Sección V. Anuncios
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CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 465
Notificación de propuesta de resolución de expediente por infracción administrativa en materia de pesca, núm. 2020/6968L
Dado que se ha intentado por los medios establecidos la notificación personal de la propuesta de resolución del expediente sancionador número 2020/6968L por infracción administrativa en materia de pesca, Ley 6/2013, de 7 de noviembre, de Pesca Marítima, Marisqueo y Acuicultura en las Islas Baleares (BOIB número 156 de 13 de noviembre de 2013), y no habiendo constancia en este expediente de recepción por la persona interesada, de conformidad con lo que prevé el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con este anuncio se pone en conocimiento de la persona interesada que se indica a continuación, que se ha dictado propuesta de resolución de expediente sancionador por presunta infracción cometida en materia de pesca.
Nº de expediente: 2020-6968L
DNI Presunto infractor: 18947490K
Fecha de la Propuesta de Resolución: 15 de diciembre de 2020
Preceptos infringidos: Infracción prevista en el artículo 119b de la Ley Balear de Pesca 6/2013, de 7 de noviembre de 2013, de Pesca Marítima, marisqueo y acuicultura en las Islas Baleares (BOIB nº 156 de 13 de noviembre de 2013) en relación con los artículos 2 y 3 del Decreto 34/2014, de 1 de agosto, por el cual se fijan los principios generales de la pesca recreativa y deportiva en aguas interiores de las Islas Baleares (BOIB nº 104, de 2 de agosto de 2014), por pescar sin la pertinente licencia administrativa de pesca.
Último domicilio: Ctra. Portinatx, km. 25,3 - 07810
Municipio: Sant Joan de Labritja
Calificación de la sanción: Grave
Sanción: Infracción de 151 €; en caso de pago y reconocimiento de responsabilidad antes de resolución: 90,60 €.
Se les comunica que a partir de este momento puede acceder con la asistencia, en su caso, de los asesores que necesite, al contenido del expediente que se encuentra en las dependencias del Departamento de Promoción Turística, Medio Rural y Marino del Consejo Insular de Eivissa, en la avda. de España, 49, 3r piso, y obtener copias de los documentos que contiene al amparo de lo que establece el art. 14 del Decreto 14/1994, de 10 de febrero, por el cual se aprueba el Reglamento del procedimiento a seguir por la Administración de la Comunidad Autónoma en el ejercicio de la potestad sancionadora, y se le concede un plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente al de esta publicación para que formule alegaciones y presente los documentos y las informaciones que considere pertinentes. Así mismo, podrá reconocer su responsabilidad y hacer efectiva la sanción correspondiente. En caso de no efectuar alegaciones ni reconocer su responsabilidad dentro del plazo legalmente establecido, se dictará resolución definitiva del expediente.
Ibiza, 20 de enero de 2021
La TAG del Departamento de Promoción Turística, Medio Rural y Marino Mª José Cardona Muñoz