Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 11928
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 30 de noviembre de 2020 por el que se encomienda al Servicio de Salud de las Illes Balears la organización de un dispositivo extraordinario de realización de pruebas de diagnòstic de COVID-19 a ciudadanos de las Illes Balears entre los días 1 y 8 de diciembre de 2020

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

La evolución de la pandemia de COVID-19 ha puesto de manifiesto la resiliencia del virus que es su causante y la imprudencia que supone minusvalorar su capacidad de adaptarse a las circunstancias de cada momento, para provocar rebrotes y nuevas fases expansivas y descontroladas de su transmisión, con las consecuencias que de por sí son conocidas de enfermedad y muerto, así como de asunción de nuevas restricciones de la actividad económica y de la vida social de la comunidad, todo ello con el objetivo de frenar la expansión de la enfermedad. Unas medidas que difícilmente serán prescindibles, cuando menos mientras las vacunas —en la actualidad en las últimas fases de desarrollo — no hayan llegado y se encuentren al alcance de los sistemas de salud en cuantía suficiente para poder inmunizar a una parte considerable de la población.

Por otro lado, la experiencia adquirida en estos nueve meses de convivencia con y de lucha contra la COVID-19 ponen también de manifiesto la importancia de la detección precoz de los contagios, muy especialmente de la detección de los casos silentes y asintomáticos de infección activa, dada la capacidad de transmisión que presenta el SARS-CoV-2, tanto en la fase de incubación del virus por su huésped como una vez este pasa a una fase activa a pesar de que la persona contagiada no presente síntomas.

En estos momentos los medios de diagnóstico de COVID-19 se encuentran disponibles tanto en variedad como en cantidades manifiestamente superiores a las que existían cuando se inició la pandemia, y, por otro lado  los medios de diagnóstico rápido logran unos conspicuos niveles de fiabilidad de sus resultados.

Se acerca ahora la época del año más dotada de fechas festivas, que  ocasionan numerosos desplazamientos de los residentes de esta comunidad autónoma, que por motivos laborales o académicos pasan parte del año en otros territorios y que regresan para  pasar unos días de vacaciones. Las aún preocupantes cifras de expansión de la pandemia de COVID-19 año obligarán a todos a unas vacaciones  diferentes a las de otros años, sin celebraciones multitudinarias y con medidas de seguridad para evitar la expansión de la enfermedad.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 5/2003, de 4 de abril, de salud de las Illes Balears, corresponderá al Gobierno de las Illes Balears la superior dirección de la política de salud, el ejercicio de la potestad reglamentaria, la planificación básica en dicha materia y el establecimiento de las correspondientes directrices. Se considerará, por lo tanto, el superior órgano colegiado en materia sanitaria de la Administración de las Illes Balears.

Por otro lado, el Servicio de Salud de las Illes Balears es un ente público de carácter autónomo adscrito a la Consejería de Salud y Consumo que se encarga de la gestión de los servicios públicos sanitarios de carácter asistencial de las Illes Balears.

Por todo lo expuesto, así como, por un lado, el hecho de que ordinariamente la realización de pruebas diagnósticas por parte del Servicio de Salud de las Illes Balears se efectúa ante situaciones de sospecha de contagio o de necesidad de ingreso hospitalario y no con fines puramente preventivos, y, por otra, que se considera lo más prudente y adecuado permitir garantizar a aquellos ciudadanos de las islas que vuelven a casa por un días que no sufren COVID-19 ni suponen un riesgos para los parientes y amigos con los que se reencuentran, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejera de Salud y Consumo, en la sesión de 30 de noviembre de 2020, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero. Encargar al Servicio de Salud de las Illes Balears la organización de un dispositivo extraordinario, entre los días 1 y 8 de diciembre de 2020, de realización de pruebas de diagnóstico de COVID-19 a ciudadanos de las Illes Balears desplazados temporalmente de su residencia insular y que vuelvan a las islas entre estas fechas.

Este dispositivo extraordinario se fundamentará en la realización de pruebas PCR, cita previa telefónica y uso esencial de los recursos humanos y materiales de las unidades que el Servicio de Salud de las Illes Balears dispone a tal efecto en cada una de las Islas.

 

Segundo. Recomendar a los ciudadanos de las Illes Balears a los que se dirige este servicio extraordinario a hacer uso del mismo, tanto por beneficio propio como por el de la comunidad.

Tercero. Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 30 de noviembre de 2020

La secretaria del Consejo de Gobierno​​​​​​​ Pilar Costa i Serra