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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

AGENCIA TRIBUTARIA DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 196
Resolución del Administrador tributario de la Agencia Tributaria de las Illes Balears de 12 de enero de 2021 por la que se publica la relación de convenios de colaboración que ha suscrito la Agencia Tributaria de las Illes Balears en el tercer cuatrimestre del año 2020

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Texto

El artículo 21 de la Ley 4/2011, de 31 de marzo, de la buena administración y del buen gobierno de las Illes Balears, dispone que los órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y los entes del sector público instrumental autonómico tienen que remitir al Boletín Oficial de las Illes Balears, en los primeros veinte días de los meses de enero, mayo y septiembre de cada año, una relación de los convenios de colaboración suscritos en el cuatrimestre anterior, tanto si es con una administración pública como con una entidad privada.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

Publicar en el Boletín Oficial de las Illes Balears la relación de convenios de colaboración que ha suscrito la Agencia Tributaria de las Illes Balears en el tercer cuatrimestre del año 2020:

- Convenio de colaboración entre la ATIB y la Asociación de Asesores Excelentes Fiscales y Laborales ASOCIAE relativo al pago y a la presentación de declaraciones y documentos tributarios por vía telemática a través del Portal de la Agencia Tributaria de las Illes Balears en nombre y representación de terceras personas.

-Convenio de colaboración entre la Agencia Tributaria de las Illes Balears y el Ayuntamiento de Petra  para la gestión de expedientes sancionadores en materia de tráfico y seguridad viaria.

-Convenio de colaboración entre la Agencia Tributaria de las Illes Balears i el Ayuntamiento de Sineu  para la gestión de expedientes sancionadores en materia de trafico y seguridad viaria.

- Convenio de colaboración con la Oficina de prevención y  lucha contra la corrupción de las Illes Balears para la gestión recaudatoria de las sanciones que pueda imponer la Oficina en el ejercicio de sus funciones.

-Convenio de colaboración entre la Agencia Tributaria de las Illes Balears y el Ayuntamiento de Campanet para la gestión de expedientes sancionadores en materia de tránsito y seguridad viaria.

-Segunda Adenda del Convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Manacor y la Agencia Tributaria de las Illes Balears firmado el 13 de julio de 2009 para la recaudación en período voluntario y ejecutivo de tributos locales y de otros  ingresos de derecho público, para el ejercicio de la delegación de las competencias en materia de gestión tributaria del impuesto sobre bienes inmuebles y para la gestión tributaria del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.

 

Palma, 12 de enero de 2021

El administrador Tributario

(Por vacante de la Dirección de la ATIB. Art.5.3

Orden 22/12/16, BOIB núm. 163 de 29/12/16)

Alberto Roibal Hernández