Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO DE GOBIERNO
Núm. 12533
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 14 de diciembre de 2020 por el que se modifica de la relación de puestos de trabajo correspondiente al personal eventual de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears
El artículo 5.2.g) de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las llles Balears, establece que corresponde al Consejo de Gobierno determinar el número, las características y las retribuciones de los puestos de trabajo del personal eventual. Así mismo, el artículo 20.2 de este texto legal dispone que el número de puestos de trabajo del personal eventual, sus características y las retribuciones que les corresponden son públicos y los determina el Consejo de Gobierno.
Por otra parte, el artículo 6.2.f) del texto legal mencionado atribuye al consejero competente en materia de función pública la competencia de proponer al Consejo de Gobierno la aprobación de la relación de puestos de trabajo del personal al servicio de la Administración autonómica.
En la relación de puestos de trabajo correspondiente al personal eventual al servicio de la Comunidad Autónoma de las llles Balears, aprobada por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 3 de julio de 2015 (BOIB núm. 98, de 3 de julio) y modificada por el Acuerdo de 17 de julio de 2015 (BOIB núm. 108, de 17 de julio), por el Acuerdo de 13 de setiembre de 2019 (BOIB núm. 126, de 14 de setiembre) , por el Acuerdo de 18 de octubre de 2019 (BOIB núm.142, de 19 de octubre), por el Acuerdo de 7 de febrero de 2020 (BOIB núm. 17, de 8 de febrero), por el Acuerdo de 27 de marzo de 2020 (BOIB núm. 45, de 28 de marzo de 2020), por el Acuerdo de 5 de octubre de 2020 (BOIB núm. 172, de 6 de octubre de 2020), por el Acuerdo de 19 de octubre de 2020 (BOIB núm. 180, de 20 de octubre de 2020) y por el Acuerdo de 16 de noviembre de 2020 (BOIB núm. 196, de 17 de noviembre de 2020), figuran los puestos de trabajo correspondientes al personal eventual adscritos orgánicamente a la Consejería de Transición Energética y Sectores Productivos.
Desde la Consejería de Transición Energética y Sectores Productivos se ha presentado una propuesta de modificación de la relación de puestos de trabajo de personal eventual, para dar cumplimiento al punto tercero del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 7 de febrero de 2020 por el que se creaba un puesto de trabajo de asesor/a técnico/a con la finalidad de poder cubrir el periodo de licencia por maternidad de la ocupante del puesto de trabajo 100199. Una vez reincorporada la titular del puesto de trabajo, se propone al Consejo de Gobierno la amortización de este puesto.
Por todo ello, el Consejo de Gobierno a propuesta de la consejera de Administraciones Públicas y Modernización, en la sesión del día 14 de diciembre de 2020, adopta, entre otros, el Acuerdo siguiente:
Primero. Aprobar la modificación de la relación de puestos de trabajo de personal eventual, en el sentido de eliminar el puesto adscrito a la Consejería de Transición Energética y Sectores Productivos, tal como figura en el anexo que se adjunta a este Acuerdo.
Segundo. Facultar a las consejeras de Hacienda y Relaciones Exteriores y de Administraciones Públicas y Modernización para que adopten las medidas necesarias para la ejecución de este Acuerdo.
Tercero. Ordenar la publicación de este Acuerdo y del anexo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Cuarto. Contra este Acuerdo, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
También se puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 10.1, 8.2 i 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio que la persona interesada pueda interponer cualquier otro que considere procedente.
Palma, 14 de diciembre de 2020
La secretaria del Consejo de Gobierno
Pilar Costa i Serra
ANEXO
Modificación de la relación de puestos de trabajo de personal eventual al servicio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Puesto de trabajo de personal eventual que se suprime:
ADSCRIPCIÓN ORGÁNICA: Consejería de Transición Energética y Sectores Productivos
DENOMINACIÓN DEL PUESTO |
RETRIBUCIONES ANUALES |
Asesora Técnica/ Asesor Técnico |
48.753,84 euros |