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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL DE TELECOMUNICACIONES Y INNOVACIÓN DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 13085
Acuerdo del Consejo de Administración de la Entidad Pública Empresarial de Telecomunicaciones e Innovación de las Illes Balears (IBETEC) de 22 de junio de 2020 por el que se delega la facultad de acordar la suscripción de convenios con personas o entidades privadas al director gerente

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Texto

De acuerdo con lo establecido en el artículo 13.1, apartado j), de los Estatutos de la Entidad Pública Empresarial de Telecomunicaciones e Innovación de las Illes Balears, aprobados por el Decreto 45/2017, de 8 de septiembre (publicado en el BOIB nº 111, de 9 de septiembre), corresponde al Consejo de Administración acordar la suscripción de convenios con personas o entidades públicas o privadas.

El artículo 13.2 de los citados Estatutos establece que el Consejo de Administración, para el mejor cumplimiento de sus funciones, puede delegar parte de estas, de manera permanente o temporal, en la Presidencia, la Vicepresidencia o el director gerente, excepto las que constan en los apartados c), d), e), f), g), h), i), y m).

El artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispone que los órganos de las diferentes administraciones públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la propia Administración, aunque no sean jerárquicamente dependientes, o en los organismos públicos o entidades de derecho público vinculados o dependientes de aquellas.

El artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, establece que los órganos administrativos, mediante acto motivado, podrán delegar el ejercicio de sus competencias, conservando la titularidad de éstas, en otros órganos de la Administración autonómica de igual o inferior rango, aunque no sean jerárquicamente dependientes.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, en cuanto a las delegaciones de competencias.

2. Los artículos 25 y 42.2 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en cuanto a la delegación interorgánica de la Administración autonómica.

3. El artículo 13 de los Estatutos de la Entidad Pública Empresarial de Telecomunicaciones e Innovación de las Illes Balears, aprobados por el Decreto 45/2017, de 8 de octubre.

Por todo ello, el Consejo de Administración de la Entidad Pública Empresarial de Telecomunicaciones e Innovación de las Illes Balears (IBETEC), en la sesión de 22 de junio de 2020, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

  1. Delegar la facultad de acordar la suscripción de convenios con personas o entidades privadas al director gerente de IBETEC, con la obligación de notificar al Consejo de Administración de los convenios que se vayan firmando.

  2. Disponer que la delegación de facultades a la que se refiere este Acuerdo no altera la competencia del órgano delegante y se entiende sin perjuicio de las potestades de revocación y de avocación que corresponden al Consejo de Administración de IBETEC, en cuanto al conocimiento o en la resolución de los asuntos o procedimientos en que lo considere oportuno, y siempre de acuerdo con lo previsto en los artículos 25 y 28 de la Ley 3/2003.

  3. Disponer que las resoluciones adoptadas en virtud de cualquiera de las delegaciones de competencias a las que se refiere este acuerdo deben indicar expresamente esta circunstancia, junto con la especificación del órgano que delega y de la publicación oficial de esta delegación.

  4. Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

     

     

  5. Establecer que los efectos de este Acuerdo se producirán al mismo día de la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 17 de diciembre de 2020

El secretario del Consejo de Administración de IBETEC Benito Prósper Gutiérrez

La presidenta del Consejo de Administración de IBETEC Isabel Castro Fernández