Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA
Núm. 12475
Convocatoria de concesión de ayudas de un máximo de 150,00 € cada una para la compra de libros de texto o libros de lectura obligatoria de ESO o dispositivos digitales individuales para alumnado de primaria y secundaria empadronado en el municipio de Sant Josep de sa Talaia
Por Decreto de Alcaldía nº 2020-4128, de 11 de diciembre de 2020, se aprobó la siguiente
“Convocatoria de concesión de ayudas de un máximo de 150,00 € cada una para la compra de libros de texto o libros de lectura obligatoria de ESO o dispositivos digitales individuales para alumnado de primaria y secundaria empadronado en el municipio de Sant Josep de sa Talaia
1. OBJETO
1.1. El objetivo de esta convocatoria es dar apoyo económico al siguiente alumnado:
• Alumnado empadronado en el municipio de Sant Josep de sa Talaia, que dentro del curso 2020-2021 estudie 1.º, 2.º, 3.º o 4.º de ESO, en un centro que participe en el Programa para la financiación de libros de texto y material didáctico para el curso 2020-2021 en centros docentes sostenidos con fondos públicos que imparten estudios de educación primaria y de educación secundaria obligatoria dependientes de la Consejería de Educación, Universidad e Investigación. Este apoyo será del importe gastado en la compra de libros de texto o libros de lectura obligatoria hasta un máximo de 150,00 euros para cada solicitante.
• Alumnado empadronado en el municipio de Sant Josep de sa Talaia que curse primaria o ESO, dentro del curso 2020-2021, para la adquisición de dispositivos digitales individuales para el uso de las tecnologías del aprendizaje y el conocimiento (ordenadores, tablets, chromebooks, etc.).
1.2. El Programa de reutilización de libros de texto, que este curso 2020-21 ha sido sustituido por el Programa para la financiación de libros de texto y material didáctico, está plenamente integrado en los centros de primaria del municipio de Sant Josep de sa Talaia y al efecto anualmente el Ayuntamiento ha ido destinando una subvención a los centros para que puedan ampliar o renovar lotes de libros y otro material didáctico, según las necesidades que haya.
1.3. En los centros de educación secundaria obligatoria ha resultado más complicado instaurar este programa, por lo que las familias de los centros de secundaria que no lo tienen instaurado se han visto obligadas a sufragar el coste total de los libros de los niños, un coste muchas veces difícil de llevar por las precarias economías familiares.
1.4. Es por este motivo que la Concejalía de Educación del Ayuntamiento de Sant Josep convoca para el curso 2020-2021 ayudas económicas para adquisición de libros de texto o libros de lectura obligatoria, de un máximo de 150,00 € cada una, para alumnado empadronado en el municipio de Sant Josep de sa Talaia, que dentro del curso 2020-2021 estudie 1.º, 2.º, 3.º o 4.º de ESO y esté escolarizado en un centro que no participa en el Programa para la financiación de libros de texto y material didáctico para el curso 2020-2021.
1.5. Estas ayudas van dirigidas a la compra de libros de texto y libros de lectura de carácter obligatorio para alumnos que cursen estos estudios y cubrirá hasta un máximo de 150,00 € por alumno. No son objeto de estas ayudas la compra de otros materiales escolares complementarios.
1.6. No podrá beneficiarse de estas ayudas para compra de libros de texto o libros de lectura de carácter obligatorio el alumnado de secundaria que curse estudios en un centro que participe en el Programa para la financiación de libros de texto y material didáctico para el curso 2020-2021.
1.7. Por otra parte, no forman parte del Programa para la financiación de libros de texto y material didáctico para el curso 2020-2021 la adquisición de dispositivos digitales para el uso de las tecnologías del aprendizaje y el conocimiento, entre los que hay tablets, chromebooks, notebooks, etc.
1.8. En determinados centros educativos en los que se implantó en cursos pasados el Programa de utilización de las tecnologías del aprendizaje y el conocimiento en el desarrollo curricular (TAC) y que actualmente participan en el Programa para la financiación de libros de texto y material didáctico para el curso 2020-2021, son las familias las que adquieren directamente los dispositivos digitales individuales, que se podrán utilizar en sucesivos cursos académicos.
1.9. Dado que durante el presente curso académico 2020-21 seguirán siendo las familias las que deberán adquirir los dispositivos digitales individuales, la Concejalía de Educación del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia entiende que es necesario convocar una ayuda económica de un máximo de 150,00 € destinada a las familias con niños empadronados en el municipio de Sant Josep escolarizados en centros de primaria y secundaria, adheridos al Programa para la financiación de libros de texto y material didáctico para el curso 2020-2021, con la finalidad de colaborar en la financiación para la adquisición de los recursos digitales y de los equipamientos determinados por el centro.
2. RÉGIMEN APLICABLE
2.1. La presente convocatoria se somete a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, al Real decreto 887/2006, de 21 de julio, a la Ordenanza general de las bases reguladoras de las subvenciones que concede el Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia (BOIB núm. 66, de 30 de mayo de 2017) y al Plan estratégico de subvenciones del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia para los ejercicios 2020 a 2022 (BOIB núm. 112, de 20 de junio de 2020).
2.2. Estas ayudas están exentas de retención del impuesto sobre la renta de las personas físicas, en virtud del artículo 7.j de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del impuesto sobre la renta de las personas físicas y de modificación parcial de las leyes de los impuestos sobre sociedades, sobre la renta de no residentes y sobre el patrimonio (BOE núm. 285, de 29-11-2006). Asimismo, es de aplicación la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal (BOE núm. 298, de 14-12-1999, y suplemento en catalán núm. 17, de 30-12-1999).
2.3. Esta convocatoria se expondrá en el tablón de anuncios, en el de la página web y en el de la sede electrónica del Ayuntamiento de Sant Josep (www.santjosep.org), y será publicada en el BOIB y en la BDNS.
3. CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA Y CUANTÍA
La cuantía máxima de las ayudas que se podrá conceder en esta convocatoria es de 30.000,00 €, con cargo a la partida 326148033 con fondos de financiación municipal, condicionada a lo que disponga el correspondiente presupuesto de la corporación para el año 2021.
4. CONDICIONES GENERALES DE LOS SOLICITANTES
Podrá acogerse a esta convocatoria el siguiente alumnado:
• Alumnado empadronado en el municipio de Sant Josep de sa Talaia, que dentro del curso 2020-2021 estudie 1.º, 2.º, 3.º o 4.º de ESO, en un centro que no participe en el Programa para la financiación de libros de texto y material didáctico para el curso 2020-2021. Este apoyo será del importe gastado en la compra de libros de texto y libros de lectura obligatoria hasta un máximo de 150,00 euros para cada solicitante.
• Alumnado empadronado en el municipio de Sant Josep de sa Talaia que curse primaria o ESO, dentro del curso 2020-2021, en un centro que participe en el Programa para la financiación de libros de texto y material didáctico para el curso 2020-2021.
El alumnado que desee acogerse a esta convocatoria deberá cumplir los siguientes requisitos:
Requisitos generales
a. Estar empadronado en el municipio de Sant Josep de sa Talaia en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes a la convocatoria.
b. Encontrarse el beneficiario al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el propio Ayuntamiento de Sant Josep.
c. No encontrarse el beneficiario incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad y cumplir los requisitos que fija el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
d. Acreditar el cumplimiento de obligaciones en materia de reintegro de subvenciones que establece el art. 25 del RLGS.
Requisitos específicos de los solicitantes de ayudas para la compra de libros de texto y lectura obligatoria de ESO:
e. La unidad familiar de la que forman parte deberá haber tenido durante el año 2019, como máximo, los siguientes ingresos:
Número de hijos |
Ingresos iguales o inferiores a: |
Uno o dos hijos |
58.800,00 € |
Tres o cuatro hijos |
88.200,00 € |
Cinco o seis hijos |
117.600,00 € |
Siete u ocho hijos |
147.000,00 € |
Nueve o más hijos |
161.700,00 € |
f. Cursar, dentro del curso 2020-2021, 1.º, 2.º, 3.º o 4.º de ESO en un centro que no participe en el Programa para la financiación de libros de texto y material didáctico para el curso 2020-2021.
Requisitos específicos de los solicitantes de ayudas para la compra de dispositivos digitales individuales
g. Cursar ESO o primaria, dentro del curso 2020-2021, en un centro que participe en el Programa para la financiación de libros de texto y material didáctico para el curso 2020-2021.
5. RÉGIMEN DE LAS AYUDAS
5.1. La concesión de la subvención se llevará a cabo mediante el régimen de concurrencia no competitiva. Sólo podrán obtener subvención aquellos solicitantes que, reuniendo los requisitos exigidos, cumplan las condiciones señaladas en la base 4.
5.2. Se establece como único medio de notificación de todos los actos de trámite y resolutorios o definitivos del presente procedimiento el tablón de anuncios, el de la página web y el de la sede electrónica del Ayuntamiento de Sant Josep (www.santjosep.org).
5.3. En caso de que el total de ayudas que deban concederse supere la consignación presupuestaria, se reducirán proporcionalmente las cantidades concedidas.
5.4. Las ayudas objeto de esta convocatoria son compatibles con otras ayudas efectuadas por cualquier otra administración pública o institución privada, siempre que el importe sea de tal cuantía que aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones no supere el coste total de la actividad. Será obligación de los beneficiarios de las ayudas informar de todas las subvenciones recibidas con destino a la actividad objeto de subvención.
6. SOLICITUD, PLAZO DE PRESENTACIÓN Y DOCUMENTACIÓN
6.1. Las instancias se dirigirán a la Alcaldía del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o en la forma establecida en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. En este caso se deberá pasar aviso por correo electrónico a la dirección normalitzacio@santjosep.org.
6.2. Los solicitantes de la subvención deberán adjuntar a la solicitud (anexo I) la siguiente documentación:
Documentación que deberán aportar todos los solicitantes
a. Identificación de quien suscribe la solicitud y especificación del carácter con que lo hace, mediante fotocopia del DNI, NIF u otro documento acreditativo.
b. Copia del DNI, NIF u otro documento acreditativo del menor, en su caso, para el que se solicita la ayuda.
c. Copia del libro de familia o documento que acredite:
- La relación de parentesco o de tutoría entre la persona que suscribe la petición y el menor, en su caso.
- El número de hermanos que conforman la unidad familiar.
d. Declaración responsable de que el menor para el que se solicita la ayuda está empadronado en el municipio de Sant Josep de sa Talaia (anexo IV).
e. Declaración responsable del padre, madre o tutor/a legal del menor para el que se solicita la ayuda, de encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el propio Ayuntamiento de Sant Josep, y autorización al Ayuntamiento para solicitar a la Agencia Tributaria y a la Seguridad Social los datos fiscales del solicitante que sean necesarios (anexo IV).
f. Declaración responsable del padre, madre o tutor/a legal del menor para el que se solicita la ayuda, de no encontrarse incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad y cumplir los requisitos que fija el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y cumplir las obligaciones en materia de reintegro de subvenciones (anexo IV).
g. Impreso de transferencia bancaria facilitado por el Ayuntamiento, debidamente cumplimentado con los datos bancarios actualizados. En caso de haberlo presentado en otras ocasiones no será necesario volver a presentarlo.
h. Declaración de las subvenciones recibidas o solicitadas para la misma finalidad, y compromiso de comunicar a la entidad local las que se obtengan en el futuro (anexo V).
Documentación para solicitar ayudas para compra de libros de texto o libros de lectura de carácter obligatorio
i. A los efectos de acreditar los componentes de la unidad familiar en el caso de que los padres o tutores estén legalmente separados o divorciados, deberán adjuntarse a la solicitud las sentencias de separación/divorcio completas.
j. En caso de que uno de los padres o tutores sea viudo deberá presentar la partida de defunción que lo acredite o el libro de familia con la inscripción del fallecimiento del cónyuge.
k. Aquellas unidades familiares en las que los progenitores o tutores legales no tengan regulada la separación deberán firmar declaración de responsabilidad relativa a los componentes de la unidad familiar (anexo II).
l. Para acreditar la renta de la unidad familiar: copia de la declaración del IRPF correspondiente al ejercicio fiscal 2019 del padre y de la madre o de los tutores del solicitante, o autorización al Ayuntamiento de Sant Josep para acceder a la información fiscal de la persona o personas interesadas (anexo III). En los casos de nulidad matrimonial, separación o divorcio, se tendrá en cuenta la renta de quien tenga el ejercicio de la guarda y custodia, que se acreditará mediante sentencia judicial, libro de familia u otra documentación legal).
m. Certificado del centro escolar en el que esté matriculado el alumno/a, que acredite el curso que estudia el alumno/a dentro del período escolar 2020-2021. Se comprobará de oficio que el centro en el que está matriculado no participa en el Programa para la financiación de libros de texto y material didáctico para el curso 2020-2021.
n. Factura original justificativa de haber abonado los libros de texto o de lectura obligatoria, con acreditación del pago según la base 9. La factura, en caso de alumnado menor de edad, irá a nombre del padre, madre o tutor/a legal o a nombre del alumno/a.
Documentación para solicitar ayudas para compra de dispositivos digitales individuales (alumnado de centros que participan en el Programa para la financiación de libros de texto y material didáctico para el curso 2020-2021)
- Certificado del centro escolar en el que esté matriculado el alumno/a, que acredite el curso que hace el alumno/a dentro del período escolar 2020-2021. Se comprobará de oficio que el centro en el que está matriculado participa en el Programa para la financiación de libros de texto y material didáctico para el curso 2020-2021.
- Factura original justificativa del total abonado por las familias en la adquisición de los dispositivos digitales individuales, con acreditación del pago según la base 9. La factura, en caso de alumnado menor de edad, irá a nombre del padre, madre o tutor/a legal o a nombre del alumno/a. La fecha de la factura puede corresponder a los siguientes años naturales (2019 ó 2020).
Si los documentos exigidos en la solicitud ya se han presentado en el Ayuntamiento en otra ocasión, el solicitante podrá acogerse a lo establecido en el artículo 53.d de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, siempre que se haga constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados o emitidos.
En caso de ser menor de edad, la solicitud deberá ser firmada por el padre, madre o tutor legal.
6.3. Plazo de presentación
El plazo de presentación de solicitudes será desde el 11-01-2021 hasta el 19-02-2021, ambos incluidos.
6.4. Enmiendas de defectos de las solicitudes
Si la solicitud no reúne los requisitos de la normativa de la convocatoria, el órgano instructor requerirá, según establece la base 5.2, al interesado que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de 10 días y le debe indicar que, si no lo hace, se le tendrá por desistido de la solicitud, previa resolución que se dictará en los términos previstos en el art. 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
7. ÓRGANO COLEGIADO
7.1. El órgano colegiado hará la valoración técnica de las solicitudes y elevará el informe al órgano instructor, el cual formulará propuesta de resolución, que cuando sea definitiva elevará al órgano resolutorio para las oportunas concesiones de subvenciones.
7.2. Estará formado por los siguientes miembros:
Presidencia: la concejala de Educación o persona en quien delegue.
Vocales:
—Un/a técnico/a del Departamento de Servicios Sociales del Ayuntamiento.
—Un/a técnico/a de Administración General del Ayuntamiento.
—Un miembro del personal administrativo del Departamento de Educación y Cultura.
Secretario/a: la de la corporación o persona en quien delegue.
El órgano colegiado tiene atribuidas las siguientes funciones:
a) Analizar y valorar las solicitudes de acuerdo con los requisitos establecidos en la base 4.
b) Formular el informe de evaluación y elevarlo al órgano instructor.
c) Resolver cualquier duda que surja en la interpretación y aplicación de esta convocatoria.
8. INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN
8.1. El órgano instructor del procedimiento será un/a técnico/a del Departamento de Educación, que tiene atribuidas las funciones establecidas en el artículo 24 de la Ley general de subvenciones y el artículo 12 de la Ordenanza general de las bases reguladoras de las subvenciones que concede el Ayuntamiento de Sant Josep.
El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe del órgano colegiado, formulará la propuesta de resolución provisional debidamente motivada, que deberá notificarse a los interesados concediéndoles un plazo de 10 días naturales, contados a partir del día siguiente de la publicación de la propuesta, para presentar alegaciones y, en su caso, requerir para la presentación de la documentación que acredite la realidad de los datos afirmados en la declaración.
Examinadas las alegaciones que, en su caso, hubieran presentado los interesados, el órgano instructor, previo informe del órgano colegiado, formulará la propuesta de resolución definitiva, que deberá expresar la relación de personas solicitantes para las que se propone la concesión de la ayuda.
La propuesta de resolución definitiva se elevará al órgano competente para resolver, que dictará resolución definitiva con la lista de los solicitantes que hayan obtenido ayudas y la cuantía de las ayudas concedidas, que se notificará de conformidad con lo se expone en la base 5.2.
La resolución de concesión, de acuerdo con el artículo 14.a de la Ordenanza general de las bases reguladoras de las subvenciones que concede el Ayuntamiento de Sant Josep, deberá contener la relación de beneficiarios a los que se otorga la ayuda, con las cuantías individualizadas, así como la desestimación y la no concesión, por desistimiento, renuncia al derecho o imposibilidad material sobrevenida de las solicitudes no atendidas.
8.2. El órgano competente para resolver las convocatorias de subvenciones es el alcalde de Sant Josep de sa Talaia, sin perjuicio de que pueda ser asistido por la Junta de Gobierno Local, según las atribuciones que le confiere el artículo 23.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local y en relación con el artículo 10.4 de la Ley 38/2003 general de subvenciones.
La resolución será pública de conformidad con lo previsto en el artículo 18.2 de la Ley 38/2003 general de subvenciones y el artículo 17 de la Ordenanza general de las bases reguladoras de las subvenciones que concede el Ayuntamiento de Sant Josep. El plazo máximo para la resolución y notificación del procedimiento es de seis meses desde la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria.
9. FACTURA JUSTIFICATIVA
9.1. Las facturas originales y otros documentos de valor probatorio equivalente serán estampillados por el Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia y se indicará el importe de la factura que justifica la subvención.
9.2. Se deberá acreditar el pago de la factura justificativa con anterioridad a la finalización del periodo de solicitud de la subvención.
9.3. El pago de la factura se acreditará de la siguiente manera:
La acreditación del abono del gasto del proyecto se llevará a cabo a través de la documentación que a continuación se indica, dependiendo de los medios de pago que se hayan utilizado:
a. Pago en efectivo: factura firmada y sellada por el proveedor, en la que se especificará el gasto a la que corresponde el pago, la fecha y la expresión «recibido en metálico», «pagado en metálico», «pagado» o similar.
b. Pago mediante tarjeta de crédito:
- Tique de compra en el que figure el pago con tarjeta.
- Tique de compra y resguardo del pago con tarjeta en caso de que no figure en el tique de compra.
- Extracto de la cuenta en la que figure el cargo de pago con tarjeta. El extracto de la cuenta puede sustituirse por un certificado o título similar de la entidad bancaria en el que, como mínimo, conste el titular y el número de cuenta corriente en la que se carga el pago de la tarjeta, la persona beneficiaria, el concepto por el que se hace la transferencia y el importe y la fecha de la operación.
c. Pago mediante transferencia bancaria o ingresos en una cuenta bancaria:
- Copia del justificante de la orden de transferencia bancaria o del documento bancario acreditativo del pago en el que figuren el concepto de la transferencia o el ingreso, la fecha del documento, el importe, la identificación del concepto, a fin de que quede identificado el pago de la factura, y los datos del ordenante y del destinatario, que deben coincidir con la persona beneficiaria y con el emisor de la factura, respectivamente.
- Extracto de la cuenta bancaria de la persona beneficiaria de la ayuda en el que figure el cargo de esta transferencia.
d. Pago mediante cheque nominativo:
- Copia del cheque nominativo o pagaré nominativo emitido a nombre del proveedor que expide la factura o documento equivalente, siempre que esté vencido.
- Extracto de la cuenta corriente de la persona beneficiaria de la ayuda en el que figure el cargo de este cheque o pagaré.
e. Pago mediante pagarés, letras de cambio o similares:
- Documento acreditativo del cargo en cuenta del efecto mercantil.
- Extracto de la cuenta en la que figure el cargo del efecto mercantil.
Esta documentación se puede sustituir por un certificado o documento similar emitido por la entidad bancaria que contenga el titular y el número de cuenta en el que se ha cargado el efecto mercantil, el librador y el librado de la letra de cambio, la persona beneficiaria, el concepto por el que se hace el efecto mercantil, el importe de la letra de cambio y la fecha de emisión de la letra y del abono del librado.
f. Pago mediante domiciliación bancaria:
- Notificación bancaria del cargo.
- Extracto bancario en el que figure el cargo de la domiciliación.
Esta documentación se puede sustituir por un certificado o título similar de la entidad bancaria en la que conste el titular y el número de la cuenta corriente en la que se ha hecho el cargo y el ordenante del cargo, la persona beneficiaria, el concepto por el que se hace el cargo y el importe y la fecha de la operación.
9. DIFUSIÓN DE LA SUBVENCIÓN CONCEDIDA
Por la naturaleza de esta subvención no es preceptivo establecer medidas de difusión de la subvención concedida al beneficiario.
10. RÉGIMEN DE RECURSOS
Contra la resolución que recaiga en este procedimiento, la cual pondrá fin a la vía administrativa, podrán interponerse, alternativamente, los siguientes recursos:
—El recurso de reposición, potestativo, ante el órgano que dictará la resolución, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la notificación de esta resolución. Contra la desestimación expresa del recurso de reposición, se podrá interponer el recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de la notificación de la desestimación del recurso de reposición. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, se podrá interponer el recurso contencioso administrativo, en el plazo de seis meses, contados a partir del día siguiente a la desestimación presunta.
—O, directamente, el recurso contencioso administrativo ante la jurisdicción contencioso administrativa, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de la notificación del acuerdo.”
Lo que se hace público para general conocimiento.
Sant Josep de sa Talaia, 11 de diciembre de 2020
El alcalde
Josep Marí Ribas
ANEXO I SOLICITUD DE AYUDAS PARA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO O LIBROS DE LECTURA DE CARÁCTER OBLIGATORIO DE UN MÁXIMO DE 150,00 € CADA UNA PARA ALUMNADO QUE DENTRO DEL CURSO 2020-2021 ESTUDIE 1.º, 2.º, 3.º O 4.º DE ESO O PARA ADQUISICIÓN DE DISPOSITIVOS DIGITALES INDIVIDUALES PARA ALUMNADO DE PRIMARIA Y SECUNDARIA ESCOLARIZADOS EN CENTROS QUE PARTICIPAN EN EL PROGRAMA PARA LA FINANCIACIÓN DE LIBROS DE TEXTO Y MATERIAL DIDÁCTICO PARA EL CURSO 2020-2021
SOLICITANTE (datos del padre, madre o tutor/a, en caso de que el estudiante sea menor de edad)
Nombre y apellidos del solicitante:
DNI del solicitante:
Domicilio del solicitante:
Teléfono:
Correo electrónico:
DATOS DE SU/A HIJO/A O TUTELADO/DA (datos del alumnado al que se han comprado libros de texto/dispositivos digitales individuales)
Nombre y apellidos del estudiante:
DNI del estudiante:
Domicilio del estudiante:
Centro donde estudia:
Curso que estudia:
Parentesco con el solicitante:
EXPONGO:
1. Que he tenido conocimiento de la convocatoria de concesión de ayudas para adquisición de libros de texto o libros de lectura de carácter obligatorio, de un máximo de 150,00 € cada una, para alumnado que dentro del curso 2020-2021 estudie 1.º, 2.º, 3.º o 4.º de ESO o para adquisición de dispositivos digitales individuales para alumnado de primaria y secundaria escolarizado en un centro que participe en el Programa para la financiación de libros de texto y material didáctico para el curso 2020-2021.
2. Que mi/a hijo/a o tutelado/a durante el curso 2020-2021 realizará estudios del siguiente tipo:
( ) ESO
( ) primaria
3. Que mi hijo/a o tutelado/a dentro del curso 2020-21:
( ) Cursa estudios de ESO en un centro que NO participa en el Programa para la financiación de libros de texto y material didáctico para el curso 2020-2021.
( ) Cursa estudios de primaria o ESO en un centro que participa en el Programa para la financiación de libros de texto y material didáctico para el curso 2020-2021.
SOLICITO:
Una ayuda económica por la cantidad de ........... euros, en concepto de lo siguiente (márquese el tipo de ayuda que se solicita):
( ) Ayudas para adquisición de libros de texto o libros de lectura de carácter obligatorio, de un máximo de 150,00 € cada una para alumnado empadronado en el municipio de Sant Josep de sa Talaia que dentro del curso 2020-2021 estudie 1.º, 2.º, 3.º o 4.º de ESO.
( ) Ayudas de un máximo de 150,00 € cada una para alumnado de primaria y secundaria, escolarizado en un centro participante en el Programa para la financiación de libros de texto y material didáctico para el curso 2020-2021, empadronado en el municipio de Sant Josep de sa Talaia, para la adquisición de dispositivos digitales individuales.
Asimismo adjunto:
Documentación general para todos los solicitantes:
( ) Identificación de quien suscribe la solicitud y especificación del carácter con que lo hace, mediante copia del DNI, NIF u otro documento acreditativo.
( ) Copia del DNI, NIF u otro documento acreditativo del menor, en su caso, para el que se solicita la ayuda.
( ) Copia del libro de familia o documento que acredite:
—La relación de parentesco o de tutoría entre la persona que suscribe la petición y el menor, en su caso.
—El número de hermanos que conforman la unidad familiar.
( ) Declaración responsable de que el menor para el que se solicita la ayuda está empadronado en el municipio de Sant Josep de sa Talaia (anexo IV).
( ) Declaración responsable del padre, madre o tutor/a legal del menor para el que se solicita la ayuda, de encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el propio Ayuntamiento de Sant Josep, y autorización al Ayuntamiento para solicitar a la Agencia Tributaria y a la Seguridad Social los datos fiscales del solicitante que sean necesarios (anexo IV).
( ) Declaración responsable del padre, madre o tutor legal del menor para el que se solicita la ayuda, de no encontrarse incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad, cumplir los requisitos que fija el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y cumplir las obligaciones en materia de reintegro de subvenciones (anexo IV).
□ Impreso de transferencia bancaria facilitado por el Ayuntamiento debidamente cumplimentado con los datos bancarios actualizados. En caso de haberlo presentado en otras ocasiones no será necesario volver a presentarlo.
( ) Declaración de las subvenciones recibidas o solicitadas para la misma finalidad, y compromiso de comunicar a la entidad local las que se obtengan en el futuro (anexo V).
Documentación para solicitar ayudas para compra de libros de texto o libros de lectura de carácter obligatorio
( ) Sentencia de separación/divorcio completas, en su caso, a los efectos de acreditar los componentes de la unidad familiar en el caso de que los padres o tutores estén legalmente separados o divorciados.
( ) Partida de defunción que lo acredite o el libro de familia con la inscripción del fallecimiento del cónyuge, en caso de que uno de los padres o tutores sea viudo.
( ) Declaración de responsabilidad relativa a los componentes de la unidad familiar firmada (anexo II), en aquellas unidades familiares en las que los progenitores o tutores legales no tengan regulada la separación.
( ) Copia de la declaración del IRPF correspondiente al ejercicio fiscal 2019 del padre y de la madre o de los tutores del solicitante o autorización al Ayuntamiento de Sant Josep para acceder a la información fiscal de la persona o personas interesadas (anexo III) para acreditar la renta de la unidad familiar. En los casos de nulidad matrimonial, separación o divorcio, se tendrá en cuenta la renta de quien tenga el ejercicio de la guarda y custodia, que se acreditará mediante sentencia judicial, libro de familia u otra documentación legal.
( ) Certificado del centro escolar en el que esté matriculado el alumno/a, que acredite el curso que hace dentro del período escolar 2020-2021.
( ) Factura original justificativa de haber abonado los libros de texto o libros de lectura obligatoria, con acreditación del pago según la base 9. La factura, en caso de alumnado menor de edad, irá a nombre del padre/madre o tutor/a o a nombre del alumno/a.
Documentación para solicitar ayudas para compra de dispositivos digitales individuales (alumnado escolarizado en un centro que participa en el Programa para la financiación de libros de texto y material didáctico para el curso 2020-2021)
( ) Certificado del centro escolar en el que esté matriculado el alumno/a, que acredite el curso que hace dentro del período escolar 2020-2021.
( ) Factura original justificativa del total abonado por la familia en la adquisición de los dispositivos digitales individuales, con acreditación del pago según la base 9. La factura, en caso de alumnado menor de edad, irá a nombre del padre, madre o tutor/a legal o a nombre del alumno/a. La fecha de la factura puede corresponder a los siguientes años naturales (2019 ó 2020).
Sant Josep de sa Talaia, a ........ de .................... de 20 ......
(firma)
ALCALDÍA DEL AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA
ANEXO II
DECLARACIÓN DE RESPONSABILIDAD SOBRE LA CONDICIÓN DE LA UNIDAD FAMILIAR
SOLICITANTE
Nombre y apellidos:
DNI/NIE/pasaporte:
Localidad:
DECLARO, bajo mi responsabilidad, como solicitante de ayudas de un máximo de 150,00 € para la adquisición de libros de texto o lectura obligatoria de ESO (curso 2020-21):
Que la unidad familiar a la que pertenezco es una familia monoparental, dado que estoy separado/a del padre/madre o tutor/a del alumno/a para el que se solicita la ayuda para la adquisición de libros de texto o libros de lectura obligatoria, pero no he formalizado el trámite de la separación legalmente, por lo que no puedo acreditar mediante documentación esta situación.
Y para que conste a efectos de justificar la situación familiar, firmo esta declaración.
Sant Josep de sa Talaia, a ........ de .................................... de 20 .......
(firma del solicitante)
ANEXO III AUTORIZACIÓN PARA ACCEDER A LA INFORMACIÓN FISCAL DE LA PERSONA O PERSONAS INTERESADAS EN RELACIÓN CON LA CONVOCATORIA DE CONCESIÓN DE AYUDAS PARA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO O LECTURA OBLIGATORIA, DE UN MÁXIMO DE 150,00 € CADA UNA, PARA ALUMNADO QUE DENTRO DEL CURSO 2020-2021 ESTUDIE 1.º, 2.º, 3.º O 4.º DE ESO O QUE ESTUDIE ESO O PRIMARIA, EN EL CURSO 2020-2021, EN UN CENTRO QUE PARTICIPA EN EL PROGRAMA PARA LA FINANCIACIÓN DE LIBROS DE TEXTO Y MATERIAL DIDÁCTICO PARA EL CURSO 2020-2021
Nombre y apellidos del tutor legal 1:
DNI:
Nombre y apellidos del tutor legal 2:
DNI:
DIRECCIÓN:
POBLACIÓN:
TELÉFONO:
AUTORIZO expresamente al Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia para que pueda solicitar por medios telemáticos a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria información relativa al cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Sant Josep de sa Talaia, a …..... de ……………………………. de 20 ..….
(firma del tutor legal 1) (firma del tutor legal 2)
Para que la transmisión de datos se pueda realizar por medios telemáticos, se presentará el consentimiento expreso de la persona interesada, de acuerdo con el artículo 6.2.b de la Ley 1/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos (BOE núm. 150, de 23 de junio).
ANEXO IV
DECLARACIONES RESPONSABLES
Yo, .............................................................................., con DNI ........................., como padre/madre o tutor/a de .........................................................................., a efectos de solicitar las ayudas de un máximo de 150,00 € que otorga este Ayuntamiento a alumnado que cursa 1.º, 2.º, 3.º o 4.º de ESO o que cursa primaria o secundaria en un centro que participa en el programa para la financiación de libros de texto y material didáctico para el curso 2020-2021, HAGO LAS SIGUIENTES DECLARACIONES RESPONSABLES:
1. Declaro que mi hijo/a ..…………....................................................................... está empadronado/a en el municipio de Sant Josep de sa Talaia.
2. Declaro que me encuentro al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el propio Ayuntamiento de Sant Josep. Por otra parte, autorizo al Ayuntamiento de Sant Josep poder solicitar a la Agencia Tributaria y la Seguridad Social los datos fiscales que sean necesarios.
3. Declaro que no me encuentro incurso en ninguna de las causas de incompatibilidades, que cumplo los requisitos que fija el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y que cumplo las obligaciones en materia de reintegro de subvenciones.
Sant Josep de sa Talaia, a ......... de ................................. de 20 .......
(firma)
ANEXO V Declaración de las subvenciones obtenidas para la misma finalidad, y compromiso de comunicar a la entidad local las que se obtengan en el futuro
Yo, ..........................................................................., con DNI ..........................., como padre/madre o tutor/a de ............................................................................, a efectos de solicitar las ayudas de un máximo de 150,00 € cada una para la compra de libros de texto o libros de lectura obligatoria de ESO o dispositivos digitales individuales para alumnado de primaria y secundaria escolarizado en un centro que participa en el Programa para la financiación de libros de texto y material didáctico para el curso 2020-2021, HAGO LA SIGUIENTE DECLARACIÓN RESPONSABLE:
DECLARO (márquese la opción que corresponda):
1. ( ) Que hasta la fecha NO he solicitado ni obtenido subvención de otra entidad para la misma finalidad y que, en caso de recibir alguna en el futuro, me comprometo a comunicarlo a este Ayuntamiento.
2. ( ) Que he solicitado o he recibido las siguientes ayudas para la misma finalidad de otras entidades:
Organismo |
Tipo de ayuda |
Fecha de solicitud |
Cantidad solicitada |
Cantidad concedida |
Observaciones |
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( ) Que el total de las ayudas percibidas o pendientes de percibir no superarán el coste total de la actividad subvencionable.
( ) Que en caso de recibir alguna ayuda más en el futuro, me comprometo a comunicarlo a este Ayuntamiento.
Sant Josep de sa Talaia, a de de 20
(firma)