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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MODELO ECONÓMICO, TURISMO Y TRABAJO

Núm. 12856
Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo por la cual se conceden ayudas para reiniciar o continuar la actividad por cuenta propia y consolidar el proyecto de autoempleo, de las personas físicas autónomas afectadas directamente por la COVID-19 , se autoriza y dispone el gasto, se reconoce la obligación y se propone el pago

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Texto

Hechos

1.Por Orden del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de 10 de julio de 2020, se han aprobado las bases reguladoras y la convocatoria extraordinaria de ayudas para reiniciar o continuar la actividad por cuenta propia y consolidar el proyecto de autoempleo, de las personas físicas autónomas afectadas directamente por la COVID-19 (BOIB n.º 122, de 11 de julio).

2.Dentro del plazo establecido a la Orden mencionada en el párrafo 1, han tenido entrada a la Dirección General de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular de forma telemática la solicitud y la documentación prevista en la convocatoria por parte de los autónomos a que hace referencia el anexo.

3.La Dirección General de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular, órgano instructor del procedimiento, ha examinado las solicitudes y ha comprobado que las personas que constan en el anexo cumplen los requisitos establecidos a la convocatoria, así como también que se encuentran al corriente de pagos en la Seguridad Social, con la Agencia Tributaria Autonómica, con la Agencia Tributaria Estatal y con la entidad local del domicilio fiscal, de acuerdo con la declaración responsable de cada una de las personas solicitantes.

4.El artículo 7.7 de la Orden mencionada en el párrafo 1, indica que la notificación a los interesados se hará mediante la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

5.Hay crédito adecuado y suficiente para hacer efectiva esta subvención, en las partidas presupuestarías 12801.413G01.47000.00 FF 20021 y 12801.413G01.47000.00 FF 20121, de los presupuestos de la comunidad autónoma de las Islas Baleares para el año 2020.

Fundamentos de derecho

1. El Real Decreto 99/1996, de 26 de enero, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de cooperativas, calificación y registro de sociedades anónimas laborales y programas de apoyo a la ocupación (BOE n.º 52, de 29 de febrero) y el Decreto 32/1996, de 7 de marzo (BOIB n.º 35, de 19 de marzo), por medio del cual la CAIB las asumió.

2. El Real decreto legislativo 3/2015, de 23 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de Ocupación.

3. El Texto Refundido de la ley de subvenciones, aprobado por Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.

4. El Decreto Ley 8/2020, de 13 de mayo, de medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la actividad económica y la simplificación administrativa en el ámbito de las administraciones públicas de las Islas Baleares para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la COVID-19

5. Orden del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de día 10 de julio de 2020 por la cual se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria extraordinaria de ayudas para reiniciar o continuar la actividad por cuenta propia y consolidar el proyecto de autoempleo, de las personas físicas autónomas afectadas directamente por la COVID-19 (BOIB n.º 122, de 11 de julio).

6. La competencia para resolver la concesión de estas subvenciones corresponde al consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de acuerdo con el artículo 7.2 de la Orden mencionada por la cual se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria, en relación con el artículo 2.4 del Decreto 12/2019, de 3 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB n.º 106, de 2 de agosto).

7. De acuerdo con el artículo 11 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares (BOIB n.º 44, de 3 de abril) y los artículos 10.1.b y 11.1 de la Ley 19/2019, de 30 de diciembre, de presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Islas Baleares para el año 2020 (BOIB n.º 175, de día 31 de diciembre), el órgano competente para autorizar y disponer el gasto así como para reconocer las obligaciones económicas y proponer el pago es el titular de la sección presupuestaria respectiva.

Además los beneficiarios tienen que informar a la Dirección General de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular de cualquier alteración de las condiciones que se hayan tenido en cuenta para conceder la subvención.

 

Resolución

1.Conceder ayudas para mantener la actividad por cuenta propia y consolidar el proyecto de autoempleo, de los autónomos afectados directamente por la COVID-19 a las personas relacionadas al Anexo que se adjunta a esta resolución, por las cuantías individuales que este Anexo dispone.

2.Autorizar y disponer un gasto global de 107.000,00 € a favor de las personas relacionadas al Anexo que se adjunta a esta resolución por las cuantías individuales que este Anexo dispone con cargo a la partida 12801.413G01.47000.00 FF 20021 de los presupuestos de la comunidad autónoma de las Islas Baleares para el año 2020, según la distribución que se muestra en la tabla siguiente:

Partida

Importe (euros)

12801.413G01.47000.00 FF 20021

107.000,00

Total

107.000,00

3.Reconocer la obligación y proponer el pago global de 107.000,00 € a favor de las personas relacionadas en el Anexo que se adjunta a esta resolución , por las cuantías individuales que este Anexo dispone, con cargo a la partida 12801.413G01.47000.00 FF 20021 de los presupuestos de la comunidad autónoma de las Islas Baleares para el año 2020, según la distribución que se ha mostrado a la tabla anterior .

4.Comunicar a los beneficiarios que las ayudas que establece esta Resolución están sometidas en el régimen de Marc nacional Temporal relativo a las medidas de ayuda a autónomos consistentes en ayudas directas destinadas a apoyar la economía en el contexto del actual brote de COVID-19 de la Comisión Europea.

5.Comunicar a las personas beneficiarias que tendrán que cumplir las obligaciones establecidas en el artículo 9.1 de la Orden del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de 10 de julio de 2020, por la cual se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria extraordinaria de ayudas para reiniciar o continuar la actividad por cuenta propia y consolidar el proyecto de autoempleo, de las personas físicas autónomas afectadas directamente por la COVID-19.

6.Comunicar a los beneficiarios que tienen que informar a la Dirección General de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular de cualquier alteración de las condiciones que se hayan tenido en cuenta para conceder la subvención.

7.Así mismo, comunicar a los beneficiarios que los incumplimientos darán lugar al reintegro de las subvenciones percibidas en el términos previstos en el artículo 9.2 de la Orden del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de 10 de julio de 2020 mencionada en el párrafo anterior y de acuerdo con lo establecido en los artículos 44 y 45 del Texto refundido de la Ley de subvenciones de las Islas Baleares y el resto de normativa aplicable.

8.Notificar a las personas beneficiarias esta Resolución, mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta resolución –que agota la vía administrativa– se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con el que disponen el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración autonómica de las Islas Baleares y el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

 

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses desde el día siguiente de haber recibido la notificación o publicación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, 21 de diciembre de 2020

El director general de Promoció Econòmica, Emprenedoria i Economia Social i Circular

Manuel Porras Romero

(Por delegación del consejero de Modelo económico,

Turismo y Trabajo BOIB núm.97 de 2019 )

 

ANEXO

Con cargo a la partida  12801.413G01.47000.00 FF 20021, se autoriza y dispone el gasto de los siguientes expedientes:

Núm. expediente

Núm. de registro

NIF del beneficiario

Importe de la ayuda

[AUT 9161/2020]

L99E113614/2020

43103435D

2000,00

[AUT 8963/2020]

L99E113361/2020

34065380B

2000,00

[AUT 8514/2020]

L99E112419/2020

43087091H

2000,00

[AUT 8417/2020]

L99E111883/2020

24102401B

2000,00

[AUT 8378/2020]

L99E111947/2020

46957626K

2000,00

[AUT 8319/2020]

L99E112043/2020

78203790H

2500,00

[AUT 8306/2020]

L99E112084/2020

34626852F

2000,00

[AUT 8230/2020]

L99E111870/2020

18234502X

2000,00

[AUT 8142/2020]

L99E111543/2020

10580554W

2000,00

[AUT 8076/2020]

L99E111643/2020

42988152W

2000,00

[AUT 8056/2020]

L99E111666/2020

78204489G

2000,00

[AUT 7962/2020]

L99E111331/2020

01829097E

2000,00

[AUT 7866/2020]

L99E111481/2020

X1674357A

2000,00

[AUT 7857/2020]

L99E111494/2020

24110733V

3000,00

[AUT 7828/2020]

L99E111018/2020

78203659W

2500,00

[AUT 7815/2020]

L99E111033/2020

18226169A

2000,00

[AUT 7788/2020]

L99E111073/2020

43067125Q

2000,00

[AUT 7729/2020]

L99E111169/2020

78207257N

2000,00

[AUT 7653/2020]

L99E110965/2020

X6305036T

3000,00

[AUT 7651/2020]

L99E110967/2020

48400424Y

3000,00

[AUT 7539/2020]

L99E110836/2020

53497341P

2000,00

[AUT 7485/2020]

L99E110733/2020

X9016385V

3000,00

[AUT 7387/2020]

L99E110502/2020

X1521338A

2000,00

[AUT 7386/2020]

L99E110505/2020

Y4449130R

2000,00

[AUT 7375/2020]

L99E110530/2020

44178232Q

2000,00

[AUT 7372/2020]

L99E110537/2020

X1214990S

2000,00

[AUT 7369/2020]

L99E110371/2020

X3164928J

2000,00

[AUT 7200/2020]

L99E110297/2020

41571140C

2000,00

[AUT 7187/2020]

L99E110321/2020

41515778L

2000,00

[AUT 7146/2020]

L99E109902/2020

43007656W

2000,00

[AUT 7114/2020]

L99E109960/2020

43134653Q

2000,00

[AUT 7040/2020]

L99E110073/2020

42991559M

2000,00

[AUT 7034/2020]

L99E110082/2020

Y0160766X

2500,00

[AUT 7021/2020]

L99E110103/2020

43020212T

2500,00

[AUT 7020/2020]

L99E110104/2020

18232303L

2000,00

[AUT 7018/2020]

L99E110106/2020

43176601N

2000,00

[AUT 6983/2020]

L99E109785/2020

X4833698H

2000,00

[AUT 6919/2020]

L99E109868/2020

X1549030A

2000,00

[AUT 6798/2020]

L99E109633/2020

43016077M

2000,00

[AUT 6777/2020]

L99E109586/2020

52265587L

2000,00

[AUT 6747/2020]

L99E109558/2020

X9705344B

2000,00

[AUT 6741/2020]

L99E109551/2020

43011594F

2000,00

[AUT 6723/2020]

L99E109508/2020

41460805Q

2000,00

[AUT 6703/2020]

L99E109451/2020

44327328A

2000,00

[AUT 6667/2020]

L99E109370/2020

43097801X

2000,00

[AUT 6647/2020]

L99E109321/2020

43112432J

2000,00

[AUT 6370/2020]

L99E108876/2020

Y3326888K

2000,00

[AUT 6331/2020]

L99E108648/2020

74632047Z

2500,00

[AUT 6289/2020]

L99E108723/2020

18227612C

2000,00

[AUT 6212/2020]

L99E108607/2020

43209163Y

2500,00