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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, CULTURA E IGUALDAD

Núm. 11947
Resolución de denegación de ayudas al amparo de la Resolución de la consejera de Presidencia, Cultura e Igualdad de 22 de junio de 2020 por la que se convocan ayudas, con carácter de urgencia, para la sostenibilidad de las industrias culturales en el marco de la situación de emergencia de salud pública provocada por la pandemia de Covid-19

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Texto

Hechos

1. Las entidades que figuran en el anexo 2 han presentado a la Consejería de Presidencia, Cultura e Igualdad una solicitud de ayudas, con carácter de urgencia, para la sostenibilidad de las industrias culturales en el marco de la situación de emergencia de salud pública provocada por la pandemia de Covid-19

2. La comisión evaluadora constituida al efecto el 21 de octubre de 2020 ha examinado las solicitudes presentadas, a fin de que se pudiera emitir la propuesta de resolución de la delegada de la Presidencia para la Cultura, de 19 de octubre de 2020.

3. El 21 de octubre de 2020 se publicó en la página web de la Delegación de la Presidencia para la Cultura la Propuesta de resolución de denegación de ayudas al amparo de la resolución de la consejera de Presidencia, Cultura y igualdad de 22 de junio de 2020 por la que se convocan ayudas, con carácter de urgencia, para la sostenibilidad de las industrias culturales en el marco de la situación de emergencia de salud pública provocada por la pandemia de Covid-19

4. El órgano instructor, la comisión evaluadora y el personal técnico han examinado los expedientes y no están conformes con el otorgamiento de las ayudas a los beneficiarios que figuran en el anexo 2. Dos de los solicitantes, Bartolomé Ferragut Bonafé y Usina de Ideas, SL, han presentado alegaciones a la propuesta de resolución, pero que en ningún caso desvirtúan los hechos que han motivado la denegación de la ayuda.

Fundamentos de derecho

1. Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre).

2. Orden de la consejera de Educación y Cultura, de 1 de julio de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura (BOIB núm. 100, de 11 de julio ).

3. Resolución de la consejera de Presidencia, Cultura e Igualdad de 10 de julio de 2019 de delegación de competencias y de firma en determinados órganos directivos de la Consejería de Presidencia, Cultura e Igualdad, y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería y de el Instituto Balear de la Mujer (BOIB núm. 95, de 11 de julio).

4. Decreto 21/2019, de 2 de agosto, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares ( BOIB núm. 116, de 24 de agosto).

5. Resolución de la consejera de Presidencia, Cultura e Igualdad de 22 de junio de 2020 por la que se convocan ayudas, con carácter de urgencia, para la sostenibilidad de las industrias culturales en el marco de la situación de emergencia de salud pública provocada por la pandemia de Covid-19

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar la denegación de las ayudas, convocadas por el procedimiento de concurso, con carácter de urgencia, para la sostenibilidad de las industrias culturales en el marco de la situación de emergencia de salud pública provocada por la pandemia de Covid-19 a solicitantes que figuran en el anexo 2.

2. Notificar esta Resolución a las entidades interesadas mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Presidencia, Cultura e Igualdad en el plazo de un mes, a contar desde el día de la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares , de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia en el plazo de dos meses a partir del día siguiente de su publicación, de acuerdo con el artículo 10.1ai 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.

 

Palma, 24 de noviembre de 2020

La secretaria general

María Asunción Sáez Amer

Por delegación de competencias de la

Consejera de Presidencia, Cultura e Igualdad

(BOIB 95/2019)

 

 

ANEXO 2 EXPEDIENTES DENEGADOS AYUDAS COVID A LES INDUSTRIAS CULTURALES

Núm. expediente

Fecha de entrada

Persona o entidad

solicitante

Objecto de la solicitud

Periodo subvencionable

Motivo

IC-2/2020

02/07/2020

ARBOL DE LA CIENCIA, S.L.

Ayuda para compensar los perjuicios, debido a la suspensión o pérdida de actividad como consecuencia de la situación de emergencia de salud pública provocada por la pandemia de COVID-19

Del 14 de marzo al 30 de junio

No poder justificar pérdida activitat (punto 1.2 de la convocatoria)

IC-14/2020

15/07/2020

USINA DE IDEAS ,S.L.

Ayuda para compensar los perjuicios, debido a la suspensión o pérdida de actividad como consecuencia de la situación de emergencia de salud pública provocada por la pandemia de COVID-19

Del 14 de marzo al 30 de junio

No poder justificar pérdida activitat (punto 1.2 de la convocatoria)

IC-15/2020

15/07/2020

RAFAEL FERRAGUT BONAFÉ

Ayuda para compensar los perjuicios, debido a la suspensión o pérdida de actividad como consecuencia de la situación de emergencia de salud pública provocada por la pandemia de COVID-19

Del 14 de marzo al 30 de junio

No cumplir requisitos de la convocatoria (punto 1.1 de la convocatoria)