Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 12975
Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se incrementa y se traslada el crédito previsto en la Resolución del presidente del FOGAIBA de 17 de mayo de 2019, por la que se convocan, para los años 2019-2020, las ayudas para inversiones en puertos pesqueros, lugares de desembarque, lonjas y anclajes
El 23 de febrero del 2019 se publicó en el BOIB núm. 69 la Resolución del presidente del FOGAIBA de 17 de mayo de 2019, por la que se convocan, para los años 2019-2020, las ayudas para inversiones en puertos pesqueros, lugares de desembarque, lonjas y anclajes.
Dicha resolución prevé un total de cinco convocatorias y destina a la primera convocatoria ciento cincuenta mil euros (150.000,00 €), mientras que el resto de convocatorias quedan sometidas a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar el cumplimiento de las obligaciones generadas. También establece que, si una vez finalizado cualquiera de los periodos no se ha agotado el importe máximo previsto inicialmente para cada uno de estos, la cantidad no aplicada debe trasladarse al periodo siguiente mediante una resolución del órgano competente para la concesión de subvenciones, es decir, del vicepresidente en materia de pesca del FOGAIBA, que debe publicarse en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.
De acuerdo con ello, mediante la Resolución del vicepresidente en materia de pesca del FOGAIBA de 6 de marzo de 2020, publicada en el BOIB núm. 31, de 12 de marzo de 2020, se trasladaron a la segunda convocatoria los créditos sobrantes de la primera.
Posteriormente, por la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 8 de junio de 2020, publicada en el BOIB núm. 106, de 11 de junio de 2020, se incrementó en 50.000 € el crédito destinado a esta línea de ayudas y se trasladó a la tercera convocatoria un presupuesto de sesenta y siete mil novecientos treinta y nueve euros con diez céntimos (67.939,10 €).
De acuerdo con el informe del jefe del Servicio de Ayudas OCM, del Estado y de Pesca de fecha 15 de diciembre de 2020, una vez resuelta la tercera convocatoria se determina que existe un crédito sobrante por importe de treinta nueve mil doscientos setenta y cuatro euros con noventa y nueve céntimos (39.274,99 €), que se puede trasladar a la cuarta convocatoria.
Por otra parte, considerando que esta línea de ayudas está en proceso de tramitación, que la demanda de ayudas ha sido superior a la prevista inicialmente y dada la disponibilidad presupuestaria, se hace necesario incrementar la dotación económica inicialmente prevista.
Finalmente, el artículo 10.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, establece que los órganos superiores podrán avocar para sí mismos el conocimiento de un asunto cuya resolución corresponda ordinariamente o por delegación a sus órganos administrativos dependientes, cuando circunstancias de índole técnica, económica, social, jurídica o territorial lo hagan conveniente. De acuerdo con ello, en este momento, por motivos de simplificación y agilidad en la tramitación del procedimiento es conveniente avocar la competencia para trasladar los créditos a la cuarta convocatoria.
Por todo ello, en virtud de las competencias que tengo atribuidas y a propuesta del jefe del Servicio de Ayudas OCM, del Estado y de Pesca, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
Primero
Incrementar en ciento sesenta y dos mil doscientos treinta y seis euros con ochenta y un céntimos (162.236,81 €) el crédito destinado a las convocatorias de ayudas previstas en la Resolución del presidente del FOGAIBA de 17 de mayo de 2019, por la que se convocan, para los años 2019-2020, las ayudas para inversiones en puertos pesqueros, lugares de desembarque, lonjas y anclajes, publicada en el BOIB núm. 69, de 23 de mayo de 2019, por lo que queda destinado un crédito total a esta línea de ayudas de trescientos sesenta y dos mil doscientos treinta y seis euros con ochenta y un céntimos (362.236,81 €).
Segundo
Trasladar a la cuarta convocatoria de subvenciones prevista por la Resolución del presidente del FOGAIBA de 17 de mayo de 2019, por la que se convocan, para los años 2019-2020, las ayudas para inversiones en puertos pesqueros, lugares de desembarque, lonjas y anclajes, publicada en el BOIB núm. 69, de 23 de mayo de 2019, el crédito remanente de la tercera convocatoria por importe de 39.274,99 € más la cantidad correspondiente al incremento, por lo que queda un crédito total para esta cuarta convocatoria de doscientos un mil quinientos once euros con ochenta céntimos (201.511,80 €).
Dichas ayudas son cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP) en un 75% y por la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (CAIB) en el 25% restante.
Tercero
Esta resolución se debe comunicar a la Base de Datos Nacional de Subvenciones y publicar en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.
Palma, 22 de diciembre de 2020
La presidenta del FOGAIBA María Asunción Jacoba Pía de la Concha García-Mauriño