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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD E INVESTIGACIÓN

Núm. 11868
Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de día 25 de noviembre de 2020 por la que se establece el procedimiento para evaluar la tarea desarrollada por los directores de los centros docentes públicos no universitarios que finalizan el periodo de ejercicio del cargo el 30 de junio de 2021 y el procedimiento para optar a continuar en el cargo por un nuevo periodo

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Texto

Hechos

1. El día 30 de junio de 2021 finaliza el periodo de ejercicio del cargo de los directores de los centros docentes públicos de las Illes Balears que fueron nombrados en fecha  de 1 de julio de 2017 por un periodo de cuatro años mediante la Resolución de la directora general de Personal Docente de 30 de julio de 2017 por la que se nombran directores de centros docentes públicos de acuerdo con la Resolución del Consejero de Educación y Universidad de 19 de enero de 2017 (BOIB nº. 82, de 6 de julio de 2017) y mediante la Resolución de la directora general de Personal Docente de 30 de julio de 2017  por la que se nombran directores de centros docentes públicos de acuerdo con la Resolución del Consejero de Educación y Universidad de 7 de diciembre de 2016 (BOIB nº. 82, de 6 de julio de 2017).

2.  De conformidad con lo que prevé el apartado 2 del artículo 136 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (LOE), los directores pueden optar por continuar en el ejercicio del cargo si, al final de cada periodo, la tarea que han desarrollado es evaluada positivamente.

3.  Mediante la Orden del consejero de Educación y Cultura de 18 de febrero de 2010 (BOIB núm. 30, de 23 de febrero, y corrección de errores publicada en el BOIB núm. 33, de 27 de febrero), se aprobaron las bases que rigen la selección, el nombramiento y el cese de los órganos de gobierno de los centros docentes públicos no universitarios de las Illes Balears. De acuerdo con esta Orden, los directores pueden renovar su cargo hasta completar un total de tres periodos consecutivos de cuatro años (doce años).

4.  El artículo 139.3 de la LOE determina que los directores tienen que ser evaluados al acabar el periodo de ejercicio de su cargo. De acuerdo con el artículo 15 de la Orden de 18 de febrero de 2010, la inspección educativa es la encargada de evaluar la tarea realizada por los directores al final del periodo de ejercicio del cargo.

5.  El artículo 136.2 de la LOE determina que los criterios y los procedimientos de evaluación tienen que ser públicos y objetivos y tienen que incluir los resultados de las evaluaciones individualizadas, a las que hace referencia el artículo 144, realizadas durante el mandato, que, en todo caso, tienen que considerar los factores socioeconómicos y socioculturales del contexto y el seguimiento de la evolución en el tiempo. El artículo 7 del Decreto 81/2004, de 17 de septiembre, modificado por el Decreto 136/2007, de 31 de octubre, que regula la consolidación personal parcial del complemento retributivo específico por el ejercicio del cargo de director en los centros docentes públicos de las Illes Balears, establece los criterios para evaluar el ejercicio del cargo de director en centros docentes públicos no universitarios.

6.  De acuerdo con lo que se ha expuesto anteriormente, es necesario establecer el procedimiento de evaluación de los directores de los centros docentes públicos que finalizan el periodo de ejercicio de su cargo el 30 de junio de 2021 y el procedimiento que estos directores tienen que seguir para optar a continuar en el cargo durante un nuevo periodo de cuatro cursos escolares.

7.  La Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 24 de noviembre de 2020, a propuesta del director general de Planificación, Ordenación i Centros por la cual se dispone que el director del IES Sa Serra no puede optar a continuar en el cargo de director por no contar con la titulación correspondiente ni estar integrado en el cuerpo de profesores ni catedráticos de enseñanza secundaria.

Fundamentos de derecho

1.  La Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (BOE nº 159, de 4 de julio, y suplemento en catalán nº 7 de 1985).

2.  La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE nº 106, de 4 de mayo, y suplemento en catalán nº 11, de 16 de mayo).

3.  El Decreto 36/2001, de 9 de marzo, por el que se regula la Inspección Educativa en el ámbito de la enseñanza no universitaria (BOIB nº 33, de 17 de marzo).

4.  El Decreto 81/2004, de 17 de septiembre (BOIB nº 134, de 25 de septiembre), modificado por el Decreto 136/2007, de 31 de octubre (BOIB nº 167, de 8 de noviembre), que regula la consolidación personal parcial del complemento retributivo específico por el ejercicio del cargo de director en los centros docentes públicos de las Illes Balears.

5.  La Orden del consejero de Educación y Cultura de 18 de febrero de 2010 por la que se aprueban las bases para la selección, el nombramiento y el cese de los órganos de gobierno de los centros docentes públicos no universitarios de las Illes Balears (BOIB núm. 30, de 23 de febrero, y corrección de errores publicada en el BOIB núm. 33, de 27 de febrero).

6.  La Resolución del consejero de Educación y Universidad de 15 de noviembre de 2017 por la que se establecen los criterios para determinar la tipología de los centros docentes públicos no universitarios y la asignación de equipos directivos (BOIB núm.152, de 14 de diciembre).

Por todo ello, y a propuesta del director general de Planificación, Ordenación y Centros, dicto la siguiente

Resolución

1. Establecer el procedimiento que se tiene que seguir para evaluar a los directores de los centros docentes públicos no universitarios de las Illes Balears que acaban el periodo de ejercicio del cargo el 30 de junio de 2021 y quieren optar a seguir ejerciéndolo por un nuevo periodo, así como el procedimiento que estos directores tienen que seguir para optar a seguir en el cargo. Este procedimiento aparece descrito en el anexo 1 de esta Resolución.

2. Aplicar en el marco del proceso de renovación lo que prevé la Resolución del Consejero de Educación y Universidad de 15 de noviembre de 2017 per la cual se establecen los criterios para determinar la tipología de los centros docentes públicos no universitarios y la asignación de equipos directivos.

3. Hacer pública la relación de los centros y los directores afectados por esta Resolución (anexo 2).

4. Establecer los criterios de evaluación de la función directiva que se tienen que aplicar (anexo 3).

5. Disponer que el director del IES Sa Serra, que finaliza su mandato el 30 de junio y no puede optar a la renovación, sea evaluado de acuerdo con el procedimiento que aparece en el apartado 2 del anexo 1.

6. Ordenar que esta Resolución se publique en el Boletín Oficial de las Illes Balears y determinar que entre en vigor al día siguiente de haberse publicado.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación, Universidad e Investigación en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de su publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Tambíén se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de la publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

Palma, 25 de noviembre de 2020

El consejero de Educación, Universidad e Investigación Martí X. March Cerdà

 

ANEXO 1 Bases que tienen que regir el procedimiento

1. Objeto

Esta Resolución tiene por objeto fijar el procedimiento de evaluación de los directores de los centros docentes públicos no universitarios de las Illes Balears que acaban su mandato el 30 de junio de 2021 y el procedimiento que tienen que seguir para optar a continuar en el cargo durante un nuevo periodo de cuatro cursos escolares los directores que figuran en el anexo 2.

El nombramiento por este nuevo periodo de ejercicio del cargo de director está condicionado a la evaluación positiva de la tarea desarrollada durante el periodo anterior.

2. Procedimiento de evaluación

El Departamento de Inspección Educativa tiene que evaluar la tarea desarrollada por el director del centro que aparece en la disposición 5ª de esta Resolución y por los que figuran en el anexo 2, de acuerdo con los criterios de evaluación (que se incluyen en el anexo 3) en un plazo de 90 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución.

El jefe del Departamento de Inspección Educativa tiene que designar a los inspectores responsables de la evaluación de cada director y lo tiene que notificar a los interesados. El inspector responsable puede contar con la colaboración de otros inspectores del Departamento para llevar a cabo las actuaciones derivadas del procedimiento.

El procedimiento de evaluación tiene que constar, necesariamente, de los puntos siguientes:

a) La valoración del desarrollo de la tarea directiva a lo largo de todo el periodo de ejercicio del cargo de director.

b) Una entrevista o entrevistas con el director.

c) La información contrastada de todos los sectores de la comunidad educativa del centro de referencia y el análisis de la documentación pertinente.

d) La audiencia previa del director, referida a las conclusiones de la evaluación.

Finalmente, el Departamento de Inspección Educativa tiene que emitir un informe motivado con la calificación global de la evaluación, positiva o negativa, que se tiene que enviar al director general de Planificación, Ordenación y Centros.

3. Comunicación de la opción de continuar en el cargo

Los directores de los centros docentes públicos que figuran en el anexo 2 disponen de un plazo de 15 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución para comunicar la opción de seguir ejerciendo el cargo por un nuevo periodo de cuatro años.

La opción de continuar en el cargo se tiene que comunicar al correo electrónico autoritzacions@dgplacen.caib.es mediante el modelo que figura en el anexo 4 de esta Resolución, que también se encuentra en la página web http://dgplacen.caib.es.

4. Propuesta de actualización del proyecto de dirección

Los directores que hayan optado a continuar en el cargo han de presentar brevemente (no más de diez minutos) en una parte de la entrevista con la inspección las líneas generales  de la propuesta de actualización de su proyecto de dirección. No deberán entregar en este momento el proyecto actualizado.

La actualización del proyecto, en el caso que la evaluación haya sido positiva, se ha de presentar a final de curso al claustro y al consejo escolar, se ha de colgar en el GestIB  y se ha de incluir en la planificación del curso 2021-22.

5. Nombramiento por un nuevo periodo

El director general de Planificación, Ordenación y Centros tiene que proponer a la directora general de Personal Docente el nombramiento de los directores que hayan obtenido de la inspección educativa una evaluación positiva de la tarea desarrollada.

Corresponde a la directora general de Personal Docente dictar la resolución de nombramiento, con efectos desde el 1 de julio de 2021 y por un periodo de cuatro años, de los directores que hayan obtenido una calificación global positiva en la evaluación. Contra esta resolución, que pone fin al procedimiento, se puede interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación, Universidad e Investigación.

La directora general de Personal Docente y el director general de Planificación, Ordenación y Centros tienen que resolver todas las cuestiones que sean necesarias de forma pertinente para llevar a buen término lo que se prevé en esta Resolución.

En cuanto a la competencia para tramitar el procedimiento, de acuerdo con el Decreto 21/2019, de 2 de agosto (BOIB nº. 106, de 2 de agosto), corresponden a la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros las competencias en materia de planificación educativa, coordinación, régimen orgánico y funcionamiento de los centros docentes.

 

ANEXO 2 Relación de centros en los que el director finaliza el periodo de ejercicio del cargo el 30 de junio de 2021 y puede optar a seguir ejerciéndolo

Colegios de educación infantil y primaria (CEIP)

Código

Nombre

Tipología

Localidad

Municipio

Isla

Director/a

07004321

CEIP Anselm Turmeda

D

Sa Vileta

Palma

Mallorca

Miquel Fiol Martorell

07001812

CEIP Antoni Juan Alemany

D

Maó

Maó

Menorca

M Victoria Sintes Rita

07004931

CEIP Balansat

D

Sant Miquel de Balansat

Sant Joan de Labritja

Eivissa

Josefa Colomar Vicaría

07004680

CEIP Can Coix

D

Sant Antoni de Portmany

Sant Antoni de Portmany

Eivissa

María Isabel Domínguez Baena

07001393

CEIP Can Misses

C

Eivissa

Eivissa

Eivissa

Joan Amorós Salinas

07013361

CEIP Can Raspalls

C

Sant Jordi de Ses Salines

Sant Josep de Sa Talaia

Eivissa

Raquel Pallero Gutiérrez

07002658

CEIP Coll d'en Rabassa, Guillem Lladó Coll

C

Es Coll d'en Rabassa

Palma

Mallorca

Esperanza Escandell Escandell

07001642

CEIP Duran Estrany

D

Llubí

Llubí

Mallorca

Francisca Maria Coll Trias

07000418

CEIP Els Molins_Búger

E

Búger

Búger

Mallorca

Rosa M. Antich Martínez

07005970

CEIP Fornells

E

Fornells

Es Mercadal

Menorca

Bernat Coll Pons

07002397

CEIP Gabriel Janer Manila

D

Es Pla de na Tesa

Marratxí

Mallorca

María Ángeles Gil Sureda

07002567

CEIP Guillem Ballester i Cerdo

C

Muro

Muro

Mallorca

Mª Del Mar Seguí Rosselló

07001010

CEIP Inspector Joan Capo

B

Felanitx

Felanitx

Mallorca

Coloma M. Ballester Moll

07007711

CEIP Jaume Vidal i Alcover

C

Manacor

Manacor

Mallorca

M. Juana Mas Vaquer

07004424

CEIP Joan Mas

C

Pollença

Pollença

Mallorca

Leonor Maria Crespí Tous

07000583

CEIP Joan Veny i Clar

B

Campos

Campos

Mallorca

Bartomeu Font Oliver

07006342

CEIP Mare de Déu de la Consolació

E

S'Alqueria Blanca

Santanyí

Mallorca

Miquela Nadal Obrador

07004229

CEIP Maria Antonia Salvà

D

Son Sardina

Palma

Mallorca

Beatriz Dengra Rosselló

07006317

CEIP Miquel Costa i Llobera _Pollença

D

Pollença

Pollença

Mallorca

Maria Antònia Serra Tugores

07013863

CEIP Molí d'en Xema

B

Manacor

Manacor

Mallorca

M Antònia Nadal Alcover

07002324

CEIP Montaura

E

Mancor De La Vall

Mancor De La Vall

Mallorca

Mercè Gelabert Morro

07000157

CEIP Pare Bartomeu Pou

C

Algaida

Algaida

Mallorca

Jordi Juan Sastre

07006287

CEIP Pere Cerdà

D

Port de Sóller

Sóller

Mallorca

Maria Caro Martínez

07003213

CEIP Rafal Vell

C

Palma

Palma

Mallorca

Maria Isabel Bestard Salas

07006524

CEIP Rosa dels Vents

E

Colònia de Sant Pere

Artà

Mallorca

Esther Zarrias Ruiz

07004114

CEIP S'Aranjassa

E

S'Aranjassa

Palma

Mallorca

Marta Oliver Sampol

07004163

CEIP Sa Indioteria

D

Sa Indioteria

Palma

Mallorca

Pedro Manuel Domingo Maura

07007826

CEIP S'Albufera

D

Port d'Alcúdia

Alcúdia

Mallorca

Maria Magdalena Vera Guayta

07006329

CEIP Sant Miquel

D

Son Carrió

Sant Llorenç des Cardassar

Mallorca

Joan Antoni Oliver Mulet

07004734

CEIP Santa Agnes de Corona

E

Santa Agnès

Sant Antoni de Portmany

Eivissa

Teresa Marí Mercklenburg

07002956

CEIP Santa Catalina

D

Palma

Palma

Mallorca

José Manuel Bermejo Díaz

07002257

CEIP Ses Comes

D

Portocristo

Manacor

Mallorca

Maria Hernández Sastre

07006573

CEIP Ses Roques

E

Caimari

Selva

Mallorca

Antonio Boyeras Vallespir

07012998

CEIP Son Caliu

C

Palmanova

Calvià

Mallorca

Francisca Far Horrach

07013395

CEIP Urbanitzacions de Llucmajor

C

Urbanització Puig de Ros

Llucmajor

Mallorca

Carolina Urraca Montero

07002981

CEIP Verge de Lluc

D

Palma

Palma

Mallorca

Rita Laura Reus Costa

07005246

CEIP Vora Mar

B

Can Picafort

Santa Margalida

Mallorca

Maciana Alomar Cuesta

Centros de educación infantil y primaria integrados con Educación Secundaria Obligatoria (CEIPIESO)

Código

Nombre

Tipología

Localidad

Municipio

Isla

Director/a

07006895

CEIPIESO Pintor Joan Miró

C

Palma

Palma

Mallorca

Marina Vallcaneras Bonnet

Centros de educación de personas adultas (CEPA)

Código

Nombre

Tipología

Localidad

Municipio

Isla

Director/a

07007671

CEPA Centre d'educació de persones adultes Francesc de Borja Moll

C

Inca

Inca

Mallorca

Joana Maria Prohens Salom

Escuelas de arte (EA)

Código

Nombre

Tipología

Localidad

Municipio

Isla

Director/a

07007188

EA Escola d'Art de Menorca

D

Maó

Maó

Menorca

Jose Antonio Arcas García-Delgado

Escuelas de educación infantil (EI)

Código

Nombre

Tipología

Localidad

Municipio

Isla

Director/a

07002233

EI Sa Graduada

E

Manacor

Manacor

Mallorca

Catalina Cabrer Galmés

Institutos de enseñanza secundaria (IES)

Código

Nombre

Tipología

Localidad

Municipio

Isla

Director/a

07007899

IES Calvià

A

Santa Ponça

Calvià

Mallorca

Jaime Balaguer Covas

07007917

IES Guillem Colom Casasnoves

B

Sóller

Sóller

Mallorca

Óscar Eugenio Dons

07000832

IES Josep Maria Quadrado

B

Ciutadella

Ciutadella

Menorca

Miquel Àngel Casasnovas Camps

07008511

IES Llucmajor

A

Llucmajor

Llucmajor

Mallorca

Ricardo Fernández Heredia Cañellas

07000844

IES Maria Àngels Cardona

A

Ciutadella

Ciutadella

Menorca

Maria Josep Rebassa Giménez

07002191

IES Mossèn Alcover

A

Manacor

Manacor

Mallorca

Antoni Gayà Pascual

07001940

IES Pasqual Calbó i Caldés

A

Maó

Maó

Menorca

Ana Maria Azazeta Saratxaga

07003869

IES Politècnic

A

Palma

Palma

Mallorca

Francisco Javier Caparrós Llodrá

07013152

IES Porreres

C

Porreres

Porreres

Mallorca

Juan Ramón Xamena Vidal

07015410

IES Quartó Del Rei

C

Santa Eulària des Riu

Santa Eulària des Riu

Eivissa

Antonio Márquez Muñiz

07008089

IES Sa Colomina

B

Eivissa

Eivissa

Eivissa

Ernesto Olariaga Rodríguez

07001371

IES Santa Maria d'Eivissa

B

Eivissa

Eivissa

Eivissa

Maria Teresa Marí Vich

 

 

ANEXO 3 Criterios de evaluación de la función directiva

1) Elaboración y seguimiento del proyecto educativo del centro, incluidos el reglamento de organización y funcionamiento y el proyecto lingüístico, la programación general anual, la memoria de final de curso y el proyecto de dirección, así como otros proyectos que determine la Consejería de Educación y Universidad.

2) Dinamización de los órganos de gobierno y de coordinación docente del centro, e impulso de la participación en estos de los diversos colectivos de la comunidad educativa.

3) Organización y gestión de los recursos humanos y materiales para proporcionar una oferta educativa amplia y ajustada a las demandas sociales.

4) Impulso y puesta en marcha de programas institucionales e iniciativas de innovación y formación que hayan mejorado el funcionamiento del centro.

5) Favorecimiento de la convivencia y las relaciones entre los miembros de la comunidad escolar, y resolución de conflictos.

6) Disponibilidad para atender al alumnado y sus familias, ofrecerles información y responder sus demandas.

7) Organización de actividades extraescolares y establecimiento de vías de colaboración con instituciones, organizaciones y servicios que favorezcan la apertura del centro y que lo conecten con el entorno.

8) Dinamización de la atención a la diversidad del alumnado, especialmente a través de la elaboración y el seguimiento del plan de atención a la diversidad y otros proyectos que en su momento considere adecuados la Consejería de Educación y Universidad.

9) Ejercicio de las competencias que, en materia de gestión económica, administrativa y de personal, otorga la legislación vigente al director de un centro docente público.

 

ANEXO 4 Opción de continuar en el ejercicio del cargo directivo

Datos personales [Indique el nombre y los apellidos tal como figuran en el DNI]

Apellidos y nombre:

DNI:

Domicilio:

CP:

Localidad:

Municipio:

Teléfono móvil:

Correo electrónico:

 

Fecha de nombramiento del primer mandato

BOIB*

Fecha de nombramiento del segundo mandato

BOIB*

Director / Directora del centro:

Código del centro:

 

Nombre del centro:

Localidad:

Teléfono:

EXPONGO:

1.  Que el día 30 de junio de 2021 finaliza el periodo de ejercicio de la dirección para el que se me nombró.

2. Que cumplo las condiciones señaladas en los artículos 136.2 y 134 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación y en el artículo 3 de la Orden del consejero de Educación y Cultura de 18 de febrero de 2010.

Por ello, y de acuerdo con el artículo 14 de la Orden del consejero de Educación y Cultura de 18 de febrero de 2010,

OPTO a continuar en el ejercicio del cargo por un nuevo periodo consecutivo de cuatro años y me comprometo, si la valoración final es positiva, a presentar dentro de los plazos establecidos la propuesta de los miembros del equipo directivo, integrada por funcionarios de carrera preferentemente con destino definitivo en el centro.

___________________________, ____ de ______________ de 2020

[Firma]

 

 

* Resolución de la directora general de Personal Docente de 30 de junio de  2017 por la que  se nombran directores de centros docentes públicos de acuerdo con la Resolución del consejero de Educación y Universidad de 19 de enero de 2017  (BOIB nº. 82, de 6 de julio de 2017)

* Resolución de la directora general de Personal Docente de 30 de junio de 2017 por la que se nombran directores de centros docentes públicos de acuerdo con la Resolución del Consejero de Educación y Universidad de 7 de diciembre de 2016 (BOIB nº. 82, de 6 de julio de 2017)

* Resolución del director general de Planificación, Infraestructuras Educativas i Recursos Humanos, de 8 de julio de 2013 per la que se nombran directores de centros docentes públicos de acuerdo con la convocatoria de 28 de febrero de 2013 (BOIB nº. 99, de 10 de julio de 2013)

DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN, ORDENACIÓN Y CENTROS

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD E INVESTIGACIÓN