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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 11879
Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 26 de noviembre de 2020 per la cual se modifica la composición de parte de los Tribunales calificadores del concurso oposición para cubrir plazas vacantes de diversas especialidades de la categoría de facultativo/facultativa especialista de área

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Texto

Hechos

1.- Por medio de la Resolución del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 12 de abril de 2019 (BOIB núm. 48/2019, de 13 de abril) se convocó un concurso oposición para cubrir plazas vacantes de diversas categorías de facultativo/facultativa especialista de área (FEA). Esta resolución se completó con otra de fecha de 6 de junio de 2019, publicada en el BOIB núm. 76 del mismo año. 

2.- A través de la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 2 de julio de 2020 (BOIB núm. 119/2020, de 7 de julio) se modificó la Resolución del director general del Servicio de Salud de 12 de abril de 2019 y se publicó la convocatoria conjunta de 32 concursos oposición de diversas categorías de facultativo/facultativa especialista de área. Esta resolución se completó con otra de fecha de 22 de julio de 2020, publicada en el BOIB núm. 132 el pasado 28 de julio de este año.

3.- Con las Resoluciones del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 21 de octubre de 2020 (BOIB núm. 183/2020, de 27 de octubre) se aprobaron las listas provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas del concurso oposición de FEA y se designaron a las personas que integran los Tribunales calificadores de las especialidades de dermatología médica, quirúrgica y venereología; radiofarmacia, y anatomía patológica.

4.- Circunstancias sobrevenidas obligan a modificar la composición de parte de los Tribunales calificadores de las categorías de FEA mencionadas en el punto anterior.

Fundamentos de derecho

1.- El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común establece que las administraciones públicas pueden rectificar, así mismo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

2.- El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares dispone que la revocación de los actos de gravamen o desfavorables y la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actas y disposiciones administrativas corresponde al órgano que ha dictado el acto o la disposición.

Por todo ello dicto la siguiente

Resolución

1.- Modificar la composición de los Tribunales calificadores del concurso oposición para cubrir plazas vacantes de la categoría de facultativo/facultativa especialista de área de las especialidades de dermatología médica, quirúrgica y venereología; radiofarmacia y anatomía patológica, cuyos integrantes figuran en las Resoluciones del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 21 de octubre de 2020.

2.- Designar a les persones que substituyen a las que ya no figuran en la composición inicial de los Tribunales calificadores de las especialidades mencionadas, cuya relación figura en el anexo de esta resolución.   

3.- Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en el portal web www.ibsalut.es.

 

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el órgano que la dicta en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la fecha de publicación, de acuerdo con los  artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere procedente interponer.

 

Palma, 26 de noviembre de 2020

El director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares Julio Miguel Fuster Culebras Por delegación de la consejera de Salud y Consumo (BOIB núm.191, de 7/11/2020)

 

 

ANEXO Personas que substituyen a las que inicialmente integraban los Tribunales calificadores del concurso oposición para cubrir plazas vacantes de la categoría de facultativo/facultativa especialista de área en las siguientes especialidades:  

Dermatología médica, quirúrgica y venereología

Marta Pascual López substituye a Vicente Rocamora Durán como vocal titular 2.

María Concepción Sánchez Bermejo substituye a María Eugenia Escrivá Sancho como vocal titular 4.

Mercedes Hergueta Díaz substituye a Marta Pascual López como vocal suplente 1.

Isabel Bielsa Marsol substituye a María Concepción Sánchez Bermejo como vocal suplente 3.

María Eugenia Martínez Mussons substituye a Francesc Xavier Barceló Alberti como secretaria suplente.

Radiofarmacia

José Rodríguez Zarauz substituye a Bárbara Martínez de Miguel como vocal nacional 1 titular.

María Àngels Hernández Fructuoso substituye a José Rodríguez Zarauz como vocal nacional 1 suplente.

Anatomía patológica

Ana Forteza Valadés substituye a Rafael Félix Ramos Asensio como vocal suplente 3.