Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE SES SALINES
Núm. 12857
Modificación definitiva de la ordenanza fiscal núm. 23 de la ocupación de la vía pública
Elevación automática a definitivos del acuerdo provisional de modificación de la Ordenanza Fiscal nº 23 reguladora de la tasa reguladora de la tasa por la utilización privativa o aprovechamiento especial derivado de la ocupación de terrenos de vía o espacio público con mesas y sillas, tribunas, tablados y otros elementos análogos con finalidad lucrativa.
Lo BOIB n.º 128, de día 18 de julio de 2020, publicó el correspondiente edicto de exposición al público del acuerdo de aprobación inicial del Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria de día 14 de julio de 2020, de la modificación de la ordenanza fiscal nº 23 reguladora de la tasa reguladora de la tasa por la utilización privativa o aprovechamiento especial derivado de la ocupación de terrenos de vía o espacio público con mesas y sillas, tribunas, tablados y otros elementos análogos con finalidad lucrativa.
Habiendo finalizado el plazo para la presentación de reclamaciones contra el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Lleno, sin que se haya formulado reclamación, en conformidad con lo establecido en el artículo 17.3 del Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, queda definitivamente aprobado. El que se hace público a los efectos prevenidos en el artículo 17.4 del citado Real decreto legislativo, con la publicación del texto íntegro de los acuerdos de aprobación y de los artículos modificados:
Artículo 3º.- CUOTA TRIBUTARIA.-
La cuota tributaria se determinará por una cantidad fija señalada según la naturaleza del servicio o actividad, de acuerdo con las siguientes tarifas:
a. Por la ocupación de terrenos de dominio público con mesas, sillas, estantes, vitrinas y otros elementos comerciales, por cada año natural 5,00 euros por metro cuadrado, como precio simbólico durante el ejercicio 2021 para paliar los efectos de la pandemia por el COVID19. No se autorizarán ocupaciones inferiores a dicho plazo, siendo la cuota irreducible, aunque la ocupación sea inferior a dicho plazo.
No afectará, debido a los efectos derivados de la pandemia por el COVID19, a las nuevas ocupaciones, la ampliación de las existentes (salvo aquellas derivadas de las restricciones de aforo) y a quienes no se hallasen al corriente de pago de la tasa. En estos casos, el precio será de 65€/m2.
Ses Salines, 16 de diciembre de 2020
El alcalde
Juan Rodríguez Ginard