Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA
Núm. 12262
Aprobación inicial del Estudio de Detalle del tramo de costa T-AN8 (Es Barcarés) redactada en septiembre de 2019 por el arquitecto Jaume Luis Salas. Promotor: Sra. Magdalena Llabrés Rosselló (propietaria del edificio situado en el número 2 de la plaza de los Maestros de Aixa)
El Concejal Delegado de Urbanismo el 19 de noviembre de 2020 mediante resolución nº 19. 2020/2198 ha dictado resolución por la que se aprueba el Estudio de Detalle del tramo de costa T-AN8 (Es Barcarés), promovido por la Sra. Magdalena Llabrés Rosselló (propietaria del edificio situado en el número 2 de la plaça dels Mestres d'Aixa), redactado en septiembre de 2019 por el arquitecto Jaume Salas.
Se somete el expediente al trámite de información pública durante el período de TREINTA (30) DÍAS contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en uno de los periódicos de mayor difusión en la Isla de Mallorca y, en la sede electrónica de este Ayuntamiento donde se incluirá la documentación completa, de acuerdo con el artículo 55 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de Urbanismo de las Islas Baleares y, artículo 154 del Reglamento para el Desarrollo de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de Ordenación y Uso del Suelo, en el ámbito de la isla de Mallorca. Durante este período, podrán presentarse las alegaciones que se consideren oportunas, pudiéndose examinar el expediente en días laborables (de lunes a viernes, de 9,00 h. a 14,00 h.) en las oficinas municipales del departamento de Urbanismo ubicado en nº 1 de la plaçeta dels pins, así como en la sede electrónica municipal. El localizador de la sede electrónica para acceder a la documentación indicada es el siguiente:
https://sac.alcudia.net/absatlas/Normativa/PUBLICACION_WEB/HISTORICO/AN6/EST_DE_T_AN8_BARCARES/FICHA_MODIFICACION.pdf
Asimismo se hace público que, de conformidad con el artículo 51 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de Urbanismo de las Islas Baleares, en concordancia con los apartados 2 y 3 del artículo 138 y, con el 139 del Reglamento de Mallorca, de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de Ordenación y Uso del Suelo, esta aprobación inicial determina por sí misma y dentro del ámbito del Estudio de detalle, la suspensión durante el plazo de dos años o hasta la aprobación definitiva de la tramitación y aprobación del instrumento de planeamiento, de planes de desarrollo y de los instrumentos de gestión, así como la concesión de todo tipo de permisos y licencias urbanísticas para áreas o usos determinados, y la posibilidad de presentar comunicaciones previas en el ámbito correspondiente al estudio de detalle. Todo ello, sin perjuicio de que puedan otorgarse las licencias fundamentadas o presentar las comunicaciones previas que se basen en el régimen urbanístico vigente, y sean compatibles con las determinaciones del nuevo planeamiento inicialmente aprobado, en los términos establecidos en el apartado 2 del artículo 141 de este Reglamento.
Alcudia, 2 de diciembre de 2020
El concejal delegado de Urbanismo, Joaquín Cantalapiedra Aloy