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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE PORRERES

Núm. 12967
Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Porreres de 23 de noviembre de 2020 por el cual se aprueba el expediente de modificación de créditos n. º 15/2020 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de transferencia de crédito entre aplicaciones de diferentes áreas de gasto, que no afectan altas y bajas de crédito de personal

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Texto

Aprobado definitivamente el expediente de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de diferente área de gasto que no afectan bajas y altas de créditos de personal, lo cual se publica a efectos de los artículos 169.1 y 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Descripción aplicación presupuestaria gastos

Importe

BAJA de crédito

Fiestas/suministros

10.000,00

338 / 22199

Fiestas / Publicidad y propaganda

15.000,00

338 / 22602

Fiestas / Actividades Culturales

50.000,00

338 / 22609

Fiestas / Otros gastos diversos

25.000,00

338 / 22699

TOTAL

100.000,00€

 

 

Descripción aplicación presupuestaria astos

Importe

ALTA de crédito

Policía / Transf.a Ajunt.- convenios policiales

10.000,00

132 / 46200

Policía / Retirada animales

3.000,00

132 / 22799

Ordenación tràfico/suministros

7.000,00

133 / 22199

Pavimentación vías públicas/suministros

20.000,00

1532 / 22199

Recogida residuos/gatos diversos

5.000,00

1621 / 22699

Limpieza viaria/gastos diversos (caminos)

13.000,00

163 / 22699

Iluminación / Mantenimiento instalaciones

12.000,00

165 / 21300

Ferias y comercio /promoción producto de Porreres

7.000,00

4311 / 22617

Admin. Gral. / Jurídicos, contenciosos

3.000,00

9200 / 22604

Brigada / suministros

5.000,00

9201 / 22199

Gestión del sistema tributario / serv. recaudación

15.000,00

932 / 22708

TOTAL

100.000,00€

 

Contra el presente Acuerdo, en virtud del que se dispone en el artículo 171 del Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de esta Jurisdicción. Sin perjuicio de esto, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de este recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

 

Porreres, 23 de diciembre de 2020

La alcaldesa Francisca Mora Veny