Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 12457
Ayudas a estudiantes de la isla de Eivissa, para el curso 2019-2020
De conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se hace pública la Resolución núm. 2020000043 de la consellera del Departament de Cultura, Educació i Patrimoni, de fecha 22 de octubre de 2020, de desistimiento de las ayudas a estudiantes de la isla de Eivissa, para el curso 2019-2020, dictada de acuerdo con los artículos 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y 23.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y con la base 11.3 de la convocatoria de ayudas, respetando la normativa vigente de protección de datos personales:
Resolución de consellera executiva del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio
En la sesión de día 14 de agosto de 2020 el Consell Executiu del Consell Insular d'Eivissa adoptó, entre otros acuerdos, aprobar la convocatoria de las ayudas de desplazamiento para alumnos con domicilio familiar en la isla de Eivissa que cursan estudios universitarios oficiales de grado o máster en cualquier universidad de la Unión Europea (UE-27) durante el año académico 2019-2020 y delegar, por eficacia administrativa, en la consellera del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio la competencia para resolver la concesión de las ayudas, la revocación, si fuera el caso, y el reconocimiento de la obligación del pago.
En el Butlletí Oficial de les Illes Balears (BOIB) número 144, fecha 20 de agosto de 2020 se publicaron las Bases reguladoras de las ayudas de desplazamiento para alumnos con domicilio familiar en la isla de Eivissa que cursan estudios universitarios oficiales de grado o máster en cualquier universidad de la Unión Europea (UE-27) durante el año académico 2019-2020. Su objeto es “conceder ayudas económicas de desplazamiento para alumnos con domicilio familiar en la isla de Eivissa que cursan estudios universitarios oficiales de grado o máster en cualquier universidad de la Unión Europea (UE-27) durante el año académico 2019-2020”. En concreto, serán objeto de estas ayudas los siguientes estudios oficiales y presenciales cursados fuera de la isla de Eivissa: Estudios universitarios de grado o máster cursados en cualquier universidad de la Unión Europea (UE-27) durante el año académico 2019-2020.
Asimismo, en el BOIB núm. 148, de 27 de agosto de 2020, se publicó el extracto de esta convocatoria y, de acuerdo con la base octava de las ayudas, el plazo para presentar solicitudes comenzó el día 28 de agosto y finalizó el día 10 de septiembre de 2020.
Una vez revisadas las solicitudes presentadas y de conformidad con la base décima de estas ayudas, se elaboró la lista de subsanación de deficiencias de las solicitudes presentadas a la convocatoria de ayudas de desplazamiento para alumnos con domicilio familiar en la isla de Eivissa que cursan estudios universitarios oficiales de grado o máster en cualquier universidad de la Unión Europea (UE-27) durante el año académico 2019-2020, que se publicó en fecha 11 de noviembre de 2020 en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Consell Insular (https://seu.conselldeivissa.es). Así, de conformidad con la base décima mencionada, el plazo para subsanar las deficiencias detectadas en las solicitudes iniciales comenzó en fecha 12 de noviembre y finalizó el día 25 de noviembre de 2020, incluidos.
Con la documentación revisada en el Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio, en fecha 2 de diciembre de 2020 se emitió el informe técnico (CSV 13067432225175465623), en el cual se expone que de los 55 requerimientos que constaban en la lista de subsanación de deficiencias 42 no aportaron documentación para subsanar. En este sentido, respecto a las personas que no subsanaron su solicitud, y de acuerdo con lo que disponen la base 10.3 de estas ayudas y los artículos 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y 23.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se considera que desisten de su solicitud, y por ello se informa favorablemente sobre dar por desistidas dichas solicitudes, mediante una resolución de desistimiento.
También en fecha 2 de diciembre de 2020 se emitió el informe jurídico favorable (con CSV 13077255627426100063) sobre el desistimiento de las solicitudes presentadas a la convocatoria de ayudas de desplazamiento para alumnos con domicilio familiar en la isla de Eivissa que cursan estudios universitarios oficiales de grado o máster en cualquier universidad de la Unión Europea (UE-27) durante el año académico 2019-2020, visto que los interesados no han hecho la rectificación requerida en el plazo previsto al efecto.
Asimismo, de conformidad con el acuerdo del Consell Executiu de fecha 14 de agosto de 2020 y con la base 10.3 de estas ayudas, corresponde a la consellera del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio dictar la resolución de desistimiento de estas ayudas, por delegación del Consell Executiu. Sin embargo, de conformidad con el artículo 9.4 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, esta resolución se tiene que entender dictada por el órgano delegante (Consell Executiu).
Tratándose de una resolución de desistimiento que no implica concesión de ninguna ayuda económica, no se estima necesario el informe de la Intervención de la corporación.
Vista la propuesta de resolución favorable del jefe de Sección del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio, de fecha 3 de diciembre de 2020.
En virtud de todo lo anterior, de acuerdo con la delegación tomada por acuerdo del Consell Executiu de fecha 14 de agosto de 2020 y por la base 10.3 de estas ayudas, y de conformidad con el artículo 72.e del Reglamento orgánico del Consell Insular d'Eivissa (BOIB núm. 136, de 18-9-2010; corrección en el BOIB núm. 148, de 14-10-2010; modificación en el BOIB núm. 48, de 16-4-2016), como consellera executiva del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio,
RESUELVO
1. Dar por desistidas las solicitudes de ayudas de desplazamiento para alumnos con domicilio familiar en la isla de Eivissa que cursan estudios universitarios oficiales de grado o máster en cualquier universidad de la Unión Europea (UE-27) durante el año académico 2019-2020 de las personas que figuran en el Anexo 1 siguiente como consecuencia de no haber subsanado la solicitud dentro del plazo establecido a este efecto, de acuerdo con la base 10.3 de estas ayudas y con los artículos 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y 23.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
2. Notificar la resolución de desistimiento a la convocatoria de ayudas de desplazamiento para alumnos con domicilio familiar en la isla de Eivissa que cursan estudios universitarios oficiales de grado o máster en cualquier universidad de la Unión Europea (UE-27) durante el año académico 2019-2020 que se dicte en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y publicarla en el Butlletí Oficial de les Illes Balears (BOIB) y en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Consell Insular d'Eivissa (https://seu.conselldeivissa.es).
ANEXO 1 Lista de desistimiento de solicitudes presentadas en la convocatoria de ayudas de desplazamiento para alumnos con domicilio familiar en la isla de Eivissa que cursan estudios universitarios oficiales de grado o máster en cualquier universidad de la Unión Europea (UE-27) durante el año académico 2019-2020, por no haberla subsanado en el plazo establecido a este efecto (del 12 al 25 de noviembre de 2020, incluidos)
Núm. |
NRE |
Exp. personal |
NIF |
1 |
17554 |
16867R |
47431373Z |
2 |
16353 |
15067H |
47432207C |
3 |
16569 |
11246S |
53810438Y |
4 |
16939 |
10488Q |
47407695A |
5 |
16184 |
14684A |
47253481G |
6 |
16521 |
15224Z |
48233676P |
7 |
15604 |
8792A |
47408727T |
8 |
17253 |
16795K |
X9929536E |
9 |
16664 |
11220N |
47406090P |
10 |
15850, 16126 I 16736 |
13749B |
Y1427780T |
11 |
17283 |
12421V |
47407958J |
12 |
16501 |
8372C |
47406193L |
13 |
17950 I 16955 |
14510J |
47405859F |
14 |
17247 |
9679Q |
48199025H |
15 |
16994 I 17229 |
16151K |
47433223R |
16 |
16528 |
10972V |
47431582Q |
17 |
17118 |
11735K |
47408140B |
18 |
16945 |
10100L |
47259979Q |
19 |
16828 |
15855R |
48231567S |
20 |
16869 |
15952Y |
47432789G |
21 |
16320 |
9758A |
47408572Y |
22 |
16571 |
11582Y |
47256961B |
23 |
16256 |
9024M |
47406478M |
24 |
16926 |
16057L |
47431335E |
25 |
16808 |
10976K |
47407935J |
26 |
18689 I 16927 |
8917J |
47406553B |
27 |
15696 |
12475W |
47250838Y |
28 |
18548 I 16996 |
14238V |
47432735L |
29 |
16788 |
8562A |
48232129W |
30 |
16616 |
8426M |
47406555J |
31 |
17268 |
10044D |
47409345C |
32 |
17188 |
12682W |
47430757L |
33 |
16498 |
15167A |
47256163H |
34 |
17213 |
16683R |
38873653L |
35 |
16411 |
15146M |
47259291H |
36 |
16963 |
11056D |
47254160Q |
37 |
17285 |
16834Z |
47259814N |
38 |
17166 |
12096Z |
47257095F |
39 |
16710 |
9459A |
47256727F |
40 |
17201 |
16501A |
47256692H |
41 |
16933 |
16082K |
Y5226247V |
42 |
17002 |
11454Q |
49416089Z |
Eivissa, 10 de noviembre de 2020
El jefe de Sección del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio del Consell Insular de Eivissa José Vicente Garibo Redolat