Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
AYUNTAMIENTO DE CAMPOS
Núm. 218
Aprobación inicial estudio de detalle de Urnova SLU.
La Alcaldesa del Ayuntamiento de Camps, mediante Resolución de 2 de diciembre de 2020, resolvió aprobar inicialmente el estudio de detalle promovido por la entidad URNOVA, SLU, para el reajuste de las alineaciones y la ordenación de los volúmenes del sector 5 del plan parcial de su Vinyola, en conformidad con la documentación redactada por los arquitectos Jaume A. Cerdà Guardiola, J. Sebastià Company Oliver i Toni Salort *Arbona.
De conformidad con lo que dispone el artículo 55 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Islas Baleares y, el arte. 154 del Reglamento general de desarrollo de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo para la isla de Mallorca, se somete el estudio de detalle a información pública por plazo de treinta días (30) mediante anuncios que se publicarán en el BOIB, en uno de los diarios de más tirada en la isla y, en la sede electrónica del Ayuntamiento, donde se hará constar la documentación completa. Así mismo, cualquier persona podrá consultar el expediente completo en el servicio de urbanismo del Ayuntamiento, situado en el n.º 1 de la Plaza Mayor de Campos, en horario laborable de lunes a viernes, de las 8,00 h a las 14,00 h., previa la solicitud de cita a tal efecto. Todo esto, para poder formular las alegaciones que se estimen oportunas.
El localizador URL de la sede electrónica para acceder a la documentación indicadaeselsiguiente: http://rebost.ajcampos.org/pdfs/aprovacioinicialdelestudidelsector5delplaparcialdesavinyola.rar.
Así mismo, se hace público que, en conformidad con el artículo 51 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de Urbanismo de las Islas Baleares, y en concordancia con los apartados 2 y 3 del artículo 138 y 139 del reglamento por Mallorca, de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de Ordenación y Uso del Suelo, esta aprobación inicial determina por ella misma y, dentro del ámbito del Estudio de detalle, la suspensión durante el plazo de dos años o fines la aprobación definitiva, de la tramitación y la aprobación del instrumento de planeamiento, de planes de desarrollo y de instrumentos de gestión, así como el otorgamiento de toda clase de autorizaciones y licencias urbanísticas para áreas o usos determinados, y la posibilidad de presentar comunicaciones previas en el ámbito correspondiente al Estudio de detalle. Todo esto, sin perjuicio que puedan otorgarse las licencias fundamentadas o presentar las comunicaciones previas que se basen en el régimen urbanístico vigente, y sean compatibles con las determinaciones del nuevo estudio de detalle inicialmente aprobado, en los términos establecidos en el apartado 2 del artículo 141 de este Reglamento.
Campos, 13 de enero de 2021
La alcaldesa Francisca Porquer Manresa