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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 12227
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de diciembre de 2020, por el que se modifica de la relación de puestos de trabajo correspondiente al personal eventual de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears

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Texto

El artículo 5.2.g) de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las llles Balears, establece que corresponde al Consejo de Gobierno determinar el número, las características y las retribuciones de los puestos de trabajo del personal eventual. Así mismo, el artículo 20.2 de este texto legal dispone que el número de puestos de trabajo del personal eventual, sus características y las retribuciones que les corresponden son públicos y los determina el Consejo de Gobierno.

Por otra parte, el artículo 6.2.f) del texto legal mencionado atribuye al consejero competente en materia de función pública la competencia de proponer al Consejo de Gobierno la aprobación de la relación de puestos de trabajo del personal al servicio de la Administración autonómica.

En la relación de puestos de trabajo correspondiente al personal eventual al servicio de la Comunidad Autónoma de las llles Balears, aprobada por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 3 de julio de 2015 (BOIB núm. 98, de 3 de julio) y modificada por

diferentes acuerdos, figuran los puestos de trabajo correspondientes al personal eventual adscritos orgánicamente a las Consejerías de Presidencia, Cultura e Igualdad y de Salud y Consumo.

Desde la Consejería de Presidencia, Cultura e Igualdad se ha presentado una propuesta de modificación de la relación de puestos de trabajo de personal eventual, para eliminar el puesto de trabajo Responsable de Comunicación con código 100124.

Por otra parte desde la Consejería de Salud y Consumo se ha presentado también otra propuesta de modificación de la relación de puestos de trabajo de personal eventual, donde se expone que la complejidad y volumen de trabajo de las actuaciones de la lucha contra la pandemia, con cuatro programas específicos creados expresamente para esta finalidad además de destinarse muchos recursos humanos y materiales ordinarios de la Consejería, hacen necesario aumentar el número de personal del gabinete de la consejería que, además de las tareas propias de la gestión ordinaria, también han de dedicarse a las cuestiones extraordinarias de la lucha contra la pandemia.

Por todo ello, el Consejo de Gobierno a propuesta de la consejera de Administraciones Públicas y Modernización, en la sesión del día 9 de diciembre de 2020, adopta, entre otros, el Acuerdo siguiente:

Primero. Aprobar la modificación de la relación de puestos de trabajo de personal eventual, en el sentido de eliminar el puesto adscrito a la consejería de Presidencia, Cultura e Igualdad, que figura en el anexo I que se adjunta a este Acuerdo, y de crear el puesto adscrito a la Consejería de Sanidad y Consumo que figura en el anexo II que también se adjunta a este Acuerdo. Este último puesto de trabajo tendrá vigencia mientras dure la pandemia, debiéndose proponer su eliminación enseguida que ésta finalice.

Segundo. Facultar a las consejeras de Hacienda y Relaciones Exteriores y de Administraciones Públicas y Modernización para que adopten las medidas necesarias para la ejecución de este Acuerdo.

Tercero. Ordenar la publicación de este Acuerdo y de los anexos I y II en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Cuarto. Contra este Acuerdo, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

También se puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 10.1, 8.2 i 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio que la persona interesada pueda interponer cualquier otro que considere procedente.

​​​​​​​Palma, 9 de diciembre de 2020

La secretaria del Consejo de Gobierno Pilar Costa i Serra

 

 

ANEXO I Modificación de la relación de puestos de trabajo de personal eventual al servicio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

Puesto de trabajo de personal eventual que se suprime:

ADSCRIPCIÓN ORGÁNICA: Consejería de Presidencia, Cultura e Igualdad

DENOMINACIÓN DEL PUESTO

RETRIBUCIONES ANUALES

Responsable de Comunicación

48.753,84 euros

 

 

ANEXO II Modificación de la relación de puestos de trabajo de personal eventual al servicio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

Puesto de trabajo de personal eventual que se añade:

ADSCRIPCIÓN ORGÁNICA: Consejería de Sanidad y Consumo

DENOMINACIÓN DEL PUESTO

RETRIBUCIONES ANUALES

Asesora técnica/asesor técnico

48.753,84 euros