Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE ALARÓ
Núm. 13182
Aprobación definitiva modificación de crédito 17-2020
(Exp. nº AE 1199/2020)
En virtud de la presunción establecida en el artículo 169.1, en relación con el artículo 177.2 del Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el cual se aprueba el texto refundido de la ley reguladora de las haciendas locales, ha sido elevada a definitiva la modificación de crédito 17-2020, suplemento de crédito financiado con mayores ingresos efectivamente recaudados, aprobada por acuerdo del pleno del ayuntamiento de 26 de noviembre de 2020 (BOIB nº 202, de 1 de diciembre de 2020). La modificación presenta el siguiente resumen por capítulos:
Gastos |
Crédito |
Capítulo 2. Gastos corrientes en bienes y servicios |
38.270,61 |
TOTAL |
38.270,61 |
Ingresos |
Importe |
Capítulo 3. Tasas, precios públicos y otros ingresos |
38.270,61 |
TOTAL |
38.270,61 |
Recursos
Contra la aprobación definitiva del expediente de modificación de crédito 17-2020 se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación este anuncio en el Boletín Oficial de las Illes Balears, sin perjuicio de que los interesados legitimados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que consideren procedente.
Alaró, 28 de diciembre de 2020
El alcalde Llorenç Perelló Rosselló