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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 12878
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 21 de diciembre de 2020 por el que se ratifica el Acuerdo de la Junta Rectora del Consorcio Velódromo Illes Balears en relación a su extinción e integración en la Fundación para el Deporte Balear, mediante la cesión de activo y pasivos

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Texto

El 14 de noviembre de 2005 se acordó entre la Fundación para el Apoyo y la Promoción del Deporte Balear (ahora, Fundación para el Deporte Balear), el Consejo Insular de Mallorca y el Ayuntamiento de Palma la creación del «Consorcio para la construcción del velódromo de Palma», actualmente denominado «Consorcio Velódromo Illes Balears». Este acuerdo, junto con los Estatutos del Consorcio, se publicaron en el BOIB n.º 172, de 17 de noviembre de 2005.

Este Consorcio se constituyó con carácter de ente público, asociativo, voluntario y sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia, independiente de la de sus miembros, y que sujeta su actividad al ordenamiento jurídico general y autonómico. Sus Estatutos fueron modificados y se refundieron por acuerdo de su Junta Rectora en fecha 16 de octubre de 2014. Estos Estatutos se publicaron en el BOIB n.º 149, de 30 de octubre de 2014.

De acuerdo con el artículo 3 de los Estatutos del Consorcio sus finalidades son la promoción, la ejecución y la financiación de la construcción de un velódromo de nueva planta en las instalaciones del Polideportivo San Fernando; su equipación; y la gestión y la explotación en todos los ámbitos, aspectos y actividades, de todas las partes que componen e integran la instalación.

Los miembros constituyentes del Consorcio son, por lo tanto, la Fundación para el Deporte Balear, el Ayuntamiento de Palma y el Consejo de Mallorca, los cuales, según los estatutos, se reúnen como Junta Rectora en sesión ordinaria cuatro veces al año para fijar las directrices y los criterios generales de actuación del Consorcio. Entre otras funciones, la Junta Rectora tiene la de aprobar el Plan de actuación y el presupuesto anual del Consorcio o también, de acuerdo con el artículo 13 de sus Estatutos, acordar la disolución y la liquidación del Consorcio, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 17.2. Este artículo, en relación con el apartado c) del apartado anterior, dispone que los acuerdos relativos a la disolución y liquidación del Consorcio, requieren la unanimidad de los miembros del Consorcio con derecho a voto en la Junta Rectora y la ratificación de las entidades que sean miembros del Consorcio, con derecho a voto en la Junta Rectora, de conformidad con sus propias normas.

En la sesión de 7 de marzo de 2018, la Junta Rectora del Consorcio acordó la disolución del Consorcio. Este Acuerdo fue ratificado por el Acuerdo de la Junta Rectora de 26 de octubre de 2020, según consta en el certificado de la secretaria, con el visto bueno de la presidenta, que, además indica que el Consorcio se integrará en la Fundación para el Deporte Balear, con efectos de 1 de enero de 2021, por medio de la cesión global de activos y pasivos, sin liquidación, a que se refiere el artículo 127.5 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público. También indica que la Fundación para el Deporte Balear se subroga de manera universal en todos los derechos y activos y en todas las obligaciones y pasivos del Consorcio.

De acuerdo con el artículo 35 de sus Estatutos, el Consorcio se disuelve bien por acuerdo de la Junta Rectora, adoptado con las formalidades y en los términos que establece el artículo 17 de estos Estatutos, antes mencionado; bien, por imposibilidad legal o material de llevar a cabo las finalidades, declarada por el correspondiente acuerdo de la Junta Rectora. Y, en el apartado segundo, se indica que en caso de disolución del Consorcio, los bienes inmuebles que hayan aportado las entidades consorciadas revertirán en la administración que los aportó.

En cuanto a la Fundación para el Deporte Balear, la Fundación para el Apoyo y la Promoción del Deporte Balear (Illesport), se constituyó el 22 de abril de 2002, por iniciativa del Gobierno Balear. Posteriormente, el Consejo de de Gobierno en fecha 30 de noviembre de 2012 ratificó el acuerdo de extinción del Consorcio Escuela Balear del Deporte (EBE) y su integración dentro de la Fundación Illesport. Este Acuerdo se publicó en el BOIB n.º 179, de 1 de diciembre de 2012. Poco tiempo antes, el 22 de noviembre de 2012, se publicó en el BOIB n.º 173, la Resolución por la que se ordena la publicación de la modificación de los Estatutos de la Fundación para el Apoyo y la Promoción del Deporte Balear, Illesport, que incluye el cambio de domicilio y de denominación, y pasó a ser Fundación para el Deporte Balear.

El artículo 59 de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de las Illes Balears, establece que la creación, la modificación y la extinción de los consorcios requieren el acuerdo previo del Consejo de Gobierno. El acuerdo se tiene que adoptar a propuesta de la consejería afectada, con el informe preceptivo de la consejería competente en materia de hacienda y presupuestos y también, en el caso de extinción del ente, de la consejería competente en materia de función pública, y tiene que autorizarlo la persona titular de la consejería sectorial a la que se adscriba el ente para que suscriba el convenio de colaboración  correspondiente.

Así pues, consta dentro del expediente, el informe de la Dirección General de Presupuestos, de 16 de octubre de 2020, que es favorable a la extinción del Consorcio Velódromo Illles Baleares por integración en la Fundación para el Deporte Balear, con unas condiciones; y el informe favorable del Departamento Jurídico y Administrativo de la Secretaría General de Hacienda y Presupuestos, de 3 de noviembre de 2020, siempre que se respeten las condiciones del informe anterior, y se cuente con el informe de la Dirección General de Función Pública. Este informe también consta dentro del expediente y, entre otras cuestiones, indica la necesidad de modificar los estatutos de la Fundación para el Deporte Balear para asumir las finalidades del Consorcio Velódromo Illes Balears, tramitación que se pondrá en marcha una vez concluida la extinción del Consorcio.

Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes, en la sesión de día 21 de diciembre de 2020, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero. Ratificar el Acuerdo de la Junta Rectora del Consorcio Velódromo de día 26 de octubre de 2020, que ratifica el Acuerdo de 7 de marzo de 2018, en relación a la disolución del Consorcio Velódromo Illes Balears, el cual se integrará en la Fundación para el Deporte Balear, con efectos de 1 de enero de 2021, por medio de la cesión global de activos y pasivos, sin liquidación.

Segundo. Notificar este Acuerdo a las partes consorciadas.

Tercero. Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 21 de diciembre de 2020

La secretaria del Consejo de Gobierno Rosario Sánchez Grau (Por suplencia de acuerdo con el artículo 3.2 del Decreto 9/2019, ​​​​​​​de 2 de julio, de la presidenta de les Illes Balears)