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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE ES MERCADAL

Núm. 391
Aprobación definitiva presupuesto y plantilla de personal del Ayuntamiento de Es Mercadal para el ejercicio 2021

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Texto

Francesc X. Ametller Pons, batlle-president de l'Excm. Ajuntament des Mercadal, hace saber que contra el acuerdo adoptado en sesión plenaría extraordinaria de 18 de diciembre de 2020, de aprobación inicial del presupuesto General del Ayuntamiento para el ejercicio 2021, juntamente con la plantilla de personal que comprende todos los puestos de trabajo reservados a funcionarios, personal laboral y eventual, no se han presentado alegaciones por lo que se considera definitivamente aprobado.

A continuación, deacuerdo con lo que dispone el articulo 169.1 del RD Legislativo 2/2004 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley regudadora de las haciendas locales y deacuerdo con el artículo 20.1 de Real Decreto núm. 500/1990, de 20 de abril, se transcriben el resumen por capítulos que lo integran:

1.- PRESUPUESTO GENERAL

INGRESOS

CAPÍTULO DENOMINACIÓN EUROS

I

Impuestos directos

5.074.000,00

II

Impuestos indirectos

206.700,00

III

Taxas y otros ingressos

1.980.419,00

IV

Transferencias corrientes

1.921.300,00

V

Ingresos patrimoniales

282.001,00

VII

Transferencias de capital

296.500,00

VIII

Activos financieros

20.000,00

IX

Pasivos financieros

88.100,00

 

TOTAL INGRESOS

9.869.020,00

GASTOS

CAPITULO DENOMINACIÓN EUROS

I

Gastos de personal

2.913.704,00

II

Gastos de bienes corrientes

4.519.100,00

III

Gastos de financieros

21.000,00

IV

Transferencias corrientes

1.013.830,00

V

Fondo de contingencia y otros imprevistos

117.500,00

VI

Inversiones reales

1.169.500,00

VII

Transferencias de capital

6.100,00

VIII

Activos financieros

20.000,00

IX

Pasivos financieros

88.286,00

 

TOTAL GASTOS

9.869.020,00

 

2.- PLANTILLA PERSONAL

 

Denominación

núm. Plaza

Grupo/

Estado

Observaciones

A)

PERSONAL EN REGIMEN ADMINISTRATIVO

 

 

 

 

1

Con habilitación nacional

 

 

 

 

1.1.

Secretaria

1

A1

1 vacante

 

1.2

Intervención

1

A1

1 vacante

 

1.3

Tesoreria

1

A1

1 vacante

 

 

 

 

 

 

 

2

Escala Administración General

 

 

 

 

2.1

Subescala técnica

1

A1

1 vacante

 

2.1

Subescala administrativos

2

C1

1 vacante

 

2.2

Subescala de auxiliares

10

C2

7 vacante

(1 reservada a persona con diiscapacitat en 1a convocatoria)

3

Escala de administración especial

 

 

 

 

3.1

Subescala técnica

 

 

 

 

3.1.1

Ingeniero Industrial /de caminos

1

A1

1 vacante

 

3.1.2

Arquitecto

1

A1

1 vacante

 

3.1.3

Arquitecto técnico

2

A2

1 vacante

 

3.2

Subescala Adminsitrativa

 

 

 

 

3.2.1

Informática

1

C1

1 vacante

 

3.2

Subescala personal de obras

 

 

 

 

3.2.1

Oficial brigada obras

3

C2

2 vacante

 

3.2.2

Operarios

3

E

2 vacante

 

3.3

Subescala de serveicios especiales – Cuerpo Policia Loca

 

 

 

 

3.3.1

Escala intermedia

1

A2

 

 

3.3.2

Escala básica oficiales

3

C1

3 vacante

 

3.3.3

Escala bàsica policias

12

C1

3 vacante

 

3.3.4

Escala básica 2a actividad

5

C1

 

 

B)

PERSONAL LABORAL

 

 

 

 

1

Asessor jurídico

1

Abogado

 

 

2

Normalizador/a lingüístico

1

Asesor/a

1 vacante

1/6 jornada

3

Servicios juventud

1

Responsable PIJ

1 vacante

 

4

Servicios sociales

 

 

 

 

4.1.

Trabajadora social

1

 

 

En excedència

4.2

Psicologa

1

 

1 vacante

 

4.3

Educadora social

1

 

1 vacante

 

4.4

Trebajadora familiar

2

 

 

 

5

Cultura

 

 

 

 

5.1

Archivero

1

 

 

 

5.2

Auxiliar de biblioteca

2

 

2 vacante

60% jornada i 10/35 jornada

6

Brigada obras

 

 

 

 

6.1

Oficial 1a electricista

1

Oficial 1a

1 vacante

 

6.2

Oficial 1a mantenimento

1

Oficial 1a .

1 vacante

 

6.3

Operarios

2

operarios

1 vacante

 

C)

PERSONAL EVENTUAL

 

 

 

 

1

Cultura

1

 

 

 

Lo cual se comunica porque se tome conocimiento y tenga los efectos que correspondan, haciendo saber que contra el mencionado acuerdo se puede interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente de la publicación de este acuerdo ante la Sala contenciosa y administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares o cualquiera otro recurso que se considere pertinente.

 

Es Mercadal, 17 de enero de 2021

 

El alcalde Francesc X. Ametller Pons