Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
AYUNTAMIENTO DE ALARÓ
Núm. 318
Modificación del orden de nombramiento de tenientes/as de alcalde
(Exp. nº 858/2019)
Resolución de alcaldía n.º 32-2021
1. Hechos.
Se han atendido las circunstancias personales y familiares de la tenienta de alcalde María Lourdes Bennasar Bennasar y se ha escuchado el parecer de los miembros del equipo de gobierno.
2. Fundamentos de derecho.
Artículo 23, apartados 1 y 3, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, en relación a la junta de gobierno local y a los tenientes de alcalde.
3. Resolución.
En ejercicio de la atribución que me confiere la normativa mencionada,
Resuelvo
1º.- Designar los siguientes tenientes de alcalde:
1r. Teniente de alcalde: Lorenzo Rosselló Campins
2a. Tenienta de alcalde: Catalina Cifre Rosselló
3r. Teniente de alcalde: Juan Antonio Lozano León
4a. Tenienta de alcalde: María Lourdes Bennasar Bennasar
2º.- Dar cuenta de esta resolución al pleno del ayuntamiento en la primera sesión que celebre, ordeno su notificación a los designados i su publicación en el Butlletí Oficial de les Illes Balears, sin perjuicio de su efectividad a partir de mañana.
Lo que hacemos público para general conocimiento.
Recursos.
Contra esta resolución, que es definitiva en vía administrativa, se pueden interponer, alternativamente, los recursos siguientes:
a) Directamente el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de la notificación o publicación de la presente resolución.
b) El recurso de reposición potestativo ante la alcaldía, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la notificación o publicación de la presente resolución. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado de Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de seis meses, contados a partir del día siguiente a la desestimación presunta.
No obstante lo anterior, se puede ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, y de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Alaró, 13 de enero de 2021
El alcalde Llorenç Perelló Rosselló