Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO
Núm. 12086
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares relativo a la solicitud de modificación sustancial de la Autorización Ambiental Integrada de la fábrica de cemento de Lloseta, promovida por Cemex España Operaciones SLU, consistente en la obtención y expedición de árido para la construcción (IPPC M 15/2019)
En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 24.3 del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, se publica el Acuerdo del Pleno de la CMAIB, en sesión de día 23 de julio de 2020, corregido en sesión de día 29 de octubre de 2020,
CONSIDERANDO
1. Que CEMEX España Operaciones SLU ha solicitado la modificación sustancial de la autorización ambiental integrada de la fábrica de cemento de Lloseta, consistente en la obtención y expedición de árido para la construcción.
2. Que la documentación aportada justifica que se trata de una modificación sustancial, en cumplimiento del art. 14 del RD 815/2013 de 18 de octubre, por el cual se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002.
3. Que los informes emitidos por los órganos consultados son favorables, consideran la modificación como sustancial y proponen una serie de condicionantes y/o modificaciones.
ACUERDA
Primero.- Otorgar la modificación sustancial de la autorización ambiental integrada de la fábrica de cemento de Lloseta, a solicitud de CEMEX España Operaciones SLU, consistente en la obtención y expedición de árido para la construcción, con las condiciones de explotación, capacidad y procesos indicados en el proyecto técnico que acompaña la solicitud y con sujeción a las siguientes condiciones y/o modificaciones:
Donde dice:
1. Objeto
La presente AAI se concede a Cemex España Operaciones S.A.U., única y exclusivamente para la fabricación de cemento, todo según lo establecido en el proyecto de adecuación de 22 de diciembre de 2005, con las medidas correctoras que se proponen y la documentación complementaria aportada.
La instalación se categoriza dentro del epígrafe 3.1.a (i / ii) del anexo 1 de la Ley 16/2002.
Tiene que decir:
1. Objeto
La presente AAI se concede a Cemex España Operaciones S.A.U., para la fabricación de cemento, todo según lo establecido en el proyecto de adecuación de 22 de diciembre de 2005, con las medidas correctoras que se proponen y la documentación complementaria aportada.
La instalación se categoriza dentro del epígrafe 3.1.a (i / ii) del anexo 1 del RDL 1/2016, de 16 de diciembre.
El promotor también podrá realizar tratamiento de materias primas procedentes de la explotación de la cantera de la que se abastece la fábrica con el fin de obtener un producto de valor comercial como áridos para la construcción, según el proyecto "PROYECTO DE MODIFICACIÓN SUSTANCIAL DE LA AAI DE LA FÁBRICA DE CEMEX EN LLOSETA PARA LA ADECUACIÓN Y MEJORA DE SUS INSTALACIONES, PARA LA OBTENCIÓN Y EXPEDICIÓN DE ÁRIDO PARA LA CONSTRUCCIÓN" de 14 de enero de 2020, redactado por Ricardo Torres Alemany (Ingeniero Industrial).
Donde dice:
2. Declaración de impacto ambiental
En fecha 31 de julio de 2008 la Comisión Permanente de la Comisión Balear de Medio Ambiente acordó no sujetar a evaluación de impacto ambiental el proyecto de ampliación de la fábrica de cemento con planta trituradora de biomasa.
Tiene que decir:
2. Declaración de impacto ambiental
En fecha 31 de julio de 2008 la Comisión Permanente de la Comisión Balear de Medio Ambiente acordó no sujetar a evaluación de impacto ambiental el proyecto de ampliación de la fábrica de cemento con planta trituradora de biomasa.
En fecha 30 de marzo de 2020 el Presidente de la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares emitió la declaración de impacto ambiental del proyecto de adecuación y mejora de las instalaciones para la obtención y expedición de áridos para la construcción promovido por CEMEX ESPAÑA OPERACIONES, SLU (BOIB n.º 60 de 23 de abril de 2020), siempre que se cumplan las medidas preventivas y correctoras previstas en la EIA y en el proyecto de modificación de 14 de enero de 2020, redactados por Ricardo Torres Alemany (Ingeniero Industrial) y en la Autorización Ambiental Integrada vigente, además de los siguientes condicionantes:
1. Se desarrollará un sistema de reutilización de aguas pluviales para emplearse para el riego de las instalaciones, limpieza de ruedas de los camiones y para la pulverización de la maquinaria de trituración, y disminuir al máximo el uso de agua de pozo. Otra opción es el uso de aguas regeneradas provenientes de depuradoras, en el supuesto de que tengan la calidad necesaria para su uso.
2. Se tomarán medidas adicionales de prevención de la contaminación atmosférica (emisión de polvo), una vez se instale la maquinaria en planta, del tipo carenado de intersecciones, cintas, descargas.
3. Se evitarán los trabajos de descarga de áridos y de transporte con cintas transportadoras al aire libre en días de fuerte viento.
4. El promotor estudiará la implantación de sistemas de suministro energético 100% de energías renovables en las instalaciones.
5. Se asignará un responsable medioambiental durante la fase de obras encargado de vigilar y hacer cumplir el Plan de Vigilancia Ambiental.
6. Se incluirá dentro del Plan de Vigilancia Ambiental lo siguiente:
-Una auditoría energética para evaluar y determinar medidas para minimizar las necesidades energéticas de las instalaciones.
-Una estimación de las emisiones de gases de efecto invernadero de tipo directo (consumo directo de combustibles fósiles por maquinaria o medios de transporte) y las indirectas e inducidas.
-Un análisis de las medidas destinadas a minimizar o compensar las emisiones de gases de efecto invernadero en caso de que no se puedan evitar. Registros de control.
Donde dice:
8.2.2. Actividades con emisiones difusas/focos no canalizados
Las actividades que pueden producir emisiones difusas de partículas son las siguientes:
1. Nave de adiciones
2. Zona del puente grua
3. Posibles acopios temporales de clínker
4. Nave de arcilla
5. Nave de otras materias primas
6. Zona de trituración de biomasa
7. Zona de tolvas de dosificación de materias primas
8. Puntos de transferencia de cintas transportadoras
9. Zona de descarga al lado de la nave de clínker
10. Zona “teja” del horno Krupp
11. Cinta transportadora alimentación molino cemento
12. Parque cubierto de caliza
13. Zona de tolva y silo de clínker
14. Entrada a machacadora de materias primas.
De acuerdo con la información de que se dispone, el consumo de materias primas es de más de 3.000.000 t/año, y por tanto de más de 8.200 t/día, sin considerar la manipulación de clínker y de cemento. Por lo tanto, estas actividades se clasifican en el grupo B código 04 06 17 50 Almacenamiento u operaciones de manipulación, mezclado, separación, clasificación, transporte o reducción de tamaño de materiales pulverulentos en la industria de ......o resto de actividades diversas no especificadas en otros epígrafes en instalaciones industriales, ....con capacidad de manipulación de estos materiales >= 1.000t/dia.
Tiene que decir:
8.2.2. Actividades con emisiones difusas/focos no canalizados
Las actividades que pueden producir emisiones difusas de partículas son las siguientes:
1. Nave de adiciones
2. Zona del puente grúa
3. Posibles acopios temporales de clínker
4. Nave de arcilla
5. Nave de otras materias primas
6. Zona de trituración de biomasa
7. Zona de tolvas de dosificación de materias primas
8. Puntos de transferencia de cintas transportadoras
9. Zona de descarga al lado de la nave de clínker
10. Zona “teja” del horno Krupp
11. Cinta transportadora alimentación molino cemento
12. Parque cubierto de caliza
13. Zona de tolva y silo de clínker
14. Entrada a machacadora de materias primas
15. Nueva planta de fabricación de árido para construcción
El conjunto de todos los viales existentes en la instalación se considera de forma genérica como punto 16 viales y circulación de vehículos.
De acuerdo con la información de que se dispone, el consumo de materias primas es de más de 3.000.000 t/año, y por tanto de más de 8.200 t/día, sin considerar la manipulación de clínker y de cemento. Por lo tanto, estas actividades se clasifican en el grupo B código 04 06 17 50 Almacenamiento u operaciones de manipulación, mezclado, separación, clasificación, transporte o reducción de medida de materiales pulverulentos en la industria de ...... o resto de actividades diversas no especificadas en otros epígrafes en instalaciones industriales, .... con capacidad de manipulación de estos materiales> = 1.000t / día.
Donde dice:
8.4. Controles y valores límite de emisión: Emisiones difusas
8.4.1. Medidas correctoras y/o preventivas
Para las actividades con emisiones difusas identificados antes, así como para todos los acopios y focos no permanentes, tanto en las instalaciones de la fábrica como las instalaciones anejas, se tiene que realizar un buen mantenimiento de las medidas correctoras y preventivas implementadas así como seguir las recomendaciones del documento de las Mejores técnicas disponibles (MTD) del sector del cemento.
La existencia, mantenimiento y eficacia de las medidas correctoras y preventivas de emisiones difusas del conjunto de la instalación, tienen que ser comprobadas por un Organismo de control autorizado (OCA) una vez al año, elaborando el correspondiente informe de valoración.
Mantenimiento de medidas preventivas:
Todas las puertas, placas, cajas, silos y carenados que ya existen, para prevención de polvo, permanecerán debidamente cerrados y en buen estado de conservación. Se llevará a cabo un registro de los mantenimientos que se efectúen.
Los filtros de mangas tienen que estar igualmente muy mantenidos, con un control de mangas periódico del cual se mantendrá un registro.
Ante cualquier incidencia que evidencie que los filtros no están reteniendo el polvo se dará lugar en una parada inmediata del proceso correspondiente hasta que se haya resuelto el problema.
Se llevará a cabo un registro de aquellas incidencias ocurridas que puedan haber provocado importantes emisiones de polvo.
La descarga con camión de materias primas se efectuará en lugar cerrado. En caso de que no sea posible y se tenga que almacenar a la intemperie se hará en zona resguardada y nunca en altura. El movimiento de pala evitará igualmente la emisión de polvo.
El almacenamiento de materias primas se hará en nave cerrada o silo. En su defecto se hará en lugar protegido del viento y minimizando la emisión de polvo fuera de las instalaciones.
Las vías de la instalación estarán todas pavimentadas. Se limpiarán periódicamente de forma que no se aprecien capas de material pulverulento encima. La limpieza tiene que venir acompañada de un riego previo para evitar emisión de polvo. Además estos viales serán regados sistemáticamente, con periodicidad variable en función de la meteorología.
La velocidad máxima en estos viales será de 20 Km/h.
En caso de que se tuviera que utilizar puntualmente un vial que no estuviera adecuadamente pavimentado, los camiones no podrán superar los 10 Km/h, se adicionará una capa de graba o similar y se llevará a cabo un riego sistemático.
En la salida de las instalaciones se dispone de un lavador de ruedas de camiones. Se mantendrá en activo y los camiones tendrán que pasar por este antes de salir al exterior.
Parar los motores de los vehículos cuando no estén en funcionamiento.
4. Medidas nuevas:
El clínker se almacenará en silo. En su defecto se podrá almacenar en nave, pero los laterales de esta tendrán que disponer de barreras que retengan el polvo.
Aquellos puntos que actualmente actúan como focos de emisión difusa de pulso que se puedan canalizar mediante cierre y aspiración hacia filtro de mangas se canalizarán.
Aquellos puntos que pueden actuar como grandes emisores de polvo ante incidencias puntuales, como por ejemplo las salidas inferiores de los silos, se mantendrán correctamente cerrados.
En los umbrales de la instalación y en aquellos puntos donde la emisión de polvo pueda ser más importante se instalarán barreras de protección del viento, con vegetación o bien con otro tipo de barrera de retención.
8.4.2. Control de emisiones de partículas sedimentables
1. Cada año se harán autocontroles de medidas de partículas sedimentables, entre los meses de abril a septiembre.
2. La duración de cada campaña será de cuatro semanas y se tendrá que colocar al menos tres captadores de partículas simultáneamente. Se tendrá que disponer de al menos dos datos válidos por año y para cada uno de los tres captadores.
3. La ubicación y número de los equipos de medida se acordará previamente con el departamento competente en materia de contaminación atmosférica.
4. Se establece como valor objetivo de este control el de 300 mg/m².día
5. Los datos obtenidos así como la descripción de las condiciones meteorológicas (lluvia, dirección y velocidad de viento...) además de si ha habido episodios de intrusión sahariana durante el periodo, se remitirán al departamento competente en materia de contaminación atmosférica.
Tiene que decir:
8.4. Controles y valores límite de emisión: Emisiones difusas
8.4.1. Medidas correctoras y/o preventivas
1. Para las actividades con emisiones difusas identificados antes, así como para todos los acopios y focos no permanentes, tanto en las instalaciones de la fábrica como las instalaciones anejas, se tiene que realizar un buen mantenimiento de las medidas correctoras y preventivas así como seguir las recomendaciones del documento de las Mejores técnicas disponibles (MTD) del sector del cemento.
2. La existencia, mantenimiento y eficacia de las medidas correctoras y preventivas de emisiones difusas del conjunto de la instalación, tienen que ser comprobadas por un Organismo de control autorizado (OCA) una vez al año, elaborando el correspondiente informe de valoración.
3. Medidas preventivas:
- Todas las puertas, placas, cajas, silos y carenados, para prevención de polvo, permanecerán debidamente cerrados y en buen estado de conservación. Se llevará a cabo un registro de los mantenimientos que se efectúen.
- Los filtros de mangas tienen que estar igualmente bien mantenidos, con un control de mangas periódico del que se mantendrá un registro.
- Ante cualquier incidencia que evidencie que los filtros no están reteniendo el polvo se dará lugar a una parada inmediata del proceso correspondiente hasta que se haya resuelto el problema.
- Se llevará a cabo un registro de aquellas incidencias ocurridas que puedan haber provocado importantes emisiones de polvo.
- La descarga con camión de materias primas se efectuará en lugar cerrado. En caso de que no sea posible y se tenga que almacenar a la intemperie se hará en zona resguardada y nunca en altura. El movimiento de pala evitará igualmente la emisión de polvo.
- El almacenamiento de materias primas se hará en nave cerrada o silo. En su defecto se hará en lugar protegido del viento y minimizando la emisión de polvo fuera de las instalaciones.
- Las vías de la instalación estarán todas pavimentadas. Se limpiarán periódicamente de forma que no se aprecien capas de material pulverulento encima. La limpieza tiene que ir acompañada de un riego previo para evitar emisión de polvo. Además estos viales serán regados sistemáticamente, con periodicidad variable en función de la meteorología.
- La velocidad máxima en estos viales será de 20 Km/h.
- En caso de que se tuviera que utilizar puntualmente un vial que no estuviera adecuadamente pavimentado, los camiones no podrán superar los 10 Km/h, se adicionará una capa de grava o similar y se llevará a cabo un riego sistemático.
- En la salida de las instalaciones se dispone de un lavador de ruedas de camiones. Se mantendrá en activo y los camiones tendrán que pasar por este antes de salir al exterior.
- Parar los motores de los vehículos cuando no estén en funcionamiento.
- El clínker se almacenará en silo. En su defecto se podrá almacenar en nave, pero los laterales de esta tendrán que disponer de barreras que retengan el polvo.
- Aquellos puntos que actualmente actúan como focos de emisión difusa de polvo que se puedan canalizar mediante cierre y aspiración hacia filtro de mangas se canalizarán.
- Aquellos puntos que pueden actuar como grandes emisores de polvo ante incidencias puntuales, como por ejemplo las salidas inferiores de los silos, se mantendrán correctamente cerrados.
- En los umbrales de la instalación y en aquellos puntos donde la emisión de polvo pueda ser más importante se instalarán barreras de protección del viento, con vegetación o bien con otro tipo de barrera de retención.
- A continuación se indican las medidas correctoras aplicables en cada foco no canalizado:
Núm. foco |
Descripción |
Medida correctora |
---|---|---|
FNC-1 |
Nave de adiciones |
Almacenamiento en zona cerrada o silos |
Carenados y cerramientos correctos |
||
Descarga con camiones de materias primas en sitios cerrados |
||
Registro de incidencias y de operaciones de mantenimiento |
||
FNC-2 |
Zona del puente grúa |
Almacenamiento en zona cerrada o silos |
Carenados y cerramientos correctos |
||
Descarga con camiones de materias primas en sitios cerrados |
||
FNC-3 |
Posibles acopios temporales de clínquer |
Zona protegida del viento y minimizando la emisión de polvo fuera de las instalaciones |
Registro de incidencias y de operaciones de mantenimiento |
||
FNC-4 |
Nave de arcilla |
Almacenamiento en zona cerrada o silos correctamente cerrado |
Descarga que evite la emisión de polvo |
||
FNC-5 |
Nave de otras materias primas |
Almacenamiento en zona cerrada o silos |
Descarga que evite la emisión de polvo |
||
FNC-6 |
Zona de trituración de biomasa |
Almacenamiento en zona cerrada o silos correctamente cerrado |
Descarga que evite la emisión de polvo |
||
Cintas carenadas |
||
Registro de incidencias y de operaciones de mantenimiento |
||
FNC-7 |
Zona de tolvas de dosificación de materias primas |
Almacenamiento en zona cerrada o silos correctamente cerrado |
Descarga que evite la emisión de polvo |
||
Cintas carenadas |
||
Registro de incidencias y de operaciones de mantenimiento |
||
FNC-8 |
Puntos de transferencia de cintas transportadoras |
Cintas carenadas |
Cerramientos en buen estado |
||
Registro de incidencias y de operaciones de mantenimiento |
||
FNC-9 |
Zona de descarga al lado de la nave de clínquer |
Descarga que evite la emisión de polvo |
FNC-10 |
Zona “teja” del horno Krupp |
Cerramientos en buen estado |
FNC-11 |
Cinta transportadora alimentación molino cemento |
Cintas carenadas |
Descarga que evite la emisión de polvo |
||
Registro de incidencias y de operaciones de mantenimiento |
||
FNC-12 |
Parque cubierto de calcárea |
Almacenamiento en zona cerrada o silos correctamente cerrado |
Descarga que evite la emisión de polvo |
||
FNC-13 |
Zona de tolva y silo de clínquer |
Almacenamiento en zona cerrada o silos o nave con barreras que retengan el polvo |
Cintas carenadas |
||
FNC-14 |
Entrada a machacadora de materias primas |
Almacenamiento en zona cerrada o silos o en su defecto zona protegida del viento, correctamente cerrada |
Descarga que evite la emisión de polvo |
||
FNC-15 |
Nova planta de fabricación de árido para construcción
|
Cintas transportadoras carenadas |
Entubado/carenado de la caída de la cinta |
||
Distribución de áridos tal que los acopios de árido fino queden protegidos del viento |
||
Humectación de los apilamientos en la capa superficial |
||
Registro de incidencias y de operaciones de mantenimiento |
||
Salida de camiones cubiertos con lona |
||
Sistema de riego por pulverización de agua |
||
Limpieza mensual mínima de la maquinaria y de la zona de afección |
||
Cierre de cribas (cribas) |
||
Carga camiones minimizando la emisión de polvo |
||
FNC-16 |
Viales y circulación de vehículos |
Las vías de la instalación estarán todas pavimentadas |
Se limpiarán periódicamente de manera que no se aprecien capas de material pulverulento |
||
La limpieza tiene que ir acompañada de un riego previo para evitar emisión de polvo |
||
La velocidad máxima en estos viales será de 20 Km/h |
||
Los camiones no podrán superar los 10 Km/h en zonas no pavimentadas |
||
Limpiador de ruedas a la salida de las instalaciones |
||
Registro de incidencias y de operaciones de mantenimiento |
||
En los umbrales de la instalación y en aquellos puntos donde la emisión de pueda ser más importante se instalarán barreras de protección del viento, con vegetación o bien con otro tipo de barrera de retención |
8.4.2. Control de emisiones de partículas sedimentables
1. Cada año se harán autocontroles de medidas de partículas sedimentables, entre los meses de abril a septiembre.
2. La duración de cada campaña será de cuatro semanas y se tendrá que colocar al menos tres captadores de partículas simultáneamente. Se tendrá que disponer de al menos dos datos válidos por año y para cada uno de los tres captadores.
3. La ubicación y número de los equipos de medida se acordará cada año previamente con el departamento competente en materia de contaminación atmosférica.
4. Se establece como valor objetivo de este control el de 300 mg/m².día
5. Los datos obtenidos así como la descripción de las condiciones meteorológicas (lluvia, dirección y velocidad de viento...) además de si ha habido episodios de intrusión sahariana durante el periodo, se remitirán al departamento competente en materia de contaminación atmosférica.
Segundo.- Antes del inicio de las obras y de acuerdo con la Declaración de Impacto Ambiental:
1- Se presentará en la CMAIB el Plan de Vigilancia Ambiental que incluya la previsión de los siguientes puntos con una calendarización:
-Una auditoría energética para evaluar y determinar medidas para minimizar las necesidades energéticas de las instalaciones.
-Una estimación de las emisiones de gases de efecto invernadero de tipo directo (consumo directo de combustibles fósiles por maquinaria o medios de transporte) y las indirectas e inducidas.
-Un análisis de las medidas destinadas a minimizar o compensar las emisiones de gases de efecto invernadero en caso de que no se puedan evitar. Registros de control.
2- Se asignará y comunicará a la CMAIB el nombre del responsable medioambiental durante la fase de obras encargado de vigilar y hacer cumplir el Plan de Vigilancia Ambiental.
Tercero.- De acuerdo con la Declaración de Impacto Ambiental se requiere la presentación en un plazo de un año de:
1- Un estudio de la implantación de sistemas de suministro energético 100% de energías renovables en las instalaciones.
2 - Sistema de reutilización de aguas pluviales para emplearse para el riego de las instalaciones, limpieza de ruedas de los camiones y para la pulverización de la maquinaria de trituración, y disminuir al máximo el uso de agua de pozo. Otra opción es usando aguas regeneradas provenientes de depuradoras, en el supuesto de que tengan la calidad necesaria para su uso.
Cuarto- Una vez finalizadas las obras, hay que inscribir en la Dirección General de Política Industrial las instalaciones nuevas o modificación de las existentes, dentro del ámbito de la Ley de Industria.
El titular tendrá que actualizar su Plan de Autoprotección para adecuarlo al nuevo modelo de funcionamiento según las modificaciones que se tienen que realizar en la actividad y presentarlo y registrarlo en la Dirección General de Emergencias.
Quinto.- En cumplimiento del artículo 78 de la Ley 7/2013, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades en las Islas Baleares, para el inicio y ejercicio de la actividad, el titular tendrá que presentar, ante la consejería competente en materia de medio ambiente, la documentación de lo que realmente se ha ejecutado, un informe del técnico director en el caso de existir variaciones entre el proyecto presentado en la solicitud y lo realmente ejecutado, para justificar que no se trata de una modificación sustancial, certificado final de obra del técnico director, acreditando el cumplimiento de las condiciones indicadas en la AAI, si cabe, y normativa sectorial de aplicación. También la documentación exigida por la normativa urbanística en cada caso, la documentación especificada en la AAI como condición para iniciar la actividad y el justificante de pago de los correspondientes tributos, si cabe.
Antes del inicio de la entrada en servicio de las nuevas instalaciones se realizará una inspección por parte de los técnicos de la Consejería de Medio Ambiente y Territorio.
Palma, 19 de noviembre de 2020
El presidente de la CMAIB Antoni Alorda Vilarrubias