Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 12633
Notificación de la resolución de concesión y pago de de las Ayudas para la conservación de variedades locales tradicionales de cereales en riesgo de erosión genética y árboles frutales de secano tradicionales año 2020. (Convocatoria de ayudas específicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero en la isla de Ibiza para el año 2020)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En fecha 11 de diciembre de 2020 el Presidente del Consell Insular d'Eivissa dictó el Decreto de Presidencia nº 2020001062 con el siguiente tenor literal:

DECRETO DE PRESIDENCIA

Visto el expediente 2020/5978H referente a las ayudas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero en la isla de Ibiza para el año 2020, linea g) ayudas para la conservación de variedades locales tradicionales de cereales en riesgo de erosión genética y árboles frutales de secano tradicionales año 2020.

Visto el informe de evaluación de las solicitudes de ayuda y pago de fecha 30-07-2020 elaborado por la Técnica adscrita la Departamento de Promoción Turística, Medio Rural y Marino de éste Consejo insular que deja constancia que

a) Los solicitantes de ayuda cumplen los requisitos y aportan la documentación que establece la convocatoria de subvención, a excepción de Vicente Costa Cardona, con DNI ***5067** (RGE 10407 de 30-06-2020), y Antonio Manuel Reyes Márquez, con DNI ***5794** (RGE 10942 de 06-07-2020), por no ser titulares de explotación agraria y por tanto, no cumplen el objeto de la ayuda de acuerdo al punto 1 de la linea g).

b) Que las solicitudes se han presentado dentro del plazo establecido en la convocatoria; excepto la realizada por el Sr. Antonio Manuel Reyes Márquez, con DNI ***5794** (RGE 10942 de 06-07-2020).

Vista la propuesta de resolución provisional de concesión de ayuda para la conservación de variedades locales tradicionales de cereales en riesgo de erosión genética y árboles frutales de secano tradicionales en el ámbito de la isla de Ibiza para el año 2020 del Jefe de sección de Agricultura de fecha 31-07-2020, que informa favorablemente sobre la concesión de una ayuda por un total de 23.873,40 € con cargo a la aplicación presupuestaria 4100-47900. Así mismo, se propone denegar las solicitudes de Vicente Costa Cardona, con DNI ***5067** (RGE 10407 de 30-06-2020), y Antonio Manuel Reyes Márquez, con DNI ***5794** (RGE 10942 de 06-07-2020), por no ser éstas personas titulares de explotación agraria y por tanto, no cumplir el objeto de la ayuda tal y como indica el punto 1 de la linea g) Ayudas para la conservación de variedades locales tradicionales de cereales en riesgo de erosión genética y árboles frutales de secano tradicionales de la Convocatoria de ayudas específicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero en la isla de Ibiza para el año 2020, publicada en el BOIB nº 80 en fecha 12-05-2020. Además, el Sr. Reyes Márquez presentó su sol·licitud fuera del plazo de presentación establecido hasta el 30-06-2020.

Vista la publicación en el tablón de anuncios y edictos de la Sede electrónica del Consell Insular d'Eivissa desde el dia 03-08-2020 hasta el 19-08-2020, de la notificación de la propuesta de resolución provisional de ayudas para la conservación de variedades locales tradicionales de cereales en riesgo de erosión genética y árboles frutales tradicionales en el ámbito de la isla de Ibiza para el año 2020, en cumplimiento del artículo 24.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; otorgando un plazo de 10 días desde el día siguiente de la publicación para que las personas interesadas formulasen las alegaciones que considerasen oportunas al respecto.

Visto que, consultado el Registro de Entrada de éste Departamento, para el período de 10 días desde el día siguiente a la publicación mencionada anteriormente, ninguna de las personas interesadas formuló alegaciones al respecto de la resolución provisional de concesión de ayudas para la conservación de variedades locales tradicionales de cereales en riesgo de erosión genética y árboles frutales tradicionales en el ámbito de la isla de Ibiza para el año 2020.

Visto el informe favorable de la Técnica agrícola adscrita al Departamento competente en materia de agricultura, de fecha 19 de noviembre de 2020 que informa favorablemente con los mismos términos que la propuesta de resolución provisional de fecha 31 de julio de 2020 respecto a la concesión de la ayuda para la conservación de cereales en riesgo de erosión genética y árboles frutales de secano tradicionales en el ámbito de la isla de Ibiza. Por otro lado, informa desfavorablemente sobre la solicitud de pago de la cuantía de 432 € a la Sra. Josefa Prats Cruz, con DNI ***6053** (RGE 10362 de 30-06-2020), por no justificar la realización de la actuación de conformidad con lo que dispone el punto 9 de las disposiciones generales de la convocatoria de ayuda; y por no presentar informe emitido por personal técnico del departamento competente en materia de agricultura, o de una entidad con experiencia reconocida en el territorio en el ámbito de las variedades tradicionales, en el cual se acredite que la superficie objeto de ayuda está sembrada de cereal tradicional de Ibiza. Así informa favorablemente sobre el pago de las ayudas para la CONSERVACIÓN DE VARIEDADES LOCALES TRADICIONALES DE CEREALES EN RIESGO DE EROSIÓN GENÉTICA Y ÁRBOLES FRUTALES DE SECANO TRADICIONALES, linea g) de la Convocatoria de ayudas específicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero en la isla de Ibiza para el año 2020, que supone una subvención total de 23.441,40 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 4100-47900.

Visto el certificado de exitencia de crédito de fecha 26 de febrero de 2020, por el que la Intervención de ésta Corporación da por contabilizada la retención de crédito para este expediente de ayudas económicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero en la isla de Ibiza para el año 2020 (Nº exp. contable ATM 2/202000000564).

Visto el informe de fecha 19 de noviembre de 2020 sobre el estado del seguimiento de la subvención a los titulares de explotaciones agrarias solicitantes de ayuda, en cumplimiento al artículo 88.3. del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para hacer efectivo el pago por un importe de 23.441,40 €.

Vista la Propuesta de resolución de concesión y pago de las ayudas para la conservación de variedades locales tradicionales de cereales en riesgo de erosión genética y árboles frutales de secano tradicionales emitida por el Jefe de sección de Agricultura el 27 de noviembre de 2020.

Visto el informe favorable de fiscalización previa plena emitida por la Interveción de ésta Corporación en fecha 4 de diciembre de 2020.

Dado el artículo 189 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales (BOE nº 59, de 9-03-2004 y modificación BOE nº 63, de 13-03-2004).

Dadas las Bases reguladoras de las ayudas para el desarrollo de los ámbitos agrícola, ganadero, pesquero y cinegético en la isla de ibiza, publicadas en el BOIB nº 51 de 15/04/2008 y su modificación en el BOIB nº 100 ext. de 30/06/2011.

Visto el Acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consell Insular d'Eivissa, del día 13 de marzo de 2020 de aprobación de la Convocatoria de ayudas específicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero en la isla de Ibiza para el año 2020 y correspondiente extracto que se publicó en el BOIB nº 80 en fecha 12-05-2020.

Dado el Acuerdo de Pleno ordinario del Consell Insular d'Eivissa, sesión de fecha 29 de noviembre de 2018, sobre el cumplimiento de los requisitos básicos de la fiscalización previa limitada.

Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Dada la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Dado el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

En virtud de las competencias que tengo conferidas por la normativa vigente de aplicación y por delegación del Consejo Ejecutivo, de acuerdo con lo que establece el punto 3.b) de las disposiciones generales de la convocatoria de ayudas específicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero en la isla de Ibiza para el año 2020,

DECRETO

Primero.- Denegar la concesión de ayuda económica a las personas que se relacionan a continuación por los motivos que se detallan:

RGE

FECHA

Nombre y apellidos

CIF/DNI

Motivación por la que no se concede la ayuda solicitada

10407

30-06-20

Vicente Costa Cardona

***5067**

No cumple el objeto de la ayuda de acuerdo al punto 1 de la linea g) de la convocatoria de ayudas.

10942

06-07-20

Antonio Manuel Reyes Márquez

***5794**

No cumple el objeto de la ayuda de acuerdo al punto 1 de la linea g) de la convocatoria de ayudas y por estar fuera de plazo.

Segundo.- Aprobar el gasto de 23.873,40 €, (VEINTITRES MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES EUROS Y CUARENTA CÉNTIMOS), a cargo de la aplicación presupuestaria 4100-47900 del vigente presupuesto, y dar así cumplimiento al objeto de la linea de ayuda g) la CONSERVACIÓN DE VARIEDADES LOCALES TRADICIONALES DE CEREALES EN RIESGO DE EROSIÓN GENÉTICA Y ÁRBOLES FRUTALES DE SECANO TRADICIONALES de la Convocatoria de ayudas específicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero en la isla de Ibiza para el año 2020.

Tercero.- Autorizar y disponer la concesión de una ayuda económica a las personas solicitantes de ayuda para la CONSERVACIÓN DE VARIEDADES LOCALES TRADICIONES DE CEREALES EN RIESGO DE EROSIÓN GENÉTICA Y ÁRBOLES FRUTALES DE SECANO TRADICIONALES, que supone un subvención total de 23.873,40 €, a cargo de la aplicación presupuestaria 4100-47900 del vigente presupuesto, distribuídos por solicitante según la siguiente relación y que cumplen todos los requisitos y presentan toda la documentación que exige la convocatoria de ayudas específicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero en la isla de Ibiza para el año 2020:

RGE

DATA

Nom i llinatges

CIF/DNI

Quantia (€)

8788

17-06-20

JUAN PALAU MARI

***2825**

448,00

9551

23-06-20

PEDRO JOSE PLANELLS GUASCH

***5999**

1.346,00

9686

24-06-20

VICENT MARÍ SERRA

***5238**

1.251,00

9700

24-06-20

FRANCISCO PLANELLS CARDONA

***4378**

3.000,00

9707

24-06-20

ANTONIO FERRER SERRA

***3576**

400,00

9721

24-06-20

FRANCISCO BUFÍ TORRES

***5868**

1.847,00

9722

24-06-20

VÍCTOR SERRA MARTÍNEZ

***5032**

806,00

9872

25-06-20

MARIA RAMÓN TORRES

***6080**

3.000,00

9922

26-06-20

JUAN RIERA TORRES

***4095**

3.000,00

9956

26-06-20

JOSE MARIA PRATS RIBAS

***5769**

1.121,00

10155

29-06-20

JOSEP ANTONI SALA ROSELLÓ

***5319**

720,00

10174

29-06-20

CRISTOBAL G. ARELLANO VILANOVA

***5265**

1.367,00

10224

29-06-20

JOSEP RIBAS FERRER

***5344**

428,00

10246

29-06-20

JOSEFA RIBAS TORRES

***5133**

1.237,00

10296

29-06-20

ISIDRO RAMIS PRATS

***5772**

1.199.00

10362

30-06-20

JOSEFA PRATS CRUZ

***6053**

432,00

10384

30-06-20

MARINA CARDONA BAOS

***5638**

256,00

10418

30-06-20

JUAN RIBAS RIBAS

***5774**

1.066,00

10441

30-06-20

PEDRO MARÍ MARÍ

***4092**

949,40

Cuarto.- Denegar la solicitud de pago de ayuda aconómica a las personas que se relacionan a continuación por no haber justificado la realización de la actuación de conformidad con lo que dispone el punto 9 de las disposiciones generales de la convocatoria de ayuda y no presentar informe emitido por personal técnico del departamento competente en materia de Agricultura, o de una entidad con experiencia reconocida en el territorio en el ámbito de la variedad tradicional, en el cual se acredite que la superfície objeto de la ayuda está sembreada de cereal tradicional de Ibiza, de acuerdo con el punto 9.a) de la linea de ayudas g):

RGE

FECHA

Nombre y apellidos

CIF/DNI

Cuantía (€)

10362

30-06-20

Josefa Prats Cruz

***6053**

432,00

Quinto.- Reconocer la obligación de pago de las ayudas económicas para la CONSERVACIÓN DE VARIEDADES LOCALES TRADICIONALES DE CEREALES EN RIESGO DE EROSIÓN GENÉTICA Y ÁRBOLES FRUTALES DE SECANO TRADICIONALES, que supone una subvención total de 23.441,40 €, con cargo de la aplicación presupuestaria 4100-47900 del vigente presupuesto, distribuídos por solicitantes según la siguiente relación y que cumplen todos los requisitos y presentan toda la documentación que exige la convocatoria de ayudas específicas para el desarrollo del ámbito tural y ganadero en la isla de Ibiza para el año 2020:

RGE

DATA

Nom i llinatges

CIF/DNI

 

8788

17-06-20

JUAN PALAU MARI

***2825**

448,00

9551

23-06-20

PEDRO JOSE PLANELLS GUASCH

***5999**

1.346,00

9686

24-06-20

VICENT MARÍ SERRA

***5238**

1.251,00

9700

24-06-20

FRANCISCO PLANELLS CARDONA

***4378**

3.000,00

9707

24-06-20

ANTONIO FERRER SERRA

***3576**

400,00

9721

24-06-20

FRANCISCO BUFÍ TORRES

***5868**

1.847,00

9722

24-06-20

VÍCTOR SERRA MARTÍNEZ

***5032**

806,00

9872

25-06-20

MARIA RAMÓN TORRES

***6080**

3.000,00

9922

26-06-20

JUAN RIERA TORRES

***4095**

3.000,00

9956

26-06-20

JOSE MARIA PRATS RIBAS

***5769**

1.121,00

10155

29-06-20

JOSEP ANTONI SALA ROSELLÓ

***5319**

720,00

10174

29-06-20

CRISTOBAL G. ARELLANO VILANOVA

***5265**

1.367,00

10224

29-06-20

JOSEP RIBAS FERRER

***5344**

428,00

10246

29-06-20

JOSEFA RIBAS TORRES

***5133**

1.237,00

10296

29-06-20

ISIDRO RAMIS PRATS

***5772**

1.199.00

10384

30-06-20

MARINA CARDONA BAOS

***5638**

256,00

10418

30-06-20

JUAN RIBAS RIBAS

***5774**

1.066,00

10441

30-06-20

PEDRO MARÍ MARÍ

***4092**

949,40

Sexto.- Aplicar el remanente no utilizado de ésta linea de ayuda, 6.558,60 € a cargo de la aplicación presupuestaria 4100-47900 a las lineas de ayuda de la convocatoria de ayudas específicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero de la isla de Ibiza para el año 2020 (BOIB nº 80, de 12-05-2020) que se hayan agotado.

Séptimo.- Publicar en el tablón de anuncios y edictos de la Sede electrónica del Consell Insular d'Eivissa esta Resolución, en virtud de lo que se establece en el punto 3 de las Disposiciones generales de la convocatoria referida.

Octavo.- Dar cuenta en el próximo Consejo Ejecutivo que se celebre.»

Éste acto ha sido dictado por delegación y se debe entender dictado por el órgano delegante (Consejo Ejecutivo), de acuerdo con el artículo 9.4 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y no pone fin a la vía administrativa. Contra éste acuerdo se puede interponer recurso de alzada previsto en el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Adminsitrativo Común de las Administraciones Públicas, ante la Comisión de Gobierno del Consell Insular d'Eivissa dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la notificación del presente acuerdo, todo ello en virtud de lo que dispone el artículo 10.2a y 22.2 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de Consejos Insulares y el artículo 147.1 del Reglamento Orgánico del Consell Insular d'Eivissa, publicado en el BOIB nº 136, de 18-09- 2010, corrección en BOIB nº 148, de 14-10-2010, modificación en BOIB nº 48, de 16-04- 2016.

Todo ello, sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere pertinente.

 

Ibiza, 15 de diciembre de 2020

La secretaria general accidental

Maria Torres Bonet