Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO DE GOBIERNO
Núm. 13
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 4 de enero de 2021 por el que se ratifica el punto primero del Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 11 de diciembre de 2020 relativo a la prórroga de determinadas medidas en materia de recursos humanos del Servicio de Salud de las Islas Baleares
El 13 de marzo de 2020 se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de marzo de 2020 por el que se aprueba el Plan de Medidas Excepcionales para Limitar la Propagación y el Contagio de la COVID-19.
El anexo 1 de dicho Acuerdo recoge el Plan de Medidas Excepcionales, en cuyo capítulo I se regulan las medidas relativas al Servicio de Salud de las Islas Baleares. En particular, el punto 8 de ese capítulo prevé medidas para el personal trabajador del Servicio de Salud de las Islas Baleares, entre las cuales que «se prorrogarán de forma automática todas las comisiones de servicio cuyo vencimiento se encuentre entre la fecha de este acuerdo y el 31 de diciembre de 2020. La prórroga de cada comisión de servicio debe contar con la voluntad manifiesta del profesional y de la gerencia correspondiente. El mismo criterio se adoptará en caso de formalización de nuevas comisiones de servicio, y se buscará una tramitación ágil que pueda dar respuesta en la necesidad asistencial en todo momento».
La evolución de la expansión de la COVID-19 en las Islas Baleares y la situación epidemiológica actual ponen de manifiesto la imperiosa necesidad de establecer nuevas medidas organizativas y de gestión de los recursos humanos del Servicio de Salud a los efectos de asegurar y garantizar una prestación sanitaria correcta a toda la población.
Por todo ello, de acuerdo con el artículo 80.1 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud, el 11 de diciembre de 2020 la Mesa Sectorial de Sanidad de las Islas Baleares adoptó un acuerdo relativo a la prórroga de determinadas medidas en materia de recursos humanos del Servicio de Salud de las Islas Baleares.
El artículo 38 del Texto refundido de la Ley del estatuto básico del empleado público (aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre) dispone que, para que los acuerdos que versen sobre materias de competencia de los consejos de gobierno de comunidades autónomas tengan validez y eficacia, requieren la aprobación expresa y formal de dicho órgano.
Con posterioridad a la firma del Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 11 de diciembre de 2020 relativo a la prórroga de determinadas medidas en materia de recursos humanos del Servicio de Salud de las Illes Balears, diferentes cuestiones de índole presupuestaria ponen de manifiesto la necesidad de realizar un desarrollo más detallado y global en cuanto al punto segundo del Acuerdo de la Mesa Sectorial de 11 de diciembre de 2020, antes de proceder a su aprobación expresa y formal por parte del Consejo de Gobierno.
Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejera de Salud y Consumo, en la sesión del día 4 de enero de 2021, adoptó, entre otros, el Acuerdo siguiente, del cual se ordena la publicación del punto primero:
Primero. Ratificar el punto primero del Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 11 de diciembre de 2020 relativo a la prórroga de determinadas medidas en materia de recursos humanos del Servicio de Salud de las Islas Baleares, con el siguiente contenido:
Se prorrogarán automáticamente todas las comisiones de servicio que venzan entre la fecha de este Acuerdo y el 31 de diciembre de 2021. La prórroga de cada comisión de servicio debe contar con la voluntad manifiesta del profesional afectado y de la gerencia correspondiente. Debe adoptarse el mismo criterio si se formalizan nuevas comisiones de servicio. Por otro lado, ha de procurarse una tramitación ágil para poder dar respuesta a la necesidad asistencial en todo momento.
Segundo. Ordenar que se publique íntegramente en el Boletín Oficial de las Islas Baleares el punto primero del presente Acuerdo, y determinar que entra en vigor al día siguiente de su publicación.
Palma, 4 de enero de 2021
La secretaria del Consejo de Gobierno Pilar Costa i Serra