Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TRANSICIÓN ENERGÉTICA Y SECTORES PRODUCTIVOS
Núm. 13101
Extracto de la Resolución del vicepresidente y consejero de Transición Energética y Sectores Productivos de 28 de diciembre de 2020 por la que se aprueba, mediante el procedimiento de gasto anticipado, la convocatoria pública de subvenciones para el fomento de la creación de comunidades de energías renovables locales para autoconsumo promovidas por las administraciones locales, sus entidades públicas dependientes y las asociaciones empresariales privadas, que será objeto de cofinanciación dentro del Programa Operativo FEDER 2021-2027
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
1. Beneficiarios
Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las administraciones locales, sus entidades públicas dependientes y las asociaciones empresariales privadas que promuevan una comunidad de energías renovables para autoconsumo.
2. Objeto
El objeto de esta convocatoria es aprobar y regular, mediante el procedimiento de gasto anticipado, las ayudas para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica, de hasta 99 kWp de potencia de pico, y minieólica, de hasta 50 kW de potencia nominal, promovidas por administraciones locales, sus entidades públicas dependientes y las asociaciones privadas, en la cual, una vez concedida la ayuda a la entidad beneficiaria, se cree una comunidad de energías renovables para autoconsumo formada por las entidades locales o la asociación y los vecinos del municipio.
Estas ayudas podrán estar cofinanciadas con cargo al Programa Operativo FEDER 2021-2027 de las Illes Balears.
Esta convocatoria queda condicionada a la aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones para el año 2021.
3. Bases reguladoras
La Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía en las Illes Balears, modificada por la Orden del consejero de Transición Energética y Sectores Productivos de 18 de junio de 2020 (BOIB n.º 116, de 30 de junio de 2020).
En todo lo no previsto en esta resolución ni en la citada orden se aplicará el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones.
4. Cuantía
El importe económico máximo de esta convocatoria es de 400.000 €. Las subvenciones se concederán con cargo al presupuesto de la Comunidad Autónoma para el ejercicio de 2021 y, en función de la naturaleza de los beneficiarios, por las siguientes partidas e importes:
— 19701 731A01 76000.00 FF31111 o equivalente............... 300.000,00 €
— 19701 731A01 77000.00 FF31111 o equivalente................ 100.000,00 €
La asignación es vinculante por el importe total y no por cada partida.
Esta convocatoria se tramita como expediente de gasto anticipado, de acuerdo con el artículo 43.1 del Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de desarrollo de determinados aspectos de la Ley de Finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y queda sometida a la condición suspensiva de la existencia de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos generales de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2021.
Siempre que las disponibilidades presupuestarias lo permitan, se podrán incrementar los importes de esta convocatoria. El importe consignado inicialmente se podrá ampliar, mediante una resolución de modificación de la convocatoria, con los efectos, en su caso, que dispone el artículo 39.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Esta modificación, salvo que se establezca otra cosa, no implicará que el plazo para presentar las solicitudes se amplíe, ni afectará la tramitación ordinaria de las solicitudes presentadas y no resueltas expresamente.
Estas ayudas podrán ser objeto de cofinanciación con cargo al Programa Operativo FEDER 2021-2027 de las Illes Balears.
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes se inicia el 11 de enero de 2021 y finaliza el 31 de mayo de 2021, o hasta el posible agotamiento, dentro de este periodo, de la cuantía económica asignada a esta convocatoria.
Si se agotan los créditos destinados a la convocatoria antes de finalizar el plazo de presentación, se suspenderá la concesión de nuevas ayudas mediante la publicación correspondiente en el Boletín Oficial de las Illes Balears de la resolución del vicepresidente y consejero de Transición Energética y Sectores Productivos.
Palma, 28 de diciembre de 2020
El vicepresidente y consejero de Transición Energética y Sectores Productivos Juan Pedro Yllanes Suárez