Sección V. Anuncios
Subsección primera. Contratación Pública
AYUNTAMIENTO DE ALARÓ
Núm. 12062
Prórroga del contrato de gestión de los servicios municipales de abastecimiento de agua potable y de alcantarillado, con Hidrobal, Gestión de Aguas de Balears, SAU, por plazo de 5 años, con condición
(Exp. nº AAE 3178-2000, exp. nº AE 485/2020)
El pleno del ayuntamiento, en sesión celebrada el día 25 de junio de 2020, con el quorum de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la corporación, adoptó el siguiente acuerdo:
“Vista la solicitud de Hidrobal, Gestión de Aguas de Balears, SAU, (registro de entrada nº E-RE-203, de 08.06.2020), de prórroga del contrato de concesión de la gestión de los servicios municipales de abastecimiento de agua y de alcantarillado.
Vistos los trámites que constan en el expediente nº 485/2020.
Atendido el informe favorable de intervención, de 17 de junio de 2020.
Atendido el informe favorable de secretaria, de 17 de junio de 2020.
A propuesta del alcalde, el pleno del ayuntamiento en ejercicio de la atribución conferida por el artículo 47,2,j) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, acuerda:
Aprobar la prórroga del contrato de concesión de la gestión de los servicios municipales de abastecimiento de agua y de alcantarillado, de 31.07.2000, con Hidrobal, Gestión de Aguas de Balears, SAU, por plazo de 5 años, del 1 de septiembre de 2020 al 31 de agosto de 2025.
Condición añadida:
La concesionaria tiene la obligación de asumir la ejecución y financiación de inversiones por valor de 60.764,23 €, a desarrollar durante el nuevo plazo de 5 años de vigencia del contrato. El detalle y priorización de las inversiones a ejecutar y financiar por la concesionaria será definido de manera conjunta con la alcaldía, después de escuchar a los grupos municipales. En el supuesto de no llegar a acuerdo con la concesionaria para definir de manera conjunta el detalle y priorización de las inversiones a ejecutar y financiar por la contratista, lo hará la alcaldía, previa audiencia a la concesionaria.”
Lo que hacemos público para general conocimiento y efectos.
Recursos.
Contra este acuerdo, que es definitivo en vía administrativa, pueden interponerse, alternativamente, los recursos siguientes:
a) Directamente el recurso contencioso-administrativo ente el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente de la publicación del presente acuerdo.
b) El recurso de reposición potestativo ante el pleno del ayuntamiento, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de la notificación o publicación del presente acuerdo. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes des de su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de seis meses, a contar a partir del día siguiente a la desestimación presunta.
No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si procede, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa-administrativa y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Alaró, 2 de diciembre de 2020
El alcalde
Llorenç Perelló Rosselló