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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SON SERVERA

Núm. 11656
Modificación del Acuerdo aplicable al personal funcionario del Ajuntament de Son Servera (Illes Balears)

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Texto

Modificación del artículo 13 y de un nuevo artículo del Acuerdo aplicable al personal funcionario del Ajuntament de Son Servera (Illes Balears).

La Alcaldía del Ajuntament de Son Servera (Illes Balears), en la sesión  del pleno de fecha 19 de noviembre de 2020, ha aprobado, en su parte bastante, el acuerdo que a continuación se reseña:

Primero.- Aprobar la modificación del artículo 13 y de un nuevo artículo del Acuerdo aplicable al personal funcionario del Ajuntament de Son Servera, como sigue a continuación:

"ARTÍCULO 13.- DÍAS FESTIVOS

Primero.- El personal público disfrutará de los días festivos que la normativa vigente establezca, tanto a nivel estatal como de la comunidad, así como de los festivos de ámbito local.

Si alguna trabajadora o trabajador del Ajuntament de Son Servera no puede disfrutar de los días festivos con carácter excepcional en las fechas señaladas y debe acudir a prestar servicio durante la jornada completa, se le indemnizará con un importe de 264 euros por día realmente trabajado, que corresponden al festivo que no se haya podido disfrutar.

Se exceptúa de esta norma el personal cuyo horario tenga carácter habitual en festivos, sábados, o domingos.

En los supuestos de trabajadores públicos del Ajuntament de Son Servera que deban prestar servicios a la corporación los días 24 y 31 de diciembre, se establece el siguiente régimen de indemnizaciones:

1. El personal que deba prestar servicios en turno de mañana de los días 24 y 31 de diciembre será indemnizado con el importe de 264 €.

2. El personal que deba prestar servicios en turno de tarde de los días 24 y 31 de diciembre será indemnizado con el importe de 264 €.

3. El personal que deba prestar servicios en turno de tarde de los días 24 y 31 de diciembre será indemnizado con el importe de 297 €.

En cualquier caso, el calendario laboral del Ajuntament de Son Servera incorporará dos días de permiso cuando los días 24 y 31 de diciembre coincidan con día festivo, sábado o día no laborable.

Se entenderá el mismo que el indicado en el apartado anterior cuando cualquiera de los días festivos establecidos en los calendarios del Estado, Comunidad Autónoma y del municipio de Son Servera coincida con día festivo, sábado o día no laborable, otorgando un día de permiso por día festivo que coincida con día no laborable.

ARTÍCULO NUEVO

Excepcionalmente y, cuando las bolsas de trabajo queden agotadas y por la necesidad y urgencia de las circunstancias que motiven la selección de personal suficiente, se podrá encomendar al Servicio de Ocupación de las Illes Balears (SOIB) el proceso de difusión de la oferta genérica de empleo. "

Segundo.- Remitir el presente acuerdo de la Delegación del Gobierno en Illes Balears, para su posterior registro, depósito y publicarlo en el BOIB.

Son Servera, 24 de noviembre de 2020

La alcaldesa ​​​​​​​Natalia Troya Isern