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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MODELO ECONÓMICO, TURISMO Y TRABAJO

Núm. 457
Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo por la cual se conceden ayudas para reiniciar o continuar la actividad por cuenta propia y consolidar el proyecto de autoempleo, de las personas físicas autónomas afectadas directamente por la COVID-19 , se autoriza y dispone el gasto, se reconoce la obligación y se propone el pago

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Texto

Hechos

1.Por Orden del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de 10 de julio de 2020, se han aprobado las bases reguladoras y la convocatoria extraordinaria de ayudas para reiniciar o continuar la actividad por cuenta propia y consolidar el proyecto de autoempleo, de las personas físicas autónomas afectadas directamente por la COVID-19 (BOIB n.º 122, de 11 de julio).

2.Dentro del plazo establecido a la Orden mencionada en el párrafo 1, han tenido entrada a la Dirección General de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular de forma telemática la solicitud y la documentación prevista en la convocatoria por parte de los autónomos a que hace referencia el anexo.

3.La Dirección General de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular, órgano instructor del procedimiento, ha examinado las solicitudes y ha comprobado que las personas que constan en el anexo cumplen los requisitos establecidos a la convocatoria, así como también que se encuentran al corriente de pagos en la Seguridad Social, con la Agencia Tributaria Autonómica, con la Agencia Tributaria Estatal y con la entidad local del domicilio fiscal, de acuerdo con la declaración responsable de cada una de las personas solicitantes.

4.El artículo 7.7 de la Orden mencionada en el párrafo 1, indica que la notificación a los interesados se hará mediante la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

5.Hay crédito adecuado y suficiente para hacer efectiva esta subvención, en la partida presupuestaría 12801.413G01.47000.00 FF 20121, del presupuesto de la comunidad autónoma de las Islas Baleares para el año 2020.

Fundamentos de derecho

1. El Real Decreto 99/1996, de 26 de enero, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de cooperativas, calificación y registro de sociedades anónimas laborales y programas de apoyo a la ocupación (BOE n.º 52, de 29 de febrero) y el Decreto 32/1996, de 7 de marzo (BOIB n.º 35, de 19 de marzo), por medio del cual la CAIB las asumió.

2. El Real decreto legislativo 3/2015, de 23 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de Ocupación.

3. El Texto Refundido de la ley de subvenciones, aprobado por Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.

4. El Decreto Ley 8/2020, de 13 de mayo, de medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la actividad económica y la simplificación administrativa en el ámbito de las administraciones públicas de las Islas Baleares para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la COVID-19

5. Orden del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de día 10 de julio de 2020 por la cual se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria extraordinaria de ayudas para reiniciar o continuar la actividad por cuenta propia y consolidar el proyecto de autoempleo, de las personas físicas autónomas afectadas directamente por la COVID-19 (BOIB n.º 122, de 11 de julio).

6. La competencia para resolver la concesión de estas subvenciones corresponde al consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de acuerdo con el artículo 7.2 de la Orden mencionada por la cual se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria, en relación con el artículo 2.4 del Decreto 12/2019, de 3 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB n.º 106, de 2 de agosto).

7. De acuerdo con el artículo 11 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares (BOIB n.º 44, de 3 de abril) y los artículos 10.1.b y 11.1 de la Ley 19/2019, de 30 de diciembre, de presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Islas Baleares para el año 2020 (BOIB n.º 175, de día 31 de diciembre), el órgano competente para autorizar y disponer el gasto así como para reconocer las obligaciones económicas y proponer el pago es el titular de la sección presupuestaria respectiva.

Además los beneficiarios tienen que informar a la Dirección General de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular de cualquier alteración de las condiciones que se hayan tenido en cuenta para conceder la subvención.

 

Resolución

1.Conceder ayudas para mantener la actividad por cuenta propia y consolidar el proyecto de autoempleo, de los autónomos afectados directamente por la COVID-19 a las personas relacionadas al Anexo que se adjunta a esta resolución, por las cuantías individuales que este Anexo dispone.

2.Autorizar y disponer un gasto global de 109.500,00 € a favor de las personas relacionadas al Anexo que se adjunta a esta resolución por las cuantías individuales que este Anexo dispone con cargo a la partida 12801.413G01.47000.00 FF 20121 de los presupuestos de la comunidad autónoma de las Islas Baleares para el año 2020, según la distribución que se muestra en la tabla siguiente:

 

Partida

Importe (euros)

12801.413G01.47000.00 FF 20121

109.500,00

Total

109.500,00

3.Reconocer la obligación y proponer el pago global de 109.500,00 € a favor de las personas relacionadas en el Anexo que se adjunta a esta resolución , por las cuantías individuales que este Anexo dispone, con cargo a la partida 12801.413G01.47000.00 FF 20121 de los presupuestos de la comunidad autónoma de las Islas Baleares para el año 2020, según la distribución que se ha mostrado a la tabla anterior 

4.Comunicar a los beneficiarios que las ayudas que establece esta Resolución están sometidas en el régimen de Marc nacional Temporal relativo a las medidas de ayuda a autónomos consistentes en ayudas directas destinadas a apoyar la economía en el contexto del actual brote de COVID-19 de la Comisión Europea.

5.Comunicar a las personas beneficiarias que tendrán que cumplir las obligaciones establecidas en el artículo 9.1 de la Orden del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de 10 de julio de 2020, por la cual se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria extraordinaria de ayudas para reiniciar o continuar la actividad por cuenta propia y consolidar el proyecto de autoempleo, de las personas físicas autónomas afectadas directamente por la COVID-19.

6.Comunicar a los beneficiarios que tienen que informar a la Dirección General de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular de cualquier alteración de las condiciones que se hayan tenido en cuenta para conceder la subvención.

7.Así mismo, comunicar a los beneficiarios que los incumplimientos darán lugar al reintegro de las subvenciones percibidas en el términos previstos en el artículo 9.2 de la Orden del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de 10 de julio de 2020 mencionada en el párrafo anterior y de acuerdo con lo establecido en los artículos 44 y 45 del Texto refundido de la Ley de subvenciones de las Islas Baleares y el resto de normativa aplicable.

8.Notificar a las personas beneficiarias esta Resolución, mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta resolución –que agota la vía administrativa– se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con el que disponen el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración autonómica de las Islas Baleares y el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses desde el día siguiente de haber recibido la notificación o publicación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, 19 de enero de 2021

El director general de Promoció Econòmica,

Emprenedoria i Economia Social i Circular

Manuel Porras Romero

(Por delegación del consejero de Modelo económico,

Turismo y Trabajo BOIB núm.97 de 2019 )

 

ANEXO

Con cargo a la partida 12801.413G01.47000.00 FF 20121, se autoriza y dispone el gasto de los siguientes expedientes:

Núm. expedient

Núm. de registre

NIF del beneficiari

Import de l'ajuda

[AUT 10710/2020]

L99E185043/2020

41449977K

3000,00

[AUT 10539/2020]

L99E183502/2020

02516355V

2000,00

[AUT 10430/2020]

L99E182549/2020

47430425D

2000,00

[AUT 10100/2020]

L99E115457/2020

Y0019916N

2000,00

[AUT 10009/2020]

L99E115282/2020

Y2327630K

2000,00

[AUT 9403/2020]

L99E114184/2020

42995121W

2000,00

[AUT 9268/2020]

L99E113913/2020

43006459R

2000,00

[AUT 9260/2020]

L99E113819/2020

10053094R

2500,00

[AUT 9255/2020]

L99E113829/2020

44166260G

2000,00

[AUT 8879/2020]

L99E113058/2020

43094872W

2000,00

[AUT 8825/2020]

L99E112953/2020

X3037531J

2000,00

[AUT 8807/2020]

L99E112917/2020

43007516T

2000,00

[AUT 8757/2020]

L99E112769/2020

Y0585161D

2000,00

[AUT 8737/2020]

L99E112801/2020

46956482G

2000,00

[AUT 8723/2020]

L99E112742/2020

X0092933J

2000,00

[AUT 8685/2020]

L99E112650/2020

46952731W

2000,00

[AUT 8663/2020]

L99E112691/2020

43117911h

2500,00

[AUT 8652/2020]

L99E112612/2020

X6590163L

2500,00

[AUT 8635/2020]

L99E112638/2020

41523123G

2000,00

[AUT 8631/2020]

L99E112645/2020

37342965G

2500,00

[AUT 8621/2020]

L99E112574/2020

17724413S

2500,00

[AUT 8611/2020]

L99E112590/2020

23756800P

3000,00

[AUT 8582/2020]

L99E112535/2020

43030435B

2000,00

[AUT 8557/2020]

L99E112502/2020

78290841Z

2000,00

[AUT 8537/2020]

L99E112432/2020

46110512C

2500,00

[AUT 8491/2020]

L99E112372/2020

41517002R

2000,00

[AUT 8454/2020]

L99E112328/2020

37341835R

2000,00

[AUT 8374/2020]

L99E111951/2020

X1226630V

3000,00

[AUT 8311/2020]

L99E112061/2020

X7823514H

2000,00

[AUT 8309/2020]

L99E112065/2020

46734202L

2000,00

[AUT 8274/2020]

L99E112159/2020

Y0590428D

2000,00

[AUT 8273/2020]

L99E112161/2020

18221353V

2000,00

[AUT 8096/2020]

L99E111617/2020

78198651P

2000,00

[AUT 8040/2020]

L99E111697/2020

78206100M

2000,00

[AUT 7973/2020]

L99E111311/2020

18235238X

2000,00

[AUT 7920/2020]

L99E111395/2020

78195641B

2000,00

[AUT 7863/2020]

L99E111484/2020

49775399H

2000,00

[AUT 7616/2020]

L99E111014/2020

43040577X

2500,00

[AUT 7607/2020]

L99E110847/2020

42989039S

2000,00

[AUT 6652/2020]

L99E109333/2020

41617903R

2000,00

[AUT 6613/2020]

L99E109259/2020

37338982T

3000,00

[AUT 6567/2020]

L99E109177/2020

42986599J

3000,00

[AUT 6305/2020]

L99E108694/2020

Y6630481D

2000,00

[AUT 6054/2020]

L99E108307/2020

78212078A

2000,00

[AUT 6002/2020]

L99E108186/2020

X5096869T

2000,00

[AUT 5200/2020]

L99E106743/2020

78204410V

2500,00

[AUT 5071/2020]

L99E106556/2020

X2605857A

2000,00

[AUT 3717/2020]

L99E105728/2020

X8680473C

2000,00

[AUT 3083/2020]

L99E104362/2020

18216044K

2500,00

[AUT 891/2020]

L99E100302/2020

30568041Y

2000,00