,20 Kw por vivienda, se proyecta la ampliación de las líneas 1, 2 y 3 de la red de B.T. «Paraje de Cala Gat» y se sustituyen los armarios existentes situados invadiendo las aceras y generando una barrera arquitectónica por unos nuevos armarios normalizados y empotrados a los cierres de cada solar.

Considerando el informe técnico y el informe jurídico emitidos, y que forman parte del expediente, y los artículos 71.3 y 79.4 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de Urbanismo de les Illes Balears.

Considerando que la competencia para la aprobación de proyectos corresponde a la Junta de Gobierno Local por delegación de Alcaldía, mediante Resolución de 25-06-2019, publicada en el BOIB nº. 89 de 04-07-2019, dadas circunstancias económicas y sociales, según lo establecido en el art. 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Públic, esta Alcaldía avoca esta competencia para si y conforme a las atribuciones que se me han conferido:

RESUELVO

Primero.- Aprobar inicialmente el Proyecto modificado de dotación de servicios de Cala Gat, de diciembre 2020.

CONDICIONANTES:

- Els del informe de Carreteras.

- Todos los condicionantes de la aprobación anterior.

- Solo prevaldrán sobre el proyecto original los documentos modificados expresamente en esta modificación de proyecto de Dotación de Servicios. Los demás documentos del proyecto aprobado que ahora se modifica continúan siendo vigentes y válidos a todos los efectos.

Segundo.- Someter el proyecto a información pública por un plazo de un mes mediante anuncio en el BOIB y en la sede electrónica del ajuntament, siendo en este último medio donde se publicarán la documentación íntegra y citación personal a las personas interesadas.

Tercero.- Dar cuenta de este decreto al Pleno municipal en la primera sesión que este celebre.

Este acto no agota la vía administrativa. Por tanto, puede alegarse lo que se estime oportuno al respecto para ser considerado en la resolución final del procedimiento, para lo cual se establece un plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente tras la publicación de esta resolución en el BOIB.

 

Capdepera, 19 de enero de 2021

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Catalina A. Ramis Garcia