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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD E INVESTIGACIÓN

Núm. 12605
Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 14 de diciembre de 2020 por la que se autoriza la transformación de la Escuela de Educación Infantil Sa Torre en el Colegio Público de Educación Infantil y Primaria Sa Torre como consecuencia de la modificación de la configuración, con la supresión de 3 unidades de educación infantil y la ampliación con 6 unidades de educación primaria

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Texto

Hechos

1. El Ministerio de Educación y Ciencia, creó, mediante la Orden de 1 de julio de 1977 sobre creación, modificación y funcionamiento de centros estatales de educación general básica de Baleares (BOE núm. 200, de 22 de agosto), el Centro de Preescolar Sa Torre, con 4 unidades de educación infantil. La Resolución del consejero de Educación y Cultura, de 5 de febrero de 2003, por la que se publica la plantilla actualizada del cuerpo de maestros de los centros públicos de educación infantil y de primaria, de educación especial, de educación de personas adultas, de primer ciclo de educación secundaria obligatoria y de los equipos de atención temprana y la composición de unidades de los centros públicos de educación infantil y de primaria y de los centros públicos de educación especial (BOIB núm. 20, de 13 de febrero) autorizó la nueva configuración, con 6 unidades de educación infantil.

2. La Consejería de Educación, Universidad e Investigación, en fecha 5 de abril de 2018,  manifestó la necesidad de ampliar la oferta educativa en el municipio de Manacor y solicitó al Ayuntamiento de Manacor y al Instituto Balear de Infraestructuras y Servicios Educativos (IBISEC) un proyecto de reforma integral en el edificio existente de la Escuela de Educación Infantil de segundo ciclo (EI) Sa Torre.

3. El proyecto redactado por el IBISEC se planteó como una actuación de obras de reforma y consolidación, modernización y mejora de las condiciones del edificio, que permitiría adaptarlo a las necesidades actuales de un centro de una línea.

4. La licitación de este proyecto se publicó en la Plataforma de Contratación del Sector Público y fue adjudicado con un plazo de ejecución de doce meses. Las obras empezaron el 28 de julio de 2020, por lo que se prevé que estén acabadas para el día 28 de julio de 2021. El proyecto tiene una segunda fase de realización, con la intervención de la «Torre de ses Puntes», donde se ubicarían la sala polivalente de educación primaria y la sala de psicomotricidad de educación infantil.

5. Respecto al cumplimiento del Real Decreto 132/2010, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas de segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria, cuando se complete esta segunda fase el centro cumpliría con los requisitos mínimos de espacios para un centro de una línea, es decir, 3 unidades de educación infantil de segundo ciclo y 6 unidades de educación primaria.

6. Durante los últimos cinco cursos escolares y para adaptar la configuración del centro (EI Sa Torre) a la del nuevo Colegio Público de Educación Infantil y Primaria CEIP Sa Torre, con 3 unidades de educación infantil de segundo ciclo y 6 unidades de primaria, el centro ha ido suprimiendo unidades de educación infantil de segundo ciclo e incorporando las nuevas unidades de primaria, de la manera siguiente:

  • 2016-2017: 5 unidades de educación infantil de segundo ciclo.
  • 2017-2018: 4 unidades de educación infantil de segundo ciclo.
  • 2018-2019: 3 unidades de educación infantil y 2 unidades de educación primaria.
  • 2019-2020: 3 unidades de educación infantil y 3 unidades de educación primaria.
  • 2020-2021: 3 unidades de educación infantil y 4 unidades de educación primaria.

7. En fecha 10 de diciembre de 2020, la jefa del Departamento de Planificación y Centros informó favorablemente sobre la transformación de la EI Sa Torre en el CEIP Sa Torre como consecuencia de la modificación de la configuración, con la supresión de 3 unidades de educación infantil y la ampliación con 6 unidades de educación primaria, con efectos del curso escolar 2018-2019.

Fundamentos de derecho

1. La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE núm. 159, de 4 de julio).

2. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE núm. 106, de 4 de mayo).

3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 44, de 3 de abril).

4. El Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros docentes privados, para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias (BOE núm. 86, de 9 de abril), modificado por el Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE núm. 62, de 12 de marzo).

5. El Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria (BOE núm. 62, de 12 de marzo).

6. El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE núm. 52, de 16 de marzo), el cual establece, en el artículo 36.2, que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

7. El Decreto 21/2019, de 2 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 106, de 2 de agosto).

Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros con fecha 11 de diciembre de 2020, dicto la siguiente

Resolución

1. Autorizar, con efectos desde el inicio del curso escolar 2018-2019, la transformación de la EI Sa Torre en el CEIP Sa Torre como consecuencia de la modificación de la configuración, con la supresión de 3 unidades de educación infantil de segundo ciclo y la ampliación con 6 unidades de educación primaria.

2. Determinar que, como consecuencia de esta autorización, el centro queda configurado de la manera siguiente:

Código de centro: 07002245

Denominación genérica: colegio público de educación infantil y primaria

Denominación específica: Sa Torre

Titular: Consejería de Educación, Universidad e Investigación

Domicilio: c. del Rosselló, núm. 3

Localidad: Manacor

Municipio: Manacor

CP: 07500

Enseñanzas autorizadas:

Educación infantil de segundo ciclo: 3 unidades y 75 plazas escolares.

Educación primaria: 6 unidades y 150 plazas escolares.

3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación, Universidad e Investigación en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de su publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de haberse publicado en el BOIB, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.

 

Palma, 14 de diciembre de 2020

El consejero de Educación, Universidad e Investigación

Martí X. March i Cerdà