Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE SA POBLA
Núm. 12425
Aprobación de la oferta pública de empleo del Ayuntamiento de sa Pobla 2020
Por Acuerdo de Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento de fecha 11 de diciembre de 2020, se aprobó la Oferta de empleo del año 2020 pública con el siguiente literal:
PRIMERO. Aprobar la OFERTA PÚBLICA DE EMPLEO 2020 de este Ayuntamiento para el año 2020, que contiene los siguientes puestos de trabajo:
1. Acceso Libre (Correspondiente a la tasa de reposición ordinaria)
PERSONAL FUNCIONARIO
Escala de administración especial
GRUPO |
SUBGRUPO |
Núm. VACANTES |
DENOMINACIÓN |
---|---|---|---|
C |
C1 |
2 |
Policia Local |
2. Promoció interna
Funcionaritación de personal laboral
GRUPO |
SUBGRUPO |
Núm. VACANTES |
DENOMINACIÓN |
---|---|---|---|
C |
C2 |
3 |
Auxiliar administrativo |
SEGUNDO. Publicar la OFERTA PÚBLICA DE EMPLEO 2020 en el tablón de anuncios de la Corporación, así como a la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://sapobla.eadministracio.cat] y en el BOIB para general conocimiento e interposición de los recursos que, en su caso, los interesados consideren oportuno.
TERCERO.- Contra el presente acuerdo podrán los interesados interponer recurso potestativo de reposición ante la *Batlia, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación. También podrán interponer alternativamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado del Contencioso-Administrativo con sede a Palma, en el plazo de dos meses, en conformidad con aquello establecido en los artículos 30, 114-c) *y 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 8 , 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa- Administrativa. En caso de optar por la interposición del recurso de reposición, no podrán interponer el recurso contencioso - administrativo hasta que se haya notificado la resolución exprés del recurso o haya transcurrido un mes desde su interposición sin haber recibido la notificación, fecha en que podrá entenderse desestimado por silencio administrativo. Todo esto sin perjuicio puedan interponer cualquier otro recurso que estimen oportuno.
CUARTO.-. Convocar las plazas ofrecidas en ejecución de la presente OFERTA PÚBLICA DE EMPLEO 2020 dentro del plazo improrrogable de tres años a contar desde su fecha de publicación. En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado público aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Sa Pobla, 11 de diciembre de 2020
El alcalde Llorenç Gelabert i Crespí