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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MODELO ECONÓMICO, TURISMO Y TRABAJO

Núm. 401
Resolución del Consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, 18 de enero de 2021, de delegación de competencias para tramitar y conceder las ayudas, a favor del sector de la Restauración, para paliar los efectos económicos de las restricciones decretadas para parar la propagación del COVID-19 en la Dirección General de Cooperación Local y Patrimonio de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores

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Texto

La crisis sanitaria provocada por la COVID-19 ha supuesto un frenazo generalizado y sin precedentes de la actividad económica. A pesar de esta se una situación generalizada de alcance mundial, también es cierto que la especial especialización económica de les llles Balears en el entorno del sectores servicios en general y de las actividades turísticas en particular, han provocado que el impacto económico en las Illes Balears sea muy superior que al resto de comunidades autónomas.

Dado que la evolución sanitaria en las últimas semanas ha empeorado, ha estado necesario tomar medidas drásticas de cierre de las actividades económicas ligadas a restauración, bares, instalaciones deportivas , etc, mediante el Acuerdo de Consejo de Gobierno del pasado 11 de enero de 2021.

Ante esta situación, el Gobierno de las Illes Balears, junto con los Consejos insulares y los Ayuntamientos de la Comunidad, en el marco del Pacto de Reactivación Económica y Social de las Illes Balears, han acordado impulsar un Plan de ayudas de acompañamientos a los sectores más afectados por la COVID-19.

En cuanto a las ayudas directas al sector de la Restauración, el Gobierno, junto con las entidades suscribientes el Pacto de Reactivación, tira las mayores ayudas por el sector de la Restauración para hacer frente a la crisis sanitaria de la COVID-19.

El Gobierno y los Consejos Insulares crean un fondo de 30 millones de euros (15 millones el Gobierno, y otros 15 los consejos) con el cual se pretende poner estos fondos a disposición de los Ayuntamientos para ayudar a los sectores que se han visto afectados por las restricciones impuestas por el Gobierno dentro de 2021.

De acuerdo con el artículo 30.21 de la Ley Orgánica 1/2017, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de Autonomía , la Comunidad Autónoma de les Illes Balears tiene la competencia exclusiva - sin perjuicio del establecido en el artículo 149.1 de la Constitución española- por el fomento del desarrollo económico en el territorio de la Comunidad Autónoma, de acuerdo con las bases y la coordinación general de la actividad económica, y al 32.11 establece la función ejecutiva en materia de legislación laboral.

El artículo 2 del Decreto 21/2019, de 2 de agosto, de la Presidenta de les Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Administración de la CAIB, establece, por un lado, que las competencias en materia de economía y trabajo corresponden a la Consejería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo y, por otro, que las relaciones con las instituciones de gobierno de las islas y de los municipios, relaciones de colaboración, cooperación y coordinación con los entes territoriales corresponden a la Dirección General de Cooperación Local y Patrimonio.

El artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, dispone que, los órganos de las diferentes Administraciones Públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración, aunque no sean jerárquicamente dependientes, o en los Organismos públicos o Entidades de Derecho Público vinculados o dependientes de aquellas.

El artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears, establece que, los órganos administrativos, mediante acto motivado, podrán delegar el ejercicio de sus competencias, conservando la titularidad de estas, en otros órganos de la Administración autonómica del mismo rango o inferior, aunque no sean jerárquicamente dependientes.

Por eso, teniendo en cuenta la finalidad de facilitar la tramitación del fondo creado por el Pacto de Reactivación que hay que poner a disposición de los Ayuntamientos para ayudar al sectores del ámbito competencial de la Consejería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo que se han visto afectados por las restricciones impuestas por el Gobierno dentro de 2021, con el fin de compensar la pérdida económica por el cierre integral y proporcionar liquidez, a la vegada que garantizar la continuidad de su actividad, hay que delegar la competencia para la tramitación y concesión de las ayudas directas al sector de la restauración a favor de la Dirección General de Cooperación Local y Patrimonio de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, en cuanto a las delegaciones de competencias.

2. Los artículos 25 y 42.c) de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, en cuanto a la delegación interorgánica de la Administración autonómica.

3. El Decreto 21/2019, de 2 de agosto de la Presidenta de les Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura básica de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Por todo esto, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Primero.- Delegar el ejercicio de la competencia para tramitar y conceder las ayudas, a favor del sector de la Restauración, por paliar los efectos económicos de las restricciones decretadas para parar la propagación del COVID-19 en la Dirección General de Cooperación Local y Patrimonio de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores. 

Segundo.- Disponer que la delegación de facultades a que se refiere esta Resolución no altera la competencia del órgano delegando y se entiende sin perjuicio de las potestades de revocación y de avocación que corresponden al Consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo del Gobierno de les Illes Balears, en cuanto al conocimiento o a la resolución de los asuntos o procedimientos en que lo considere oportuno, y siempre de acuerdo con lo previsto en los artículos 25 y 28 de la Ley 3/2003. 

Tercero.- Disponer que las resoluciones adoptadas en virtud de cualquiera de las delegaciones de competencias a las cuales se refiere esta Resolución tienen que indicar expresamente esta circunstancia, junto con la especificación del órgano que delega y de la publicación oficial de esta delegación.

Cuarto.- Publicar esta Resolución en Boletín Oficial de les Illes Balears.

Quinto.- Establecer que los efectos de esta Resolución se producirán al mismo día de la publicación en Boletín Oficial de les Illes Balears.

 

Palma, 18 de enero de 2021

El Consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo Iago Negueruela Vázquez