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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 39
Resolución definitiva 2 del conseller executiu del Departament d’Hisenda, Gestió Econòmica, Esports i Joventut referente a la Convocatoria extraordinaria de ayudas destinadas a familias para inscribir a sus hijos o hijas en actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil para paliar los efectos de la COVID-19 durante el verano 2020

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Texto

En fecha 18 de setiembre de 2020 el Consell Executiu aprobó la convocatoria extraordinaria de ayudas destinadas a familias para inscribir a sus hijos o hijas en actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil para paliar los efectos de la COVID-19 durante el verano 2020.

En fecha 26 de setiembre de 2020 se publicó el extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB núm. 166, de 26-09-20) y según la base 7.1 de la convocatoria se estableció un mes de plazo desde la mencionada publicación para la presentación de solicitudes.

En fecha 22 de octubre de 2020 se publicó la modificación de las bases y se estableció un nuevo plazo de un mes para presentar solicitudes (BOIB núm. 181, de 22-10-20).

Se destina a esta convocatoria la cantidad global de 132.304,83 € a cargo de la partida presupuestaria 3370 4890000 de los presupuestos generales del Consell Insular d'Eivissa para el año 2020.

Por tratarse de una convocatoria abierta, donde las solicitudes se tramitarán y las ayudas se concederán por riguroso orden de entrada en el Consell Insular d'Eivissa y hasta que se agote la consignación presupuestaria, se establece un máximo de cinco (5) resoluciones de concesión distribuidas proporcionalmente en el tiempo necesario para instruir y resolver las solicitudes presentada dentro de plazo. La presente es la resolución núm. 2.

El plazo para presentar solicitudes finalizó el pasado 23 de noviembre de 2020.

En fecha 17 de noviembre de 2020 se emitió propuesta de resolución provisional, de conformidad con la base 10.2 de la convocatoria proponiendo la concesión de ayudas destinadas a familias para inscribir a sus hijos o hijas en actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil para paliar los efectos de la COVID-19 durante el verano 2020, por una cantidad global de 3.856,56 €. Las ayudas concedidas corresponden a solicitudes que habían presentado la documentación requerida en la base 8.3 de la convocatoria, cumplían los requisitos laborales señalados en la base 5.b) y pertenecían a inscripciones en escuelas de verano y campus deportivos de entidades no incluidas en la Línea A de la Orden de la consellera d'Afers Socials i Esports de día 10 de agosto de 2020 por la cual se establecen las bases reguladoras y la convocatoria extraordinaria de ayudas a la conciliación destinadas a paliar los efectos de la COVID-19 (BOIB núm. 139, de 11-08-2020).

Evaluadas y instruidas las solicitudes presentadas a día de hoy, el técnico que subscribe manifiesta que todas las solicitudes que se citan en el anexo 1 han presentado la documentación requerida en la base 8.3 de la convocatoria, cumplen los requisitos laborales señaladas en la base 5.b), y pertenecen a inscripciones en escuelas de verano y campus deportivos de entidades no incluidas en la Línea A de la Orden de la consellera d'Afers Socials i Esports de día 10 de agosto de 2020 por la cual se establecen las bases reguladoras y la convocatoria extraordinaria de ayudas a la conciliación destinadas a paliar los efectos de la COVID-19 (BOIB núm. 139, de 11-08-2020). Las mencionadas solicitudes suman una cantidad global de 470,00 €.

Evaluadas y resueltas todas las solicitudes señaladas, y visto que no se ha agotado el crédito destinada a las mencionadas ayudas, ya que había una cantidad inicial de 132.304,83 €, y por tanto, aún nos queda la cantidad de 127.978,27 €, y de acuerdo con la base 4, se procede a resolver las solicitudes de familias por haber inscrito a sus hijos e hijas en escuelas de verano y campus deportivos organizados por entidades previstas en la Línea A de la Orden de la consellera d'Afers Socials i Esports de día 10 de agosto de 2020 por la cual se establecen las bases reguladoras y la convocatoria extraordinaria de ayudas a la conciliación destinadas a paliar los efectos de la COVID-19 (BOIB núm. 139, de 11-08-2020) y aunque no cumplan los requisitos exigidos en la base 5.b). Las mencionadas solicitudes figuran en el anexo 2.

Visto que se ha comprobado que todas las escuelas de verano y campus deportivos al que han acudido los niños y niñas de las personas solicitantes que figuran en los anexos 1 y 2 cumplen la normativa específica reguladora de las mismas y han sido comunicadas al Consell Insular mediante declaración responsable.

Visto que se ha comprobado igualmente que todas las personas solicitantes que se citan en los anexos 1 y 2 cumplen todos los requisitos para obtener la condición de beneficiario previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en relación con el artículo 10 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Subvenciones, de conformidad con la base 5 de la convocatoria.

Visto que, igualmente, los beneficiarios de las ayudas cumplen con las obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y con el Estado español, con la Seguridad Social y con el mismo Consell Insular d'Eivissa.

Visto que, en relación con el apartada B.4 del Acuerdo de Fiscalización Limitada Previa de Requisitos Básicos, de acuerdo con el artículo 88.3 del Reglamento de la Ley de Subvenciones (BOE núm. 176, de 25-7-2006; Suplemento en lengua catalana núm. 17, de 01-08-06), según la base 14.1 de estas ayudas: «El pago de la totalidad de cantidad concedida se abonará a los beneficiarios una vez se haya comprobado que la ayuda concedida ha sido justificada correctamente»; no se ha dictado resolución declarativa de la procedencia del reintegro de las subvenciones o de la pérdida del derecho de cobro de estas por alguna de las causas previstas en el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones por ninguna de las entidades beneficiarias; y el órgano concedente de la subvención no ha acordad como medida cautelar, la retención de los libramientos de pago o de las cantidades pendientes de abonar a las entidades beneficiarias.

Visto el Acuerdo de Consell Executiu de fecha 18/09/2020 y la base 10.2 de estas ayudas, las ayudas se pagarán por delegación del Consell Executiu, mediante resolución del conseller executiu del Departament d'Hisenda, Gestió Econòmica, Esports i Joventut.

Visto el Decreto de Presidencia núm. 484/2019, de fecha 16 de julio de 2019, de determinación de las atribuciones correspondientes a los diferentes órganos del Consell Insular d'Eivissa (BOIB ext. Núm. 98, de fecha 17-07-2019, modificado en los BOIB núm. 175, de 31-12-2019 y 153 de 05-09-2020).

Visto que con la operación contable 2/2020000004321, de 31/08/2020, se hizo una retención de crédito por importe de 132.304,83 € a cargo de la aplicación presupuestaria 3370 4890000 del presente ejercicio, con lo cual se entiende que existe crédito suficiente y adecuado para hacer efectivo el pago a las personas beneficiarias.

Visto el informe técnico favorable de fecha 24 de noviembre de 2020, emitido por el gerente del Campament de sa Cala des Jondal que obra en el expediente (CSV: 13067432353462021574).

Vista la diligencia en relación a las alegaciones a la información pública de la propuesta de resolución provisional 2 de la convocatoria emitida por la Oficina de Atención al Ciudadano (OAC), de fecha 14 de diciembre, donde se señala que no consta ninguna alegación a la propuesta mencionada, que se publicó en la sede electrónica del Consell Insular entre los días 25 de noviembre y 11 de diciembre de 2020, de conformidad con la base 10.2 de la mencionada convocatoria.

Dado el informe propuesta favorable emitido por el gerente del Campament de sa Cala des Jondal en fecha 15 de diciembre de 2020.

Visto el informe de conformidad de fiscalización limitada previa, el cual es meramente formal y no material, preceptivo y necesario emitido por la Intervención de la Corporación, en fecha 30 de diciembre de 2020.

En virtud de todo lo anterior, de los Decretos de Presidencia núm. 2019000471, de 10 de julio de 2019, de estructura del Govern del Consell Insular d'Eivissa y creación de departamentos (BOIB núm. 95, de 11-07-2015; modificaciones en el BOIB núm. 175, de 31-12-19 y en el BOIB núm. 153 de 05-09-20), núm. 2019000472, de nombramiento de las personas miembros del Consell Executiu de 10 de julio de 2019 (BOIB núm. 95 de 11-7-2019), núm. 2019000484, de 16 de julio de 2019 de determinación de les atribuciones correspondientes a los diferentes órganos del Consell Insular d'Eivissa (BOIB núm. 95, de 11-07-2015; modificaciones en el BOIB núm. 175, de 31-12-19 y en el BOIB núm. 153 de 05-09-20) y de conformidad con el artículo 72.e) del Reglamento orgánico del Consell Insular d'Eivissa (BOIB núm. 136, de 18-09-10; corrección en BOIB núm. 148, de 14-10-2010, modificación en BOIB núm. 48, de 16-4-2016),

RESUELVO

PRIMERO.- Conceder las solicitudes de personas físicas beneficiarias de la convocatoria extraordinaria de ayudas destinadas a familias para inscribir a sus hijos o hijas en actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil para paliar los efectos de la COVID-19 durante el verano 2020 que inscribieron a sus hijos e hijas de entre 3 y 14 años en actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil y campus deportivos de la isla de Eivissa, de acuerdo con las definiciones establecidas en los apartados c y e del artículo 37.4 del Decreto 23/2018, de 6 de julio, por el cual se despliega parcialmente la Ley 10/2006, de 26 de julio, integral de la Juventud promovidos por entidades diferentes a las previstas en la Línea A de la Orden de la consellera d'Afers Socials i Esports de día 10 de agosto de 2020, por la cual se establecen las bases reguladoras y la convocatoria extraordinaria de ayudas a la conciliación destinadas a paliar los efectos de la COVID-19 (BOIB núm. 139, de 11-08-2020) y que reúnen todos los requisitos señalados en la base 5 (incluidos los requisitos laborales de la base 5.b) de la convocatoria por valor de 470,00 y que figuran en el anexo 1, quedando un crédito destinado a la convocatoria de 127.978,27 €.

SEGUNDO.- Conceder y pagar las solicitudes de personas físicas beneficiarias de la convocatoria extraordinaria de ayudas destinadas a familias para inscribir a sus hijos o hijas en actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil para paliar los efectos de la COVID-19 durante el verano 2020 por haber inscrito a sus hijos e hijas en escuelas de verano y campus deportivos organizados por entidades previstas en la Línea A de la Orden de la consellera d'Afers Socials i Esports de día 10 de agosto de 2020 por la cual se establecen las bases reguladoras y la convocatoria extraordinaria de ayudas a la conciliación destinadas a paliar los efectos de la COVID-19 (BOIB núm. 139, de 11-08-2020) y a pesar que incumplan los requisitos exigidos en la base 5.b) por valor de 16.603,48 €, ya que no se ha agotado el crédito disponible una vez resueltas las solicitudes que cumplían todos los requisitos señalados en la base 5 (incluidos los requisitos laborales de la base 5.b)). Las solicitudes mencionadas figuran en el anexo 2, quedando un crédito destinado a la convocatoria de 111.374,79 €.

TERCERO. - Denegar o desestimar las solicitudes que se enumeran en el anexo 3, por incumplimiento de la base 4 de la convocatoria.

CUARTO. - Requerir les oportunas enmiendas de las solicitudes que figuran en el anexo 4, de conformidad con la base 7.3 de la convocatoria, para que en el plazo de diez días hábiles presenten la documentación requerida.

 

Anexo 1

Personas físicas beneficiarias de la convocatoria extraordinaria de ayudas destinadas a familias para inscribir a sus hijos o hijas en actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil para paliar los efectos de la COVID-19 durante el verano 2020, que cumplen todos los requisitos señalados en las bases 4 y 5 de la convocatoria

 

Núm.

Núm. exp. personal

RGE

Fecha

NIF

RGE de la DR de la entidad o persona organizadora

Importe

02

17011F

2020021493

23/10/2020

41459598M

2020008652

100 €

03

17031G

2020021764

26/10/2020

72785649X

2020008651

170 €

04

17499N

2020024943

10/11/2020

46954590K

2020008086

200 €

RGE: Registro General de Entrada del Consell Insular d'Eivissa

DR.- Declaración responsable que faculta y habilita a la persona o entidad organizadora a desarrollar una actividad de tiempo libre infantil y juvenil (art.45, Decreto 23/2018)

 

Anexo 2

Personas físicas beneficiarias de la convocatoria extraordinaria de ayudas destinadas a familias para inscribir a sus hijos o hijas en actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil para paliar los efectos de la COVID-19 durante el verano 2020 por haber inscrito a sus hijos e hijas en escuelas de verano y campus deportivos organizados por entidades previstas en la Línea A de la Orden de la consellera d'Afers Socials i Esports de día 10 de agosto de 2020 por la cual se establecen las bases reguladoras y la convocatoria extraordinaria de ayudas a la conciliación destinadas a paliar los efectos de la COVID-19 (BOIB núm. 139, de 11-08-2020), y pese a que no cumplen los requisitos exigidos en la base 5.b)

Núm.

Núm. exp. personal

RGE

Fecha

NIF

RGE de la DR de la entidad o persona organizadora

Importe

1

14621D

2020018890

28/09/2020

46955302C

2020009289

200 €

2

14769L

2020019058

30/09/2020

41455938W

2020009289

400 €

3

14812Q

2020019063

30/09/2020

11833475K

2020010724

150 €

4

14924J

2020019168

1/10/2020

41453403C

2020009268

400 €

5

15004R

2020019303

2/10/2020

7479077Y

2020009289

90 €

6

15006A

2020019310

2/10/2020

45538499V

2020010724

200 €

7

15102F

2020019434

5/10/2020

41449310K

2020006999

30 €

8

15219D

2020019463

5/10/2020

46954610H

2020009289

400 €

9

15281W

2020019501

5/10/2020

46955417C

2020009289

300 €

10

15096R

2020019418

5/10/2020

47250987V

2020010724

200 €

11

15300K

2020019503

5/10/2020

41454429B

2020009289

200 €

12

15310P

2020019534

5/10/2020

41458633Y

2020009268

400 €

13

15411V

2020019563

6/10/2020

41452885P

2020009289

300 €

14

15338J

2020019556

6/10/2020

41458729X

2020010724

100 €

15

15417T

2020019613

6/10/2020

50306517C

2020007904

80 €

16

15515Y

2020019656

6/10/2020

Y2550847T

2020007904

140 €

17

15532T

2020019673

6/10/2020

46954149V

2020010724

200 €

18

15617Q

2020019768

7/10/2020

46953158S

2020009289

200 €

19

15596H

2020019717

7/10/2020

41454978P

2020010724

150 €

20

15624T

2020019779

7/10/2020

46952895M

2020009289

200 €

21

15634X

2020019858

7/10/2020

46951601E

2020007904

266 €

22

15686Q

2020019913

8/10/2020

46625689C

2020006999

26,66 €

23

15691K

2020019922

8/10/2020

46954399Z

2020007904

128 €

24

15707Z

2020019860

8/10/2020

46956579D

2020009289

200 €

25

15712L

2020019869

8/10/2020

46955862M

2020007904

140 €

26

15782C

2020019892

8/10/2020

46951082D

2020007904

140 €

27

15789G

2020019893

8/10/2020

46951082D

2020007904

126 €

28

15792F

2020019932

8/10/2020

46955760H

2020008651

100 €

29

15883Y

2020020043

9/10/2020

46955524N

2020008651

339,86 €

30

15892S

2020020015

9/10/2020

47254077W

2020010534

400 €

31

15908P

2020020113

9/10/2020

41459965G

2020009289

200 €

32

15964H

202020199

13/10/2020

46950410G

2020010724

400 €

33

15980B

2020020209

13/10/2020

41460729D

2020009289

200 €

34

15985Q

2020020215

13/10/2020

42460729D

2020009289

200 €

35

16109W

2020020410

14/10/2020

46955055A

2020007904

266 €

36

16212J

2020020595

15/10/2020

41457252M

2020009289

200 €

37

16226G

2020020596

15/10/2020

20446616F

2020007904

140 €

38

16247W

2020020626

15/10/2020

46950746H

2020007904

304 €

39

16333L

2020020717

16/10/2020

Y3816451Y

2020007904

210 €

40

16338R

2020020766

16/10/2020

41455687G

2020009289

200 €

41

16353Q

2020020707

16/10/2020

41459971X

2020010724

400 €

42

16456G

2020020856

19/10/2020

46958320W

2020009289

200 €

43

16470H

2020020922

19/10/2020

X8340874Q

2020007904

304 €

44

16598P

2020020980

19/10/2020

41455315T

2020009268

100 €

45

16603J

2020021036

20/10/2020

47252413V

2020006315

200 €

46

16616A

2020021046

20/10/2020

45838435X

2020007904

160 €

47

16715X

2020021129

20/10/2020

46951454J

2020009000

150 €

48

16757Y

2020021271

21/10/2020

20450285L

2020006315

200 €

49

16863C

2020021364

22/10/2020

Y6632101L

2020007904

140 €

50

16948J

2020021392

22/10/2020

47253724V

2020006315

400 €

51

16963M

2020021403

22/10/2020

47253118D

2020006315

100 €

52

16980E

2020021354

22/10/2020

46953603T

2020009289

200 €

53

16985G

2020021386

22/10/2020

46952081L

2020006315

150 €

54

16993N

2020021428

22/10/2020

46957798D

2020009289

200 €

55

16995Z

2020021454

22/10/2020

46954643M

2020006315

200 €

56

17001C

2020021515

23/10/2020

41461953Z

2020007904

210 €

57

17002K

2020021528

23/10/2020

29627916Y

2020006315

200 €

58

17005R

2020021599

23/10/2020

44990191Y

2020007904

240 €

59

17007A

2020021606

23/10/2020

46952739X

2020009000

175 €

60

17009M

2020021487

23/10/2020

44355237J

2020006315

400 €

61

17012P

2020021496

23/10/2020

46700036P

2020006315

400 €

62

17014X

2020021504

23/10/2020

27322910Z

2020009289

100 €

63

17015B

2020021518

23/10/2020

48233386V

2020009289

100 €

64

17016N

2020021586

23/10/2020

X5876566C

2020009289

200 €

65

17020Q

2020021617

23/10/2020

47160200B

2020006315

150 €

66

17034F

2020021793

26/10/2020

X0835023P

2020009268

200 €

67

17346C

2020021957

27/10/2020

48366790K

2020007904

140 €

68

17351W

2020022189

28/10/2020

46951210E

2020007904

140 €

69

17352A

2020022430

29/10/2020

41451895F

2020007904

266 €

70

17474X

2020022843

02/11/2020

X8937509P

2020006315

200 €

71

17476N

2020022900

02/11/2020

22999570F

2020006315

200 €

72

17487T

2022023057

03/11/2020

19012859R

2020006315

200 €

73

17488R

2020023073

3/11/2020

41461845K

2020009268

100 €

74

17489W

2020023903

6/11/2020

43118622Q

2020006315

139,96 €

75

17490A

2020024214

9/11/2020

53403002S

2020007904

256 €

76

17656P

2020025243

11/11/2020

46954290C

2020009289

200 €

77

18885H

2020025607

13/11/2020

X5544871P

2020006315

200 €

78

18933C

2020025788

16/11/2020

46954243L

2020007904

256 €

79

18993B

2020026047

17/11/2020

41460071H

2020009289

200 €

80

19018J

2020026377

19/11/2020

76717427F

2020006315

100 €

RGE: Registro General de Entrada del Consell Insular d'Eivissa

DR.- Declaración responsable que faculta y habilita a la persona o entidad organizadora a desarrollar una actividad de tiempo libre infantil y juvenil (art.45, Decreto 23/2018)

 

Anexo 3

Solicitudes denegadas o desestimadas de la convocatoria extraordinaria de ayudas destinadas a familias para inscribir a sus hijos o hijas en actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil para paliar los efectos de la COVID-19 durante el verano 2020, por incumplimiento de la base 4 de la convocatoria (no presentación, o presentación fuera de plazo de la Declaración responsable que faculta y habilita a la persona o entidad organizadora a desarrollar una actividad de tiempo libre infantil y juvenil (art.45, Decreto 23/2018))

Núm.

Núm. exp. personal

RGE

Data

NIF

1

17017J

2020021589

23/10/2020

46957066J

2

17027T

2020021677

26/10/2020

46956776E

3

17029W

2020021722

26/10/2020

41457574M

4

17356F

2020022716

30/10/2020

41454103F

5

17355Y

2020022702

30/10/2020

41454103F

RGE: Registro General de Entrada del Consell Insular d'Eivissa

 

Anexo 4

Solicitudes pendientes de mejora o enmienda de la convocatoria extraordinaria de ayudas destinadas a familias para inscribir a sus hijos o hijas en actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil para paliar los efectos de la COVID-19 durante el verano 2020

Núm.

Núm. exp. personal

RGE

Data

NIF

RGE de la DR de la entidad o persona organizadora

01

16994J

2020021450

22/10/2020

43092227W

2020008652

02

16774T

2020021299

21/10/2020

49414684N

2020006315

03

17025K

2020021695

26/10/2020

41447909T

2020009289

04

17030A

2020021744

26/10/2020

49419214B

2020006315

05

17344H

2020022065

27/10/2020

53215701A

2020006315

06

17347K

2020021989

27/10/2020

41455436Y

2020006315

07

17350R

2020022235

28/10/2020

X8725963Q

2020006315

08

17353G

2020022481

29/10/2020

46957942S

2020009268

09

17475B

2020022886

02/11/2020

41456129D

2020006315

RGE: Registro General de Entrada del Consell Insular d'Eivissa

DR.- Declaración responsable que faculta y habilita a la persona o entidad organizadora a desarrollar una actividad de tiempo libre infantil y juvenil (art.45, Decreto 23/2018)

Este acto no agota la vía administrativa y en contra podéis interponer, ante la Presidencia, el recurso de alzada previsto en los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su notificación, todo ello en virtud de lo que disponen el artículo 22.3 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de Consejos Insulares y el artículo 147.2 del Reglamento Orgánico del Consell Insular d'Eivissa (publicado en el BOIB núm. 136, de 18/09/10, corrección en el BOIB núm. 148 de 14/10/10, modificación en BOIB núm. 48, de 16/04/16). El recurso deberá resolverse en el plazo de tres meses, una vez transcurridos se entenderá desestimado y quedará abierta la vía contencioso administrativa.

Todo ello sin prejuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere pertinente.

  

Eivissa, 5 de enero de 2021

El jefe de sección del Departament de Cultura, Educació i Patrimoni

José Vicente Garibo Redolat