Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FUNDACIÓ INSTITUT D'INVESTIGACIÓ SANITÀRIA ILLES BALEARS (IDISBA)

Núm. 12145
Resolución conjunta del Director General del Servicio de Salud de las Illes Balears y del Director Gerente de la Fundación Instituto de Investigación Sanitaria de las Illes Balears por la que se convoca, de una parte, la provisión con carácter interino de una plaza vacante de personal estatutario sanitario del subgrupo A1 dependiente de alguna de las Gerencias del Servicio de Salud de las Illes Balears del Área de Salud de Mallorca (HUSE, HSLL o GAP Mallorca) y, de otra parte, la contratación como investigador/a clínico/a dentro del programa "CLINIC" del proyecto "TALENT PLUS. Construyendo Salud, Generando Valor", financiado por el Plan Anual 2018 del Impuesto de turismo sostenible

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Antecedentes

1. Por una parte, existen en estos momentos diversas plazas vacantes de personal estatutario sanitario del subgrupo A1 en las distintas plantillas de personal estatutario de las Gerencias del Área de Salud de Mallorca del Servicio de Salud de las Illes Balears Mallorca (HUSE, HSLL o GAP Mallorca), cuya provisión se considera necesaria.

2. Y por otra parte, la Fundación Instituto de Investigación Sanitaria de las Illes Balears (IDISBA) necesita efectuar la incorporación temporal de un/a investigador/a para el programa “CLINIC” del proyecto “TALENT PLUS. Construyendo Salud, Generando Valor”, de la Fundación Instituto de Investigación Sanitaria de las Illes Balears.

3. El proyecto TALENT PLUS tiene como objetivo establecer programas de captación de talento investigador que impulse la contratación en la Fundación Instituto de Investigación Sanitaria de las Illes Balears (IdISBa), en régimen de concurrencia competitiva, de personal investigador y de apoyo a la investigación que puedan contribuir a la generación de valor y la producción de resultados en salud en la Fundación IdISBa.

Consideraciones Jurídicas

1. El artículo 9.1 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud, determina que «por razones de necesidad, de urgencia o para el desarrollo de programas de carácter temporal, coyuntural o extraordinario, los servicios de salud podrán nombrar personal estatutario temporal».

De conformidad con el artículo 9.2 de la Ley 55/2003 mencionada, el nombramiento de personal con carácter interino se expedirá para el desempeño de una plaza vacante de los centros o servicios de salud, cuando sea necesario atender las correspondientes funciones.

El artículo 33 de dicha Ley dispone que «la selección de personal estatutario temporal se efectuará a través de procedimientos que permitan la máxima agilidad en la selección, procedimientos que se basarán en los principios de igualdad, mérito, capacidad, competencia y publicidad y que serán establecidos previa negociación en las mesas correspondientes».

En el ámbito del Servicio de Salud de las Illes Balears todavía no se han dictado disposiciones reglamentarias que regulen la selección y la provisión del personal estatutario, por lo que sigue vigente, de conformidad con el apartado 1.c de la disposición transitoria sexta de la Ley 55/2003, con rango reglamentario, el Real Decreto Ley 1/1999, de 8 de enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en las instituciones sanitarias de la Seguridad Social. Por este motivo, mientras no se apruebe una norma reglamentaria que regule la selección de personal estatutario, se aprobó el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 25 de noviembre de 2016 por el que se ratifica el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 11 de noviembre de 2016 por el que se aprueba el Texto refundido que regula los procedimientos de selección de personal estatutario temporal del Servicio de Salud de las Illes Balears por medio de la creación de bolsas únicas de trabajo para cada categoría y especialidad (BOIB núm. 149, de 26/11/2016), modificado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 8 de junio de 2018 por el que se ratifica el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 29 de mayo de 2018 (BOIB núm. 71, de 09/06/2018). En adelante, Acuerdo de Bolsa Única.

El punto 26 del citado Acuerdo de Bolsa Única establece un procedimiento especial de selección de facultativos especialistas de área, cuando lo requieran el empleo y la especificidad del puesto.

En virtud del punto 2 de la Resolución de la consejera de Salud de 13 de enero de 2016 por la cual se delegan diferentes competencias en materia de personal estatutario en los órganos del Servicio de Salud de las Islas Baleares (BOIB núm. 10, de 21/01/2016), se delegar en la persona titular de la Dirección General del Servicio de Salud la competencia de convocar y resolver los procedimientos de selección de personal estatutario fijo y de personal estatutario temporal interino, establecer las bases, los programas y el contenido de las pruebas y nombrar los miembros de los órganos de selección, así como el resto de facultades que, en relación con las anteriores, correspondan al consejero de Salud de acuerdo con la legislación vigente.

2. En relación al contrato de investigación derivado de la selección de este/a facultativo/a, que se suscribirá con el IDISBA, cabe destacar lo siguiente:

El artículo 23.2 de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, establece los criterios que han de seguir los entes públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares en la contratación de personal laboral.

Los artículos 17 y 18 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, disponen que se tienen que aplicar los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad en las contrataciones.

El apartado segundo B del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 23 de febrero de 2007, de modificación del ámbito de aplicación y de determinación del alcance de control del punto 5 del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de diciembre de 1995, prevé la compatibilidad y la rendición de cuentas de las empresas públicas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, en lo referente a la selección de personal de los entes públicos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

El artículo 27 de los Estatutos de la Fundación establece que el director gerente de la Fundación es la persona competente para desarrollar la política de personal aprobada por el Patronato y, con esta finalidad, seleccionar el personal, suscribir o rescindir los contratos, ejecutar los acuerdos del Patronato en materia de retribuciones, acordar las sanciones, ejercer la dirección superior del personal al servicio de la Fundación y mantener las relaciones con los órganos de representación de personal, además de todas aquellas actuaciones que en esta materia le sean encomendadas, sin perjuicio de las funciones que corresponden al presidente.

3. De otra parte, hay que tener en cuenta el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 28 de febrero de 2020 por el que se autoriza la superación de los límites previstos en el artículo 7.1 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas, para el personal sanitario estatutario, laboral y funcionario de las escalas sanitarias que presta servicios en las instituciones sanitarias dependientes del Servicio de Salud de las Illes Balears, para realizar labores de investigación sanitaria en puestos de trabajo del IdISBa (BOIB núm. 26, de 29/02/2020).

Por todo ello, dictamos la siguiente

 

Resolución

PRIMERO: Convocar, de una parte, la provisión con carácter interino de una plaza vacante de personal estatutario sanitario del subgrupo A1 dependiente de alguna de las Gerencias del Servicio de Salud de las Illes Balears del Área de Salud de Mallorca (HUSE, HSLL o GAP Mallorca) y, de otra parte, la contratación como investigador/a clínico/a para el programa "CLINIC" del proyecto "TALENT PLUS. Construyendo Salud, Generando Valor", financiado por el Plan Anual 2018 del Impuesto de turismo sostenible, de acuerdo con las bases que figuran como anexo I a esta resolución.

SEGUNDO: Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta resolución -que agota la vía administrativa- puede interponerse un recurso de reposición ante los órganos que lo dictan, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación en el B.O.I.B., de acuerdo a los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También puede interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación en el BOIB., de acuerdo con los artículos 8.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere procedente interponer.

 

Palma, 3 de diciembre de 2020

La consejera de Salud y Consumo P.D. director general del Servicio de Salud de les Illes Balears (BOIB 10/2016) Julio Miguel Fuster Culebras El director gerente de la Fundación Instituto de Investigación Sanitaria José Llado Iglesias

 

ANEXO I BASES DE LA CONVOCATORIA

I. I.Plaza convocada/ Puesto convocado

De una parte, plaza vacante de personal estatutario sanitario del subgrupo A1 dependiente de alguna de las Gerencias del Servicio de Salud de las Illes Balears del Área de Salud de Mallorca (HUSE, HSLL o GAP Mallorca). La concreción de la categoría asignada en el nombramiento y de la gerencia de adscripción dependerá del título de médico/a especialista que aporte la persona adjudicataria.

Y de otra parte, puesto de investigador/a clínico/a para el programa "CLINIC" del proyecto "TALENT PLUS. Construyendo Salud, Generando Valor", financiado por el Plan Anual 2018 del Impuesto de turismo sostenible, con un contrato a tiempo parcial de 24 horas semanales por un plazo de 3 años con la Fundación Instituto de Investigación Sanitaria de las Illes Balears. 

II. Características

a. Lugar y centro de trabajo

En tanto que personal estatutario, dependerá de la categoría estatutaria y de la Gerencia de adscripción.

Y en tanto que personal laboral, en la Fundación Instituto de Investigación Sanitaria de las Illes Balears, ubicada en el Edificio S del Hospital Universitario Son Espases, carretera de Valldemossa, 79, de Palma (07120) o donde dicha Fundación determine.

b. Tipo de nombramiento y contrato

A la persona seleccionada se le expedirá un nombramiento de personal estatutario con carácter interino, por plaza vacante, que se prolongará hasta que se cubra mediante el correspondiente procedimiento de selección o provisión, ya sea con carácter definitivo o por reingreso provisional, o hasta que –en su caso- se suprima o se amortice la plaza vacante.

Asimismo, se le hará un contrato a tiempo parcial de 24 horas semanales por un plazo de duración de 3 años.

c. Retribuciones

De una parte, por parte del Ib-Salut, las correspondientes a la categoría estatutaria de la plaza asignada según la normativa vigente y la Instrucción de retribuciones.

Y de otra, por parte del Idisba, una retribución anual bruta de 30.080,00.-€. Otros recursos económicos a disposición del profesional:

  • Además de lo anterior, este contrato irá acompañado de la dotación de 102.000,00€ para llevar a cabo un proyecto de investigación en salud, distribuidos en 3 anualidades de 34.000 €. La distribución por anualidades podría ser modificada en función de las necesidades reales de ejecución del proyecto de investigación, siempre sin exceder la cantidad total.
  • Finalmente, también se añade la dotación para la contratación de un investigador postdoctoral para incorporarse a la línea de investigación que establezca el investigador seleccionado, con un coste de 37.908,55€ anuales (sueldo de 28.000,00 €).

d. Funciones o tareas  principales

En el Ib-Salut, las propias de la categoría estatutaria.

En el Idisba, las del proyecto de investigación que aporte la persona adjudicataria. Además, las funciones del investigador/a clínico/a para el programa "CLINIC" del proyecto "TALENT PLUS. Construyendo Salud, Generando Valor" serán:

  • El desarrollo de programas de investigación propios de su área, incorporándose a los grupos de investigación del IdISBa.
  • La potenciación de las líneas de investigación existentes.
  • La realización y fomento de publicaciones de impacto nacional e internacional.
  • La generación y transferencia de los conocimientos con impacto de salud de la población y el sistema sanitario.

e. Periodo de prueba

En el Ib-Salut, el máximo establecido en el artículo 33 del Estatuto marco.

En el Idisba, el que se establezca, en su caso, en el contrato de trabajo. 3 meses.

f. Jornada de trabajo

En el Ib-Salut, la correspondiente al personal estatutario.

En el Idisba, jornada a tiempo parcial de 24 horas semanales por un plazo de duración de 3 años.

III. Requisitos

1. Requisitos generales. Para ser admitidos en este proceso selectivo, las personas aspirantes deben cumplir los requisitos generales siguientes:

a. Tener la nacionalidad española o la de cualquier estado de la Unión Europea o la de algún estado al que sea aplicable la libre circulación de trabajadores en virtud de los tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España. También pueden participar (cualquiera que sea su nacionalidad) los cónyuges de españoles y de ciudadanos de otros estados de la Unión Europea siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes que sean menores de 21 años o que tengan la condición de dependientes y sean mayores de dicha edad.

b. Tener cumplidos 16 años de edad y no sobrepasar la edad máxima de jubilación forzosa.

c. Estar en posesión del título universitario de Licenciado/a o Graduado/a en Medicina y Cirugía y de cualquier título de Médico/a especialista. Si se trata de un título obtenido en el extranjero, es necesario tener la credencial que acredite que está homologado por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, o bien estar en disposición de obtenerla dentro del plazo para presentar solicitudes.

d. Tener la capacidad funcional necesaria para desempeñar las funciones que se deriven del nombramiento correspondiente.

e. El aspirante no debe haber sido separado del servicio —por medio de un expediente disciplinario— de cualquier servicio de salud o administración pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni debe estar inhabilitado con carácter firme para ejercer funciones públicas ni para la profesión correspondiente.

f. En el caso de las personas de otros estados mencionados en el párrafo a), el aspirante no debe estar inhabilitado por sanción o pena para acceder a funciones o a servicios públicos en un estado de la Unión Europea, ni debe haber sido separado de ninguna de sus administraciones ni ninguno de sus servicios públicos en los seis años anteriores a la convocatoria por medio de una sanción disciplinaria.

g. No tener la condición de personal estatutario fijo, interino o eventual en la misma categoría y especialidad a la que se opta, cualquiera que sea su situación administrativa.

h. Acreditar conocimientos de lengua catalana nivel B1 mediante la aportación del certificado expedido por la Escuela Balear de Administraciones Públicas o certificado   expedido, reconocido como equivalente o homologado por la Dirección General de Política Lingüística CAIB que acredite estar en posesión del nivel de conocimientos de catalán mencionado. No obstante, teniendo en cuenta que el presente procedimiento de provisión afecta a una categoría de personal estatutario sanitario, cuando la falta o la insuficiencia acreditada del profesional pueda afectar a la prestación asistencial o cuando el cumplimiento de las funciones de la plaza o puesto de trabajo requieran una especial calificación, conocimientos y habilidades directivas, excepcionalmente, si el personal no puede acreditar el nivel de conocimientos de lengua catalana correspondientes a la plaza o puesto de trabajo al cual opta, se admitirá las solicitudes de participación de todos los aspirantes, y la persona que resulte adjudicataria quedará obligada a alcanzar y a acreditar dichos conocimientos de la lengua catalana en un plazo máximo de dos años, a partir de la fecha de ocupación de la plaza o puesto de trabajo.

2. Requisitos específicos. Además de los anteriores requisitos generales, también se deberán cumplir los siguientes requisitos específicos:

a. Haber completado la Formación Sanitaria Especializada vía MIR o equivalentes (otras vías de formación sanitaria con examen nacional).

b. Nivel B2 de Inglés. El nivel de Inglés B2 se puede demostrar también por haber cursado estudios superiores en inglés, o haber tenido contratos de trabajo superiores a 1 año en países angloparlantes o contratos donde la lengua de comunicación fuese el inglés; circunstancia que deberá acreditarse debidamente aportando la documentación suficiente o con la realización de la entrevista en inglés.

c. Tener un doctorado oficial.

3. Los requisitos establecidos en la base 3.1 y 3.2 deben cumplirse en el momento de finalizar el plazo para presentar solicitudes y deben mantenerse hasta la toma de posesión, a excepción, en su caso, del requisito de la base 3.1.h). La persona aspirante debe acreditarlos fehacientemente en el momento de presentar la  solicitud.

IV. Solicitudes

Las personas interesadas en participar en la convocatoria deben presentar, en el plazo de 3 meses desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria, la siguiente documentación:

Solicitud de participación en la convocatoria de acuerdo con el modelo que consta en el anexo III de esta resolución.

  • Documentación original o compulsada que acredite el cumplimiento de los requisitos y los méritos alegados.
  • Deberá acompañarse certificación de traducción jurada a la lengua catalana o castellana de todos aquellos documentos que no estén redactados en uno de estos idiomas.
  • Proyecto de Investigación y apartado de apuesta Estratégica de contribución para desarrollo del IdISBa.
  • Currículum vitae.

La documentación referida en el punto anterior se puede presentar en el registro del Servicio de Salud de las Illes Balears, ubicado en la calle Reina Esclaramunda, número 9, de Palma (07003), o en cualquiera de los lugares referidos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

V. Criterios de selección y desarrollo del proceso selectivo

1. El sistema selectivo será el de concurso, de acuerdo con el baremo de méritos especificado en el anexo II adjunto a esta resolución, por el cual se podrá obtener una puntuación máxima de 10 puntos.

2. El desarrollo del proceso selectivo será el siguiente:

a. Listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos (con la causa de exclusión) para participar en la convocatoria: Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Comisión de Selección verificará que las personas aspirantes han presentado la solicitud dentro del plazo referido en el punto 4 anterior y que cumplen los requisitos exigidos en la convocatoria, y confeccionará y publicará en la página web www.ibsalut.es y www.idisba.es  las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos (con la causa de exclusión) para participar en la convocatoria.

Las personas interesadas dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de estas listas, para presentar reclamaciones –que no tendrán carácter de recurso- o para enmendar los defectos apreciados.

b. Listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos (con la causa de exclusión) para participar en la convocatoria: Transcurrido el plazo de los 10 días hábiles referido en el párrafo anterior, y una vez resueltas, en su caso, las reclamaciones o enmiendas que se presenten por la Comisión de Selección, ésta confeccionará y publicará en la página web www.ibsalut.es y www.idisba.es las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos (con la causa de exclusión) para participar en la convocatoria.

Junto con la publicación de las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos, se anunciará el lugar, fecha y hora en que se llevará a cabo la entrevista con las personas admitidas a que se refiere el apartado 6 del baremo de méritos.

c. Listas provisionales de méritos: Una vez publicadas las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos (con la causa de exclusión) para participar en la convocatoria, la Comisión de Selección baremará los méritos alegados y aportados junto con la solicitud por cada una de las personas admitidas de acuerdo con el baremo de méritos del anexo II adjunto, y confeccionará y publicará en la página web www.ibsalut.es y www.idisba.es las listas provisionales de méritos.

Las personas interesadas dispondrán de un plazo de 5 días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de estas listas, para presentar reclamaciones –que no tendrán carácter de recurso- o para enmendar los defectos apreciados.

d. Listas definitivas de méritos y puntuación total del procedimiento: Transcurrido el plazo de los 5 días hábiles referido en el párrafo anterior, y una vez resueltas, en su caso, las reclamaciones o enmiendas que se presenten por la Comisión de Selección, ésta confeccionará y publicará en la página web www.ibsalut.es y www.idisba.es las listas definitivas de méritos.

Junto con dichas listas definitivas de méritos, se publicarán las listas con las puntuaciones totales del proceso selectivo con indicación del orden de prelación definitivo.

e. Resolución de la convocatoria: Finalizado el proceso selectivo, la Comisión de Selección elevará a los órganos convocantes la propuesta de resolución de la convocatoria con el orden de prelación definitivo, para que estos órganos resuelvan la presente convocatoria por medio de una resolución que debe publicarse en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

VI. Comisión de Selección

1. La Comisión de Selección está compuesta por los miembros siguientes:

- Un/a presidente/a: Miquel Fiol Sala, Director Científico de IdISBa.

- Seis vocales:

  • Julia García Fuster, Subdirectora Científica del IdISBa.
  • Maria Adoración Romaguera Bosch, Investigadora del IdISBa.
  • Antonio Gayà Puig, investigador de IdISBa.
  • Dr Joan Benejam Gual, Uròleg Hospital de Manacor.
  • Dr. Maties Torrent Quetglas, Tècnic de Salut y Responsable de Formació Área de Salut de Menorca.
  • Dr. Bartolomé Boned Serra , pediatra Hospital can Misses.

- Un/a secretario/a: Carolina Millán Pons, responsable de recursos humanos del IdISBa

2. En cuanto a la abstención y la recusación de los miembros de la Comisión de Selección debe estarse a lo establecido en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en los artículos 22 y 23 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo.

3. Las funciones de la Comisión de Selección son les que siguen:

a) Verificar que las personas aspirantes han presentado la solicitud dentro del plazo referido en el punto 4 anterior y que cumplen los requisitos exigidos en la convocatoria.

b) Valorar los méritos alegados y aportados junto con la solicitud por cada una de las personas aspirantes participantes en la convocatoria de acuerdo con el baremo de méritos del anexo II adjunto.

c) Confeccionar y publicar las listas provisionales y definitivas de aspirantes admitidos y excluidos (con la causa de exclusión) para participar en la convocatoria.

d)   Confeccionar y publicar las listas provisionales y definitivas de los méritos de las personas aspirantes admitidas de acuerdo con el baremo de méritos del anexo II adjunto.

e)   Resolver las reclamaciones o enmiendas que se presenten, así como las dudas que surjan en la aplicación del baremo de méritos.

f) Elevar al órgano convocante la propuesta de resolución de la convocatoria con el orden de prelación definitivo.

g)   Cualquier otra referida al desarrollo del proceso.

VII. Nombramiento y toma de posesión

1.   La persona seleccionada dispondrá de un plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación en el BOIB., para tomar posesión de la plaza estatutaria y para firmar el correspondiente contrato.

2.   La toma de posesión y la firma del contrato quedará condicionada a presentar un informe médico que acredite la aptitud psicofísica para el desempeño del puesto adjudicado.

 

ANEXO II BAREMO DE MÉRITOS (Máximo 10 puntos)

1. Experiencia profesional en tareas propias del puesto de trabajo asistencial (méritos últimos 10 años).  Máximo 0,8 puntos.

  • 0,00666 puntos per mes de trabajo

2. Méritos docentes. Máximo 2 puntos.

2.1. En formación especializada de residentes últimos 10 años. Máximo 0,5 puntos.

  • 0,005 puntos por mes como tutor o técnico de unidad docente.
  • 0,01 puntos por mes como jefe de unidad docente.

2.2 En formación universitaria. Máximo 1,5 puntos.

  • Acreditado como contratado ayudante doctor (0,25 puntos)
  • Acreditado como contratado doctor (0,5 puntos)
  • Acreditado como profesor titular ANECA o equivalente (1 punto)
  • Acreditado como catedrático ANECA o equivalente (1,5 puntos)

3.   Experiencia Investigadora. Máximo 4 puntos.

3.1 Publicaciones WoS, según JCR año publicación. Originales, editoriales. Máximo 1,5 puntos. (Méritos últimos 5 años)

  • Primer autor, último autor o corresponding author. 0,08 puntos por publicación D1.
  • Primer autor, último autor o corresponding author. 0,05 puntos por publicación q1.
  • Primer autor, último autor o corresponding author. 0,03 puntos por publicación q2.
  • Primer autor, último autor o corresponding author. 0,01 puntos por publicación q3, q4.
  • Otro firmante: 0,03 puntos por publicación D1
  • Otro firmante: 0,01 puntos por publicación q1
  • Otro firmante:0,005 puntos por publicación q2
  • Otro firmante: 0,003 puntos por publicación q3, q4

3.2 Proyectos de investigación como IP. Máximo 1,5 puntos. (Méritos proyectos aprobados los últimos 10 años).

· Investigador principal de proyecto competitivo público internacional. 0,3 puntos.

  • Co-IP o Jefe de paquete de trabajo WP  de proyecto       competitivo público internacional. 0,15 puntos
  • Investigador colaborador de proyecto competitivo público internacional. 0,05 puntos
  • Investigador principal de proyecto competitivo público nacional. 0,1 puntos.
  • Co-  Investigador principal de    proyecto competitivo público nacional. 0,05 puntos,
  • Investigador colaborador de      proyecto competitivo público nacional. 0,005 puntos.
  • Investigador     principal            de        proyecto           competitivo       privado nacional/internacional. 0,05 puntos.
  • Co- Investigador principal de proyecto competitivo privado nacional. 0,025 puntos.
  • Investigador colaborador de      proyecto competitivo privado nacional. 0,002 puntos.
  • Investigador principal    de proyecto competitivo privado autonómico. 0,02 puntos.
  • Co- Investigador principal de proyecto competitivo privado autonómico. 0,01 puntos.
  • Investigador colaborador de      proyecto competitivo privado autonómico. 0,001 puntos.
  • Colaborador proyectes no competitivos nacionales/internacionales (ensayos clínicos,...) 0,001puntos.

3.3 Capacidad captación fondos competitivos de investigación, innovación, traslación clínica, liderazgo de grupos... Máximo 1 punto. (Méritos últimos 10 años)

  • Fondos captados para investigación (máximo 0,5 puntos):
  • Responsable de la captación como IP o coIP: 0,1 puntos por cada 200.000€ de fondos
  • Transferencia: (máximo 0,5 puntos):
  • Guías e Informes para agencias internacionales (0,1 puntos si editor o primer autor, 0,02 puntos si otro autor).
  • Guías e Informes para agencias nacionales, servicios públicos de salud (0,05 puntos si editor o primer autor, 0,01 puntos si otro autor).
  • Libros científicos: 0,05 puntos si primer autor o editor, 0,01 puntos por capítulo
  • Registro propiedad intelectual: 0,05 puntos
  • Patente licenciada: 0,2 puntos
  • Liderazgo de grupos de investigación reconocidos. máximo 0,1 puntos

4. Idiomas. Conocimientos de otros idiomas diferentes a los propios y oficiales de la CAIB. Máximo 0,2 puntos.

0,1 punto por Idioma, demostrando fluidez con la titulación correspondiente (equivalente a C1) o en tiempo de residencia por trabajo superior a 1 año en el país de habla del idioma.

5.   Proyecto de investigación y apartado de apuesta estratégica de contribución para desarrollo del IdISBa. Máximo 2 puntos.

6.   Entrevista. Máximo 1 punto.

Esta entrevista podrá hacerse en todo o en parte en Inglés. 

 

ANEXO II Formulario de inscripción para la oferta de  la provisión con carácter interino de una plaza vacante de personal estatutario sanitario del subgrupo A1 dependiente de alguna de las Gerencias del Servicio de Salud de las Illes Balears del Área de Salud de Mallorca (HUSE, HSLL o GAP Mallorca) y, de otra parte, la contratación como investigador/a clínico/a dentro del programa "CLINIC" del proyecto "TALENT PLUS. Construyendo Salud, Generando Valor", financiado por el Plan Anual 2018 del Impuesto de turismo sostenible

Nombre:

Apellidos:

DNI:

Dirección:

Teléfono de contacto:

Correo electrónico:

EXPONGO

Que he tenido conocimiento de la convocatoria del proceso selectivo la provisión con carácter interino de una plaza vacante de personal estatutario sanitario del subgrupo A1 dependiente de alguna de las Gerencias del Servicio de Salud de las Illes Balears del Área de Salud de Mallorca (HUSE, HSLL o GAP Mallorca) y, de otra parte, la contratación como investigador/a clínico/a dentro del programa "CLINIC" del proyecto "TALENT PLUS. Construyendo Salud, Generando Valor", financiado por el Plan Anual 2018 del Impuesto de turismo sostenible

DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA

Titulación exigida como requisito. (Documento 1)

Doctorado. (Documento 1.1)

Fotocopia del DNI o NIE. (Documento 2)

CV actualizado. (Documento 3)

Haber completado la Formación Sanitaria Especializada vía MIR o equivalentes (Documento 4)

Nivel de Inglés (Documento 5)

Documentación acreditativa de los méritos y autobaremo rellenado por la persona interesada. (Especificar en el autobaremo)

DECLARO

Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

No haber sufrido un despido mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna entidad del sector público, de órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni estar en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. En el caso de ser nacional de otro Estado, no estar en inhabilitación o en situación equivalente ni haber recibido sanción disciplinaria o equivalente que impida, en mi Estado y en los mismos términos, el acceso al empleo público.

Así, por todo lo expuesto,

SOLICITO

Mi admisión para formar parte del proceso de selección para la provisión con carácter interino de una plaza vacante de personal estatutario sanitario del subgrupo A1 dependiente de alguna de las Gerencias del Servicio de Salud de las Illes Balears del Área de Salud de Mallorca (HUSE, HSLL o GAP Mallorca) y, de otra parte, la contratación como investigador/a clínico/a dentro del programa "CLINIC" del proyecto "TALENT PLUS. Construyendo Salud, Generando Valor", financiado por el Plan Anual 2018 del Impuesto de turismo sostenible

Palma, _____________________

Firma

 

 

ANEXO III  AUTOAVALUACIÓN DE MÉRITOS

La provisión con carácter interino de una plaza vacante de personal estatutario sanitario del subgrupo A1 dependiente de alguna de las Gerencias del Servicio de Salud de las Illes Balears del Área de Salud de Mallorca (HUSE, HSLL o GAP Mallorca) y, de otra parte, la contratación como investigador/a clínico/a dentro del programa "CLINIC" del proyecto "TALENT PLUS. Construyendo Salud, Generando Valor", financiado por el Plan Anual 2018 del Impuesto de turismo sostenible

NOMBRE

 

PUNTOS MÀX.

PUNTOS

DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA ADJUNTA*

EXPERIÈNCIA PROFESIONAL  en tareas propias del puesto de Trabajo assistencial  (méritos últimos 10 años).  Máximo 0,8 puntos.

0,8

 

 

0,00666 puntos por mes trabajado

0,8

 

 

Méritos docentes. Máximo 2 puntos.

2

 

 

En formación especializada de residentes los últimos  10 añoss. Máximo 0,5 puntos.

0,5

 

 

0,005 puntos por mes como  tutor o técnico de unidad docente

               

0.5

 

 

0,01 puntos por mes como Jefe de unidad docente

0.5

 

 

En formación universitaria. Máximo 1,5 puntos.

1,5

 

 

Acreditado como contratado ayudante doctor (0,25 puntos)

0,25

 

 

Acreditado como contratado doctor (0,5 puntos)

0,5

 

 

Acreditado como profesor titular ANECA o equivalente (1 punto)

1

 

 

Acreditado como catedrático ANECA o equivalente (1,5 puntos)

1,5

 

 

Experiencia investigadora. Máximo 4 puntos.

4

 

 

Publicaciones WoS, de acuerdo con el JCR año  publicación. Originales, editoriales. Máximo 1,5 puntos. (Méritos  últimos 5 años)

1,5

 

 

Primer autor, último autor o corresponding author. 0,08 puntos por publicación D1.

 

 

 

Primer autor, último autor o corresponding author. 0,05 puntos por publicación q1.

 

 

 

Primer autor, último autor o corresponding author. 0,03 puntos por publicación q2.

 

 

 

Primer autor, último autor o corresponding author. 0,01 puntos por publicación q3, q4.

 

 

 

Otro firmante: 0,03 puntos por publicación D1

 

 

 

Otro firmante: 0,01 puntos por publicación q1

 

 

 

Otro firmante:0,005 puntos por publicación q2

 

 

 

Otro firmante: 0,003 puntos por publicación q3, q4

 

 

 

Proyectos deinvestigación como IP. Máximo 1,5 puntos. (Méritos proyectos aprobados en los  10 años).

1,5

 

 

Investigador principal de proyecto competitivo público internacional. 0,3 puntos.

0,3

 

 

Co-IP o Jefe de paquete de trabajo WP  de proyecto               competitivo público internacional. 0,15 puntos

0,15

 

 

Investigador colaborador de proyecto competitivo público internacional. 0,05 puntos

0,05

 

 

Investigador principal de proyecto competitivo público nacional. 0,1 puntos.

0,1

 

 

Co-  Investigador principal de        proyecto competitivo público nacional. 0,05 puntos,

0,05

 

 

Investigador colaborador de          proyecto competitivo público nacional. 0,005 puntos.

0,005

 

 

Investigador        principal               de           proyecto               competitivo          privado nacional/internacional. 0,05 puntos.

0,05

 

 

Co- Investigador principal de proyecto competitivo privado nacional. 0,025 puntos.

0,025

 

 

Investigador colaborador de          proyecto competitivo privado nacional. 0,002 puntos.

0,002

 

 

Investigador principal       de proyecto competitivo privado autonómico. 0,02 puntos.

0,02

 

 

Co- Investigador principal de proyecto competitivo privado autonómico. 0,01 puntos.

0,01

 

 

Investigador colaborador de          proyecto competitivo privado autonómico. 0,001 puntos

0,001

 

 

Colaborador proyectes no competitivos nacionales/internacionales (ensayos clínicos,...) 0,001puntos.

0,001

 

 

Capacidad de  captación de fondos competitivos de investigación, innovación, traslación clínica, liderage de grupos... Máximo 1 punto. (Méritos últimos 10 años)

1

 

 

Fondos captados para investigación (máximo 0,5 puntos):

0,5

 

 

Responsable de la captación como IP o coIP: 0,1 puntos por cada 200.000€ de fondos

 

 

 

Transferencia: (máximo 0,5 puntos):

0,5

 

 

Guías e Informes para agencias internacionales (0,1 puntos si editor o primer autor, 0,02 puntos si otro autor).

 

 

 

Guías e Informes para agencias nacionales, servicios públicos de salud (0,05 puntos si editor o primer autor, 0,01 puntos si otro autor).

 

 

 

Libros científicos: 0,05 puntos si primer autor o editor, 0,01 puntos por capítulo

 

 

 

Registro propiedad intelectual: 0,05 puntos

 

 

 

Patente licenciada: 0,2 puntos

 

 

 

Liderazgo de grupos de investigación reconocidos. máximo 0,1 puntos

0,1

 

 

CONOCIMIENTOS DE IDIOMAS

0,2

 

 

Conocimientos de otros idiomas diferentes a los propios y oficiales de la CAIB. Máximo 0,2 puntos.

0,1 punto por Idioma, demostrando fluidez con la titulación correspondiente (equivalente a C1) o en tiempo de residencia por trabajo superior a 1 año en el país de habla del idioma.

0,2

 

 

Proyecto de investigación y apartado de apuesta estratégica de contribución para desarrollo del IdISBa

2

 

 

ENTREVISTA

1

X

 

TOTAL

 

* Es necesario especificar con claridad cada uno de los documentos acreditativos que adjunteis por el correcto computo de la puntuación. (Ej.: certificado B2 de Inglés de la EOI)