Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 12915
Aprobación definitiva de la propuesta de modificación, competencia del Pleno de la Corporación, al presupuesto del Consejo Insular de Menorca del ejercicio 2020 (Exp. 0426-2020-13)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Aprobado inicialmente por el Pleno del Consejo Insular en sesión de carácter ordinario de 16 de noviembre de 2020, el siguiente acuerdo que incluye las siguientes modificaciones presupuestarias:

- Expediente de suplemento de créditos 3-2020 por importe de 6.113.846,16 € detallado en la memoria que consta en el expediente.

- Expediente de transferencia de créditos por importe de 95.500 € detallada en la memoria que consta en el expediente.

- Expediente de modificación y adición conforme a la memoria correspondiente, en el anexo previsto en la base 22ª del vigente presupuesto, de la ayuda nominativa siguiente:

· Subvención, con cargo al programa presupuestario 91200 Órganos de Gobierno (aplicación presupuestaria 1-91200-4890016), a favor de la Asociación Rociera Isla de Menorca (ARYM), por un importe máximo de 5.000,00 €, para llevar a cabo las actividades conmemorativas de su 10 aniversario y la elaboración de un nuevo Simpecado para representar la entidad y la isla en la Aldea Almonteña, el Rocío.

Publicado el pertinente anuncio en el BOIB núm. 200, de fecha 26-11-2020, en el tablón de edictos y en la página web del Consejo Insular, y transcurrido el plazo de 15 días, legalmente establecido, sin que se haya presentado ningún tipo de reclamación.

De conformidad con el art. 177, en relación con el 169, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley que regula las Haciendas Locales, se entiende definitivamente aprobado dicho expediente.

Se publica a continuación el presupuesto resultante resumido por capítulos, donde además de la modificación aprobada, se incluyen también las siguientes modificaciones presupuestarias:

- MC016 (Transferencia de créditos) aprobada por resolución del consejero de Servicios Generales 346/2020 de 25 de noviembre

- MC017 (Transferencia de créditos) aprobada por resolución del consejero de Servicios Generales 362/2020 de 10 de diciembre

- MC018 (Incorporación 4/2020) aprobada por el Consejo Ejecutivo de 14 de diciembre de 2020

 

Presupuesto resultante

 

Ingresos

Gastos

Cap. 1

1.359.862,40 €

23.515.411,43 €

Cap. 2

1.825.674,62 €

15.269.882,49 €

Cap. 3

3.058.798,85 €

154.209,98 €

Cap. 4

68.742.861,16 €

26.549.762,81 €

Cap. 5

76.080,68 €

55.000,00 €

Subtotal ordinarios

75.063.277,71 €

65.544.266,71 €

Cap. 6

0,00 €

26.493.470,51 €

Cap. 7

24.111.039,63 €

14.323.843,09 €

Subtotal inversiones

24.111.039,63 €

40.817.313,60 €

Subtotal no financieros

99.174.317,34 €

106.361.580,31 €

Cap. 8

13.711.928,19 €

275.000,00 €

Cap. 9

1.900.000,00 €

8.149.665,22 €

Subtotal financieros

15.611.928,19 €

8.424.665,22 €

Financiamiento financiero

7.187.262,97 €

 

Total

114.786.245,53 €

114.786.245,53 €

 

Asimismo se hace público que en el acuerdo de aprobación provisional del expediente se hacía constar lo siguiente:

1. Concretar la interpretación del acuerdo segundo aprobado del Pleno del CIM en sesión de fecha 18.05.2020, en el sentido de que el importe no agotado de ayuda de la línea 4 «Ayudas tercer sector Covid-19» también pueda transferirse - por Resolución del consejero de Servicios Generales - a otras líneas y convenios de ayudas relacionadas, para paliar las consecuencias negativas de la pandemia Covid-19 a la economía y sociedad menorquina.

2. Asimismo, convalidar la Resolución del consejero de Servicios Generales núm. 324/2020 de fecha 12 de noviembre, por la que se aprueba modificación del presupuesto del Consejo Insular de Menorca para el año 2020 mediante transferencia de créditos por importe de 200.000,00 € para transferir los créditos de la aplicación 2-92.900 -4800000 a las aplicaciones presupuestarias que permitan la correcta contabilización del gasto correspondiente.

3. Autorizar la amortización anticipada del préstamo que el Consejo Insular de Menorca tiene contratado con la entidad Banco de Sabadell S.A. (Préstamo núm. 807 631 885 915).

4. Condicionar la efectividad de las operaciones anteriores de amortización a las disponibilidades de tesorería necesarias para atender la prelación que establece la normativa de haciendas locales: capital e intereses ordinarios de la deuda pública, gastos de personal, obligaciones de ejercicios anteriores, etc. y cumplimiento del plazo de pago a proveedores.

5. Autorizar a la presidenta del Consejo Insular de Menorca a la firma de los documentos necesarios para la efectividad del presente acuerdo.

Lo que se hace público para general conocimiento y a los efectos que correspondan, al tiempo que se hace saber que contra el acuerdo precedente, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente de la publicación del presente edicto en el BOIB, recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares; todo ello sin perjuicio de que se pueda utilizar cualquier otro recurso que se estime procedente en derecho.

Todo lo anterior de acuerdo con el artículo 171 del RD Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y la Ley 29/1998, de 13 de julio, que regula la jurisdicción contencioso administrativa.

Finalmente, cabe indicar que la interposición de los recursos pertinentes no suspende la eficacia de la resolución impugnada ni interrumpe los plazos que se puedan derivar, excepto que la autoridad competente lo acuerde expresamente.

 

Maó, 22 de diciembre de 2020

Por delegación de la presidenta, la secretaria

Rosa Salord Olèo

(Decreto 427/2019, de 11 de julio)

(BOIB núm. 97 de 16-7-2019)