Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA
Núm. 11875
Aprobación de las bases y simultáneamente de la convocatoria para otorgar ayudas a los clubes deportivos del municipio de Formentera para paliar la situación de ausencia de ingresos provocado por el coronavirus (covid-19) al año 2020. Acuerdo de la Comisión de Gobierno de 18 de noviembre del 2020
La Comisión de Gobierno en fecha 18 de noviembre del 2020 a aprobado el siguiente:
…
6. DEPORTES
PRP2020/762 PROPUESTA DE APROBACIÓN DE LAS AYUDAS A LOS CLUBES DEPORTIVOS DEL MUNICIPIO DE FORMENTERA PARA PALIAR LA SITUACIÓN DE AUSENCIA DE INGRESOS PROVOCADO POR EL CORONAVIRUS (COVID-19) AL AÑO 2020.
Dado que la importancia del deporta fue recogida en el conjunto de principios rectores de la política social y económica de la Constitución Española, y así su artículo 43.3 establece que los poderes públicos fomentaran la educación física y del deporte, y facilitarán la adecuada utilización del ocio.
Dado que el Consell Insular de Formentera, entiende la situación de emergencia y excepcionalidad provocado por el Coronavirus a todos los clubes deportivos de Formentera.
Dado que el Área de Deportes del Consell Insular de Formentera, en ejecución de sus competencias, y de acuerdo con la actividad de fomento propia de sus instituciones públicas, tiene programada de forma tradicional una convocatoria anual de ayudas para clubes y asociaciones sin ánimo de lucro para poder continuar su preparación de máximo nivel.
Dado a RC de intervención de existencia de fondo a fecha 15 de octubre del 2020.
Dado el informe favorable del técnico de deportes a fecha 22 de setiembre del 2020.
Visto el informe jurídico, a fecha 02 de octubre del 2020.
...
La Comisión de Gobierno, en ejercicio de sus competencias, sobre la base de aquello propuesto (que conforme los artículos 35 y 88.3 de la Lei 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas supone la motivación de este acto) y lo que a informado el secretario, adopta, por unanimidad, el siguiente
ACUERDO
Primer.- APROBAR la convocatoria y sus AYUDAS A LOS CLUBES DEPORTIVOS DEL MUNICIPIO DE FORMENTERA PARA PALIAR LA SITUACIÓN DE AUSENCIA DE INGRESOS PROVOCADO POR EL CORONAVIRUS (COVID-19) AL AÑO 2020, las cuales constan adjuntas en este documento como ANEXO I.
A los efectos oportunos se deja patente que este está al siguiente régimen jurídico:
Segundo.- APROBAR el gasto presupuestario de 80.000,00€, con cargo de la partida presupuestaria 2020.341.48000.01 de los presupuestos generales del Consell Insular de Formentera para el año 2020.
Tercer.- PUBLICAR las bases al Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB), al tablón de anuncios del Consell Insular de Formentera y a la página web de esta Administración, a los efectos legales oportunos.
CUARTO.- DAR CUENTA a la Base de Datos Nacionales de Subvenciones.
Formentera, 24 de noviembre de 2020
La presidenta del Consell Insular
Alejandra Ferrer Kirschbaum
BASES DE LAS AYUDAS A LOS CLUBES DEPORTIVOS DEL MUNICIPIO DE FORMENTERA PARA PALIAR LA SITUACIÓN DE AUSENCIA DE INGRESOS PROVOCADO POR EL CORONAVIRUS (COVID-19) AL AÑO 2020
Preámbulo
En el marco de la actual pandemia de COVID-19 y la nueva normalidad que ha seguido a las etapas de confinamiento y desescalada durante el presente año 2020, a afectado de manera muy importante al tejido deportivo de Formentera, provocando en la mayor parte de los casos la suspensión parcial o total de la temporada en curso, 2019-2020, la suspensión de la mayor parte de las competiciones que se tenían que desarrollar y una disminución importantísima de la actividad deportiva en Formentera.
Por todo esto, el Consell Insular de Formentera saca las ayudas al programa de deportes de 2020 para paliar la situación de ausencia de ingresos de los clubes deportivos de Formentera que ejercen su actividad durante la temporada deportiva 2019/2020 y las actividades hayan quedado canceladas o suspendidas a consecuencia del Covid-19, contribuyendo al mantenimiento de su actividad.
Primera. - Objeto de la convocatoria
El Consell Insular de Formentera a través del Área de Deportes convoca la concesión de subvenciones destinadas a clubes y asociaciones sin ánimo de lucro del municipio de Formentera, para responder al impacto generado para la crisis sanitaria del coronavirus (COVID-19) a Formentera.
El importe de ayuda se establece según la presentación de la cuenta justificativa simplificada (Anexo VI) sobre la memoria económica de la actuación de los meses comprendidos entre diciembre de 2019 a septiembre de 2020.
Segunda.- Dotación económica
Las subvenciones objeto de esta convocatoria, irán a cargo de la partida presupuestaria 2020.341.48000.01 del ejercicio presupuestario del año 2020, con una dotación de 80.000,00 euros.
Tercera. - Requisitos de los solicitantes
Con carácter general, podrán ser beneficiarios de estas subvenciones, las asociaciones y clubes deportivos de Formentera que realicen actividades la finalidad de las cuales sean el fomento y la potenciación de la práctica deportiva en el municipio.
Los clubes y asociaciones solicitantes para ser admitidos y beneficiarios de la subvención, tendrán que reunir los siguientes requisitos:
Cuarta. - Lugar y plazo de presentación
Quinta. - Documentación que hay que aportar:
Los clubes o asociaciones que puedan ser beneficiosos de las subvenciones objeto de la presente convocatoria, tendrán que presentar la siguiente documentación:
Si alguno de los documentos exigidos, ya estuviera en poder del área de deportes del Consell Insular de Formentera, el solicitante de la subvención podrá acogerse al que establece al apartado d) del artículo 53 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, siempre que no hayan transcurrido mas de 5 años desde la finalización del procedimiento y no habiendo sufrido ninguna modificación desde su aportación.
Sexta. - Obligaciones de los clubes y asociaciones beneficiarias
Los Clubes y Asociaciones beneficiarias de la subvención tendrán las siguientes obligaciones:
En el caso de incumplimiento de alguna de las obligaciones anteriores, el/la beneficiario/a procederá al reintegro de las cantidades percibidas. Este reintegro se produciré en los casos y en la forma prevista dentro la normativa reguladora de subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Séptima. - Régimen de las subvenciones
Octava. - Conceptos y actividades subvencionables
Serán objeto de subvención los conceptos y los gastos de las asociaciones y los clubes que correspondan exclusivamente a los desarrollados entre los meses de diciembre de 2019 a septiembre de 2020, ambos incluidos.
Gastos subvencionables:
NOTA: En caso de que el Consell Insular de Formentera solicite documentación de la memoria justificativa simplificada, las facturas tienen que contener:
8.a)
8.b) En los pagos realizados a profesionales para servicios prestados, hay que constar:
8.c) Se subvencionarán con importes máximos los siguientes aspectos:
CONCEPTO |
CANTIDAD MÁXIMA |
Teléfono |
600,00 € |
Gastos protocolarios |
1.000,00 € |
8.d) Gastos no subvencionables
Novena. - Comisión Técnica Evaluadora
Se tendrá que constituir una Comisión Técnica Evaluadora, que estará formada para los siguientes miembros:
Son funciones de esta comisión:
Décima. - Órgano Instructor
El órgano instructor del presente procedimiento es el área de Deportes del Consell Insular de Formentera, que tiene que llevar a término las actuaciones necesarias para la determinación, el conocimiento y la comprobación de los datos en virtud de las cuales se tiene que dictar resolución, en el marco del articulo 16 Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones.
Undécima. - Propuesta a la Comisión de Gobierno, Acuerdo de la Comisión de Gobierno y notificación a las personas interesadas.
Con fundamento en el informe de la Comisión Técnica Evaluadora, el/la conseller/a del área de deportes, elevará una propuesta a la Comisión de Gobierno. Esta, como a órgano competente, es la encargada de decidir la concesión o denegación de las subvenciones, y expresará la lista de beneficiarios propuestos para el otorgamiento de subvención y la cuantía, así como de las solicitudes excluidas, con indicación de la causa de exclusión. Posteriormente este acuerdo de la Comisión de Gobierno se notificará a todas las personas interesadas.
El acuerdo de la Comisión de Gobierno se hará pública en el tablero de anuncios de la corporación, al efecto previsto al art. 45 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, y de conformidad con el art. 34. 2.c) del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por lo cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones, y también a la página web: www.consellinsulardeformentera.cat.
Duodécima. - Recursos
El acuerdo de la Comisión de Gobierno de la concesión o de la denegación de la subvención, agota la vía administrativa y contra el mismo, se podrá interponer recursos potestativos de reposición delante la propia Comisión de Gobierno del Consell Insular de Formentera, en el plazo de un mes a partir de la recepción de la notificación, según lo establecido a los art. 123 y 124 de la ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (LPACAP), o bien recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses desde la notificación, delante los juzgados del contencioso administrativo de Palma (Mallorca), de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, referente de la jurisdicción contencioso administrativa.
Decimotercera. - Importe de la subvención, abono y justificación.
Una vez resuelto el procedimiento de concesión, el Área de Deportes juntamente con el Área de intervención del Consell Insular de Formentera, empezará los trámites necesarios para el pago de las correspondientes subvenciones.
El Consell Insular de Formentera financiará el 100% del coste total de los conceptos siempre y cuando no se agote la cantidad presupuestada para estas ayudas.
El pago de la subvención se realizará mediante transferencia bancaria, con previa justificación, para el beneficiario de la cuenta justificativa simplificada de la memoria económica.
Teniendo en cuenta que se trata de una convocatoria en que solo se valorará la cuenta justificativa simplificada para otorgar las cantidades a los clubes deportivos, tendrán que presentar la justificación de los gastos en el momento de la presentación de la solicitud.
Decimocuarta. - Reintegro de la Subvención
Procederá el reintegro por parte de los beneficiarios de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora correspondiente des del momento del pago de la subvención hasta la fecha que se acuerde la procedencia del reintegro, en los siguientes casos:
Las cantidades para reintegrar tendrán la consideración de ingresos de derecho público, resultando de aplicación pasa su cobranza el previsto a la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
El interés de demora aplicable en materia de subvenciones será el interés legal del dinero incrementado en un 25 por ciento, salvo que la ley de presupuestos generales del Estado establezca otro de diferente.
Decimoquinta. - Régimen de infracciones y sanciones
El incumplimiento de los requisitos establecidos en estas bases da lugar a la aplicación por parte del Consell Insular de Formentera del régimen de infracciones y sanciones establecidas al título V del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la ley de subvenciones de las Islas Baleares y al título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre general de subvenciones, así como su normativa de desarrollo.
Decimosexta.- Normativa aplicable
Esta convocatoria se rige por lo establecido en estas bases y, en aquello que no esté previsto, por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones de las Islas Baleares, la Ley estatal 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, el Reial decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, y las leyes 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, en todo aquello que le sea de aplicación.
Decimoséptima - Publicación
Según lo establecido al artículo 34 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, y en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, estas bases se publicarán al Boletín Oficial de las Islas Balears (BOIB). También se publicarán al tablero de anuncios del OAC del Consell Insular de Formentera i a la web de la Corporación www.consellinsulardeformentera.cat.
Decimoctava. - Publicación
Según lo establecido al artículo 34 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, y en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, estas bases se publicarán al Boletín Oficial de las Islas Balears (BOIB). También se publicarán al tablero de anuncios del OAC del Consell Insular de Formentera i a la web de la Corporación www.consellinsulardeformentera.cat.
Estas bases entrarán en vigor el día siguiente de haberse publicado al BOIB.
Formentera, 24 de noviembre de 2020
La Consellera de Deportes, Recursos Humanos i Servicios Insulares. Paula Ferrer Magaña
ANEXO I
SOLICITUD DE SUBVENCIÓN A PROGRAMAS DE DEPORTE A LA ISLA DE FORMENTERA EL AÑO 2020
DATOS DEL CLUB/ASOCIACIÓN:
NOMBRE CLUB/ASOCIACIÓN; |
C.I.F.; |
Nombre y apellidos (presidente); |
NIF: |
Domicilio (Club/Asociación) |
Población; |
Provincia |
Tel.; |
Cantidad solicitante: |
Núm. Reg. Entidades |
SOLICITA
Que sea concedida una subvención, por el importe correspondiente, según las bases del Consell Insular de Formentera, por las cuales se regula la concesión de subvenciones a programas de deporte a la Isla de Formentera para el año 2020 asumiendo todas las responsabilidades que se pudieran derivar y comprometiéndose a cumplir todos los requisitos especificados en estas bases y las establecidas con carácter general al artículo 11 del decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, texto refundido de la ley de subvenciones de las Islas Baleares y al artículo 14 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
A este efecto, se adjunta a la solicitud la documentación solicitada:
Formentera, _____ d_____________20__
(Firma del representante del club/asociación)
ANEXO II DECLARACION RESPONSABLE:
Representante: |
NIF: |
|
Cargo: |
Entidad: |
CIF: |
Dirección: |
Población: |
CP: |
|
Teléfono: |
Correo electrónico: |
DECLARO bajo mi responsabilidad que no concurro en ninguna de las siguientes circunstancias:
Formentera, __ d ___________ de 2020
ANEXO III
DATOS DE LA ENTIDAD BANCARIA A LA CUAL TRANSFERIR EL IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN
Titular de la cuenta |
||
|
||
Entidad bancaria |
||
Domicilio |
C.P |
|
Localidad |
Provincia |
A RELLENAR POR LA ENTIDAD BANCARIA
|
Certifico la existencia referenciada en ALTA DE DATOS BANCARIOS abierta a nombre del titular que se refleje en “Titular/es de la Cuenta EL APODERADO
Sello de la Entidad
Firma……………………………………
|
ANEXO IV
DATOS REFERENTES A LOS MIEMBROS DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL CLUB SOLICITANTES
|
NOMBRE COMPLETO |
TELEFONO |
PRESIDENTE/A |
|
|
VICEPRESIDENTE/A |
|
|
SECRETARIO/A |
|
|
TRESORERO/A |
|
|
VOCAL |
|
|
VOCAL |
|
|
VOCAL |
|
|
VOCAL |
|
|
VOCAL |
|
|
Formentera, _____ d _____________20__
(Firma del representante del club/asociación)
ANEXO V
AUTORITZACIÓN DE LA OBTENCIÓN DE DATOS FISCALES
Sr. ......................................................................................................DNI................................
Sra. ....................................................................................................DNI................................
Actuando en representación del:
Club ....................................................................................................NIF................................
Con relación a la
solicitud..........................................................................................................
AUTORIZAR al Consell Insular de Formentera para que pueda efectuar cuantas consultas, informáticas o por cualquier otro procedimiento legalmente establecido, sean necesarias para obtener el certificado de la seguridad social y de Hacienda, con relación a las subvenciones de deportes, para el año 2020.
Formentera, _____ de _______________ del 2020
Firma
Por lo que se hace público para general conocimento
ANEXO VI
CUENTA JUSTIFICATIVA SIMPLIFICADA. MEMORIA ECONÓMICA DE LA ACTUACIÓN
RELACIÓN DE GASTOS |
|||||||||
Núm. orden |
Tipo documento |
Núm. documento |
Fecha |
Proveedor o Tercero |
NIF o CIF |
Objecto de la Factura |
Importe |
% |
Importe imputado |
|
|
|
|
|
|
|
|
100,00% |
0,00 € |
100,00% |
0,00 € |
||||||||
100,00% |
0,00 € |
||||||||
100,00% |
0,00 € |
||||||||
100,00% |
0,00 € |
||||||||
100,00% |
0,00 € |
||||||||
100,00% |
0,00 € |
||||||||
100,00% |
0,00 € |
||||||||
100,00% |
0,00 € |
||||||||
100,00% |
0,00 € |
||||||||
100,00% |
0,00 € |
||||||||
100,00% |
0,00 € |
||||||||
100,00% |
0,00 € |
||||||||
100,00% |
0,00 € |
||||||||
100,00% |
0,00 € |
||||||||
100,00% |
0,00 € |
||||||||
100,00% |
0,00 € |
||||||||
100,00% |
0,00 € |
||||||||
100,00% |
0,00 € |
||||||||
100,00% |
0,00 € |
||||||||
100,00% |
0,00 € |
||||||||
100,00% |
0,00 € |
||||||||
100,00% |
0,00 € |
||||||||
100,00% |
0,00 € |
||||||||
|
0,00 € |
Formentera a