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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE EIVISSA

Núm. 12948
Modificación de las bases de la convocatoria para la provisión de 8 plazas de policía local en la plantilla de personal funcionario de carrera del Ajuntament d'Eivissa

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Por Decreto de Alcaldía n.º 2020-6112, de fecha 11.11.2020, se aprobaron las bases y la convocatoria que tiene que regir el proceso selectivo para la provisión de 6 plazas, más las vacantes que se puedan producir, por el sistema de oposición libre, y 2 plazas por concurso de movilidad horizontal, de agente de la Policía Local del Ajuntament d'Eivissa, correspondientes a 7 plazas procedentes de la Oferta de Ocupación Pública del año 2020 (BOIB n.º 91 de fecha 23 de mayo de 2020) y 1 plaza procedente de la Oferta de Ocupación Pública del año 2019 (BOIB n.º 172 de fecha 24 de diciembre de 2019); como personal funcionario de carrera, por el sistema de acceso de turno libre, plazas encuadradas a la plantilla de personal funcionario, escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase Policía Local, Grupo de clasificación C1, para cubrir el puesto de trabajo de Agente de la Policía Local

Mediante Decreto de Alcaldía n.º 2020-6747 de fecha 22.12.2020 se han rectificado de oficio los errores detectados en los puntos: 1.4 de la base primera, 3.1.2 de la base tercera y en la base decimosexta, de forma que:

 

Allá donde dice: 

“1.4. [...]

El procedimiento de selección para la modalidad de acceso movilidad horizontal será el de concurso de méritos, en conformidad con el artículo 194 del Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el cual se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Illes Balears.”

Tiene que decir:

“1.4. [...]

El procedimiento de selección para la modalidad de acceso movilidad horizontal será el de concurso de méritos, en conformidad con el artículo 194 del Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el cual se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Illes Balears y se resolverá en primer lugar y antes de que el proceso de selección libre.”

 

Allá donde dice:

“3.1.2. A las solicitud se  tendrá que acompañar la documentación que acredite el cumplimiento de las condiciones previstas a la base segunda, en concreto, la documentación siguiente:

a) Documento nacional de identidad en vigor o, en caso de no poseer nacionalidad española, documento oficial acreditativo de la personalidad. No hay que presentarlo si la persona aspirante no se opone al hecho que la Administración obtenga este documento mediante las redes de intermediación de datos.”

Tiene que decir:

“3.1.2. A las solicitud se  tendrá que acompañar la documentación que acredite el cumplimiento de las condiciones previstas a la base segunda, en concreto, la documentación siguiente:

a) Documento nacional de identidad en vigor. No hay que presentarlo si la persona aspirante no se opone al hecho que la Administración obtenga este documento mediante las redes de intermediación de datos.”

 

 

Allá donde dice:

“DECIMOSEXTA. BOLSA DE REPOSICIÓN

[...]

Igualmente, la bolsa de reposición constituirá una bolsa de trabajo, y las personas que la componen podrán acceder al nombramiento como agentes interinos o interinas de acuerdo con el que establece el Decreto 233/2002, salvo el supuesto del artículo 31.2.d). El orden de llamamiento de la bolsa de trabajo será por orden correlativo de la puntuación obtenida y en cada oportunidad que se produzca la necesidad.”

Tiene que decir:

“DECIMOSEXTA. BOLSA DE REPOSICIÓN

[...]

Igualmente, la bolsa de reposición constituirá una bolsa de trabajo, y las personas que la componen podrán acceder al nombramiento como agentes interinos o interinas de acuerdo con el que establece el Decreto Ley 1/2017 y la Ley 4/2013. El orden de llamamiento de la bolsa de trabajo será por orden correlativo de la puntuación obtenida y en cada oportunidad que se produzca la necesidad.”

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Eivissa, 22 de diciembre de 2020

La regidora delegada Estefanía Torres Sánchez