Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE ALARÓ
Núm. 13184
Aprobación definitiva modificación de crédito 18-2020
(Exp. núm. AE 1219/2020)
En virtud de la presunción establecida en el artículo 169.1, en relación con el artículo 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la ley reguladora de las haciendas locales, ha sido elevada a definitiva la modificación de crédito 18-2020 por transferencia de crédito entre aplicaciones de diferente área de gasto, aprobada por el Pleno en sesión de día 26 de noviembre de 2020 (anuncio publicado en el BOIB núm. 202, de 1 de diciembre de 2020). La modificación presenta el siguiente resumen por capítulos:
Gastos |
Alta |
Capítulo 2. Gastos corrientes en bienes y servicios |
20.000,00 |
TOTAL |
20.000,00 |
Gastos |
Baja |
Capítulo 2. Gastos corrientes en bienes y servicios |
-11.000,00 |
Capítulo 4. Transferencias corrientes |
-9.000,00 |
TOTAL |
-20.000,00 |
Recursos
Contra la aprobación definitiva del expediente de modificación de crédito 18-2020 se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación este anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, sin perjuicio de que los interesados legitimados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que consideren procedente.
Alaró, 28 de diciembre de 2020
El alcalde Llorenç Perelló Rosselló