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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 12483
Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se modifica la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 23 de noviembre de 2020, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas de minimis para el fomento de la recría del ganado bovino lechero, inscrito en los libros genealógicos, a las explotaciones de las Illes Balears para el año 2020

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Texto

En fecha 26 de noviembre del 2020 se publicó en el BOIB núm. 200 la Resolución de la presidenta del FOGAIBA por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas de minimis para el fomento de la recría del ganado bovino lechero, inscrito en los libros genealógicos, a las explotaciones de las Illes Balears para el año 2020.

En el punto 1 del apartado quinto se prevé que la cuantía de ayudas es de 150,00 € por hembra, con un límite máximo de 3.000,00 € por beneficiario.

Una vez publicada la Resolución, se considera adecuado mantener el importe con el límite máximo de las convocatorias anteriores. Por este motivo, y dado que las actuaciones corresponden a dos años, se amplía el límite máximo a 6.000,00 € por persona beneficiaria.

Por todo ello, en virtud de lo establecido en el artículo 6.1.g del Decreto 64/2005, de 10 de junio, de creación del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears, y a propuesta del director gerente del FOGAIBA, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Primero

Resolución de la presidenta del FOGAIBA por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas de minimis para el fomento de la recría del ganado bovino lechero, inscrito en los libros genealógicos, a las explotaciones de las Illes Balears para el año 2020, en el siguiente sentido:

1. El punto 1 del apartado quinto queda redactado de la siguiente manera:

“1. La cuantía de la ayuda será de 150,00 € por hembra, con un límite máximo de 6.000,00 € por beneficiario”.

Segundo

Esta resolución se debe comunicar a la Base de Datos Nacional de Subvenciones y publicar en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.

  

Palma, 11 de diciembre de 2020

La presidenta del FOGAIBA

María Asunción Jacoba Pía de la Concha García-Mauriño