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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 13175
Notificación de Resolución de denegación a los beneficiarios de las ayudas, REMESA 2 de fecha 15 de diciembre de 2020, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de setiembre de 2015 por la que se convocan subvenciones para la Creación de empresas de Jóvenes agricultores, para los años 2015 a 2019

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Texto

El apartado 9.3. de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de setiembre de 2015 por la que se convocan, subvenciones para la Creación de empresas de Jóvenes agricultores, correspondientes a los años 2015-2019,  especifica que la resolución expresa se notificará a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos en el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA, con fecha 15 de diciembre de 2020, firmó la siguiente resolución,

" PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DE DENEGACIÓN

Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020

Medida  4.1 - Creación de empresas de Jóvenes Agricultores

Convocatoria: CEJA 2019            Grupo: CEJA2019  -REMESA  2

Antecedentes

1.Con fecha 15 de septiembre de 2015 se publicó, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 136, la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para la creación de empresas de jóvenes agricultores, modificada mediante las resoluciones de 26 de abril de 2016 y 26 de junio de 2018.

2.De conformidad con el apartado sexto de la Resolución antes mencionada, el plazo de presentación de solicitudes terminó el día 30 de junio de 2019.

3.Los órganos gestores del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural han llevado a cabo el control administrativo de las solicitudes de ayuda y de la documentación aportada, de acuerdo con las normas reguladoras de esta subvenció.El cumplimiento de los requisitos y la documentación ha quedado reflejado en la aplicación SIFOG y se encuentran en revisión administrativa final.

4.El 28 de septiembre de 2020 se notifica a los interesados, mediante publicación en la web del FOGAIBA, la Propuesta provisional de concesión y denegación de la ayuda, y se les concedió un plazo de 10 días hábiles para presentar las alegaciones oportunas.

5. Finalizado el plazo, sólo presentó alegaciones la titular del expediente CEJA2019_1/041, Rocío Taberner Momblant, las cuales no han tenido en cuenta ya que son extemporáneas, por tanto, los expedientes relacionados en el Anexo Y, se deniegan por no cumplir con los requisitos que establece la resolución de la convocatoria.

Fundamentos de derecho

1.Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 15 de septiembre de 2015, por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para la creación de empresas de jóvenes agricultores.

2.Orden del consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.

3. Ley 39/2015, de 1 de octubre de régimen jurídico de las administraciones públicas 

Propuesta de Resolución

Por todo ello, se informa favorablemente i se propone al vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA que dicte una resolución en los términos siguientes:.

1.Denegar la ayuda solicitada por los interesados que figuran en el Anezo I, que son un total de 4 expedientes que empieza por ROCIO TABERNER MOMBLANT y termina con GRATILA ELENA IORDACHE relativa a la línea de ayudas "Creación de empresas de jóvenes agricultores", por no cumplir con alguno de los requisitos que se sestablecen en la convocatoria, según indica el mencionado Anexo..

2. Declarar concluido el procedimiento y proceder al archivo de los expedientes relacionados en el Anexo I. .

3. Notificar la  resolución a los interesados mediante la publicación en el BOIB.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el consejero de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,  del procedimiento administrativo común  de las administraciones públicas.

Palma, 15 de diciembre de 2020

El jefe del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural Isidro Caéllas Simonet

Conforme con la propuesta. Dicto resolución,

Palma, 15 de diciembre de 2020

El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA

Gabriel Torrens LLabrés”

 

ANEXO I

SOLICITUDES CON DENEGACIÓN Y MOTIVO

 

Núm. Expediente

SOLICITANTE

NIF

OBSERVACIONES

CEJA 2019/041

ROCIO TABERNER MOMBLANT

***5815**

No cumplir con  las obligaciones  de  AEAT

CEJA 2019/096

FABIO FALZETTI

****5108*

No llega a la puntuación mínima exigida

CEJA 2019/119

JUAN RIBAS GUASCH

***3223**

No llega a la puntuación mínima exigida. No cumplir amb les obligacions de AEAT

CEJA 2019/130

GRATIELA ELENA IORDACHE

****2236*

No llega a la puntuación mínima exigida

 

Palma, 21 de diciembre de 2020

El director gerente del FOGAIBA

Mateu Morro Marcé