Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD E INVESTIGACIÓN
Núm. 11619
Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 20 de noviembre de 2020 por la cual se conceden ayudas destinadas a los medios de comunicación en lengua catalana en las Islas Baleares
Hechos
1. El 30 de julio de 2020 se publicó en Boletín Oficial de las Islas Baleares la Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 21 de julio de 2020 por la cual se convocan ayudas destinadas a los medios de comunicación en lengua catalana en las Islas Baleares.
2. La Dirección General de Política Lingüística recibió, durante el plazo de diez días hábiles a contar a partir del día siguiente de haberse publicado la mencionada Resolución, 51 solicitudes para optar a las ayudas.
3. El 4 de septiembre de 2020 se constituyó la Comisión de Evaluación para examinar las solicitudes de acuerdo con los criterios establecidos en esta convocatoria y elaborar una lista provisional de admitidos y excluidos, con los motivos de exclusión, que se publicó el día 14 de septiembre de 2020.
4. Tal como establece el punto decimocuarto de las bases de la convocatoria, la lista se publicó en el apartado «Servicios» de la página web http://dgpoling.caib.cat y en el tablón de anuncios de la Dirección General de Política Lingüística. Los interesados dispusieron de un plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente de la publicación para enmendar las deficiencias detectadas.
5. El día 7 de octubre de 2020 se reunió la Comisión de Evaluación para valorar la documentación aportada por los solicitantes y elaborar la lista definitiva de admitidos y excluidos, que se publicó el mismo día 7 de octubre.
6. La Comisión de Evaluación comprobó que los beneficiarios adjuntaron toda la documentación que se indica en el apartado décimo de la Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 21 de julio de 2020, como son la documentación necesaria para identificar al solicitante; la documentación relativa al medio; la documentación de carácter económico; la documentación relativa al cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y la documentación relativa al coste de las actividades subvencionables. Particularmente, se comprobó que los beneficiarios están al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
7. El importe solicitado para la subvención se corresponde con el coste subvencionable contenido en la relación de gastos subvencionables presentados por los beneficiarios en su solicitud de subvención.
8. El día 16 de octubre de 2020 la Comisión de Evaluación calculó el importe que tiene que recibir cada beneficiario, de acuerdo con los criterios de asignación y los límites en las subvenciones establecidos en el punto decimoquinto del anexo de la Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 21 de julio de 2020. La Comisión de Evaluación elaboró el informe preceptivo que sirvió de base para elaborar la propuesta de resolución.
9. En fecha 21 de octubre de 2020 se publicó, en el apartado «Servicios» de la página web http://dgpoling.caib.cat y en el tablón de anuncios de la Dirección General de Política Lingüística, la propuesta de resolución de la directora general de Política Lingüística para adjudicar las ayudas destinadas a los medios de comunicación en lengua catalana en las Islas Baleares.
10. Según establece el apartado 2 del punto decimosexto de las bases de la convocatoria, los beneficiarios tienen que comunicar a la Dirección General de Política Lingüística si aceptan la subvención o renuncian a ella. En cualquier caso, si en el plazo de ocho días hábiles desde la publicación de esta propuesta de resolución el beneficiario no hace constar lo contrario, se entenderá que acepta la subvención que se le ha adjudicado. Una vez transcurrido el plazo establecido, ninguno de los beneficiarios ha renunciado a la subvención.
11. En fecha 19 de noviembre de 2020 la Intervención de la CAIB ha fiscalizado de conformidad este expediente de convocatoria de subvenciones.
12. Los beneficiarios de estas subvenciones no están sometidos a prohibiciones para ser beneficiarios y están al corriente de sus obligaciones con la hacienda autonómica y con la de la Administración del Estado, y también con la Seguridad Social, lo cual ha comprobado la Administración y queda constancia de ello en el expediente.
13. Hay crédito adecuado y suficiente en las partidas presupuestarias 13301 455B01 46001 10, 13301 455B01 47000 00 y 13301 455B01 48000 00 del presupuesto de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2020.
Fundamentos de derecho
1. La Ley 3/1986, de 29 de abril, de normalización lingüística en las Islas Baleares.
2. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
3. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
4. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de despliegue de determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
5. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones.
6. El Decreto 21/2019, de 2 de agosto, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
7. La Orden de la consejera de Educación y Cultura de 1 de julio de 2009 por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura.
8. El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 10 de diciembre de 2010 por el cual se recibe el Plan General de Normalización Lingüística aprobado por el Consejo Social de la Lengua Catalana el 18 de junio de 2009.
9. La Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 21 de julio de 2020 por la cual se convocan ayudas destinadas a los medios de comunicación en lengua catalana en las Islas Baleares.
10. La propuesta de resolución de la directora general de Política Lingüística de 21 de octubre de 2020 para adjudicar las ayudas destinadas a los medios de comunicación en lengua catalana en las Islas Baleares.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Conceder una subvención y autorizar y disponer el gasto a favor de los beneficiarios siguientes de la línea A (edición, durante el año 2019, de una publicación periodística de información de carácter generalista con una periodicidad diaria), con cargo a la partida presupuestaria indicada en cada caso de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2020:
Entidad |
NIF |
Medio |
Puntuación |
Importe solicitado - Coste subvencionable |
Importe subvención |
Partida presupuestaria |
---|---|---|---|---|---|---|
Edicions Periòdiques Ara Balears |
B57806762 |
Ara Balears |
50,16 |
332.483,32 |
140.798,21 |
13301 455B01 47000 00 |
Ona Mediterrània |
G57834004 |
dBalears |
13,97 |
60.024,26 |
39.201,79 |
13301 455B01 48000 00 |
2. Conceder una subvención y autorizar y disponer el gasto a favor de los beneficiarios siguientes de la línea B (edición, durante el año 2019, de una publicación periodística de carácter local), con cargo a la partida presupuestaria indicada en cada caso de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2020:
Entidad |
NIF |
Medio |
Puntuación |
Importe solicitado - Coste subvencionable |
Importe subvención |
Partida presupuestaria |
---|---|---|---|---|---|---|
Agrupació Cultural de Porreres |
G07566839 |
Llum d'Oli |
5 |
9.876,97 |
2.336,16 |
13301 455B01 48000 00 |
Associació Coanegra |
G07627656 |
Coanegra |
8 |
6.925,24 |
3.737,85 |
13301 455B01 48000 00 |
Assoc. Cultural Bona Pau Montuïri |
G16514093 |
Bona Pau Montuïri |
10 |
13.195,63 |
4.672,31 |
13301 455B01 48000 00 |
Associació Cultural Es Majoral |
G07491558 |
Dies i Coses |
6,5 |
6.356,92 |
3.037,01 |
13301 455B01 48000 00 |
Associació Cultural Fent Carrerany |
G07487796 |
Fent Carrerany |
11 |
9.746,26 |
5.000,00 |
13301 455B01 48000 00 |
Associació Cultural N'Alí |
G07942014 |
Revista N'Alí |
13 |
6.776,00 |
5.000,00 |
13301 455B01 48000 00 |
Associació Cultural Setmanari Felanitx |
G57717944 |
Setmanari Felanitx |
17 |
60.938,62 |
5.000,00 |
13301 455B01 48000 00 |
Associació Cultural S'Ull de Sol |
G07875768 |
S'Ull de Sol |
10 |
24.218,99 |
4.672,31 |
13301 455B01 48000 00 |
Associació Cultural Veu de Sóller |
G07631260 |
Sa Veu |
39 |
36.797,28 |
15.000,00 |
13301 455B01 48000 00 |
Cent per Cent Manacor |
E57936577 |
Cent per Cent |
30,5 |
20.765,55 |
14.250,54 |
13301 455B01 47000 00 |
Centre Cultural de Sencelles |
V07748247 |
Revista Sa Sella |
13,5 |
3.011,02 |
3.011,02 |
13301 455B01 48000 00 |
Ediciones Jemma |
B78159142 |
Setmanari Sóller |
30,5 |
138.578,73 |
14.250,54 |
13301 455B01 47000 00 |
El Gall Editor |
B07740699 |
Punt Informatiu Pollença |
33 |
26.169,66 |
15.000,00 |
13301 455B01 47000 00 |
Inforraiguer |
F57078644 |
Revista Sa Plaça |
26,5 |
130.910,29 |
12.381,62 |
13301 455B01 47000 00 |
Mel i Sucre Sant Joan |
G07429327 |
Mel i Sucre |
11,5 |
5.081,04 |
5.000,00 |
13301 455B01 48000 00 |
Obra Cultural Balear |
G07070196 |
Díngola |
18 |
5.440,24 |
5.440,24 |
13301 455B01 48000 00 |
Obra Cultural Balear |
G07070196 |
Ressò de Campos |
15,5 |
20.552,17 |
7.242,08 |
13301 455B01 48000 00 |
Obra Cultural Balear |
G07070196 |
Campanet |
8,5 |
7.151,03 |
3.971,47 |
13301 455B01 48000 00 |
Obra Cultural Balear |
G07070196 |
Es Saig |
18 |
10.698,45 |
7.500,00 |
13301 455B01 48000 00 |
Obra Cultural Balear |
G07070196 |
Llucmajor de Pinta en Ample |
9 |
17.311,53 |
4.205,07 |
13301 455B01 48000 00 |
Ona Mediterrània |
G57834004 |
L'Estel |
15,5 |
24.575,76 |
5.000,00 |
13301 455B01 48000 00 |
Santuari de Lluc |
R0700157A |
Comunica-ció Lluc |
9 |
8.944,62 |
4.205,07 |
13301 455B01 47000 00 |
Setmanaris i Revistes |
B07728876 |
El Iris |
29,5 |
77.081,33 |
13.783,31 |
13301 455B01 47000 00 |
Teclejat Digital |
B16535239 |
Defranc Digital |
18 |
7.046,49 |
3.500,00 |
13301 455B01 47000 00 |
Toni Seguí Seguí |
41494741G |
Revista S'Auba |
6 |
10.595,37 |
2.803,39 |
13301 455B01 47000 00 |
Xerra i Xala |
G07910987 |
Xerra i Xala |
11 |
8.419,09 |
5.000,00 |
13301 455B01 48000 00 |
3. Conceder una subvención y autorizar y disponer el gasto a favor de los beneficiarios siguientes de la línea C (edición, durante el año 2019, de una publicación periodística de temática especializada), con cargo a la partida presupuestaria indicada en cada caso de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2020:
Entidad |
NIF |
Medio |
Puntuación |
Importe solicitado - Coste subvencionable |
Importe subvención |
Partida presupuestaria |
---|---|---|---|---|---|---|
Agència Interactiva Balear |
B57689853 |
ArtsMallorca |
20,5 |
25.000,00 |
3.500,00 |
13301 455B01 47000 00 |
Antoni Olives Gomila |
41499279B |
Revista So-miatruites |
10 |
11.663,80 |
2.034,25 |
13301 455B01 47000 00 |
Associació El Mirall |
G07278385 |
El Mirall |
15 |
20.858,42 |
3.051,39 |
13301 455B01 48000 00 |
Cartoceno Produccions |
B57501546 |
L'Hiperbòlic |
9,5 |
9.773,67 |
1.932,54 |
13301 455B01 47000 00 |
David Pérez Tomàs |
43135486K |
Gastronò-micament |
16 |
1.393,75 |
1.393,75 |
13301 455B01 47000 00 |
Diario de Ibiza |
A07433444 |
Mola |
26 |
20.696,00 |
5.289,07 |
13301 455B01 47000 00 |
Fundació Ateneu Pere Mascaró |
G57792798 |
L'Altra Mirada |
6,5 |
4.362,75 |
1.322,27 |
13301 455B01 48000 00 |
Grup Balear d'Ornitologia i Defensa de la Naturalesa |
G07089600 |
Es Busqueret |
11 |
3.859,83 |
2.237,68 |
13301 455B01 48000 00 |
Institut d'Estudis Eivissencs |
G07081615 |
Revista Eivissa |
17 |
1.686,61 |
1.686,61 |
13301 455B01 48000 00 |
María José Ferri Vizcaíno |
20436564Y |
Apunt Menorca |
15,5 |
9.051,57 |
3.153,09 |
13301 455B01 47000 00 |
Miquel Pol Alorda |
42971296M |
Fires i Festes de Mallorca |
19 |
15.897,56 |
3.500,00 |
13301 455B01 47000 00 |
Pere Josep García Munar |
43154005W |
Revista Pesca d'Illes |
29 |
19.687,87 |
5.899,34 |
13301 455B01 47000 00 |
4. Conceder una subvención y autorizar y disponer el gasto a favor de los beneficiarios siguientes de la línea D (emisión, durante el año 2019, de programación de televisión), con cargo a la partida presupuestaria indicada en cada caso de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2020:
Entidad |
NIF |
Medio |
Puntuación |
Importe solicitado - Coste subvencionable |
Importe subvención |
Partida presupuestaria |
Canal 4 TV |
B07941255 |
Canal 4 TV |
102,25 |
303.900,00 |
66.454,95 |
13301 455B01 47000 00 |
Televisió d'Eivissa i Formentera |
A07748379 |
Televisió d'Eivissa i Formentera |
67,00 |
188.919,93 |
43.545,05 |
13301 455B01 47000 00 |
5. Conceder una subvención y autorizar y disponer el gasto a favor de los beneficiarios siguientes de la línea E (emisión, durante el año 2019, de programación de radio), con cargo a la partida presupuestaria indicada en cada caso de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2020:
Entidad |
NIF |
Medio |
Puntuación |
Importe solicitado - Coste subvencionable |
Importe subvención |
Partida presupuestaria |
---|---|---|---|---|---|---|
Ajuntament d'Alcúdia |
P0700300G |
Ràdio Alcúdia |
80,10 |
174.837,00 |
20.000,00 |
13301 455B01 46001 10 |
Associació Cultural d'Audiovisuals de Formentera |
G57574675 |
Ràdio Illa |
47,37 |
119.412,44 |
12.954,20 |
13301 455B01 48000 00 |
Associació Ona Mediterrània |
G57834004 |
Ona Mediterrània |
82,12 |
32.057,95 |
20.000,00 |
13301 455B01 48000 00 |
Canal 4 TV |
B07941255 |
Canal 4 Ràdio |
58,75 |
114.641,00 |
16.066,28 |
13301 455B01 47000 00 |
Formentera Ràdio |
B16611477 |
Formen-tera Ràdio |
70,75 |
5.979,52 |
5.979,52 |
13301 455B01 47000 00 |
6. Denegar una subvención a los solicitantes siguientes, por los motivos indicados en cada caso:
Entidad |
NIF |
Medio |
Línea |
Causa de exclusión |
---|---|---|---|---|
Associació Cultural Nou País |
G66746694 |
La República |
A. Publicación de prensa diaria |
- La actividad no se ajusta al apartado 1 del punto primero de las bases de la convocatoria. - La actividad no se ajusta al apartado 2 del punto cuarto de las bases de la convocatoria. |
Formentera Ràdio |
B16611477 |
Diari Digital Formentera Ràdio |
A. Publicación de prensa diaria |
- La actividad no se ajusta al apartado 1 del punto primero de las bases de la convocatoria. - La actividad no se ajusta al apartado 2 del punto cuarto de las bases de la convocatoria. |
Daniel Esteban Quetglas |
18216741M |
Programa Nova Energia Mobilitat |
C. Publicación de temática especializada |
- Solicitud incorrecta. - Falta acreditar los datos de identificación. - Declaración responsable incompleta y errónea. - Ficha técnica incompleta. - La persona física o jurídica no figura inscrita en el sistema de la Seguridad Social. - No acredita que sea un medio propio. |
Menorca de Comunicación |
B07797145 |
Radio Menorca Cadena Ser |
E. Programación de radio |
- La actividad no se ajusta al apartado 1 del punto primero de las bases de la convocatoria. - La actividad no se ajusta al apartado 2 del punto cuarto de las bases de la convocatoria. |
7. Informar a los beneficiarios de que el pago de la subvención se hará de acuerdo con lo que dispone el punto decimoséptimo del anexo de la Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 21 de julio de 2020, una vez que las empresas y las entidades beneficiarias de las subvenciones hayan aportado la cuenta justificativa dentro del plazo de ocho días hábiles a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución de concesión.
8. Comunicar a los beneficiarios que la aceptación de la subvención implica el cumplimiento de las obligaciones recogidas en el punto undécimo del anexo que contiene las bases específicas de la convocatoria.
9. Ordenar la publicación de esta Resolución en Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación, Universidad e Investigación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con lo que establece el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, que regula la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, 20 de noviembre de 2020
El consejero de Educación, Universidad e Investigación Martí X. March i Cerdà