Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE ARTÀ
Núm. 11530
Aprobación definitiva MC 15/2020
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición pública, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de 26 de octubre de 2020, de aprobación inicial de la modificación de crédito 15/2020, de transferencia de créditos entre aplicaciones de diferente área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, tal y como sigue a continuación:
Altas en Aplicaciones de Gastos
Aplicación |
Descripción |
Modificaciones de crédito |
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Progr. |
Económica |
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2311 |
48000 02 |
Atenciones benéficas i asistenciales COVID-19 |
18.000,00 |
1321 |
12001 01 |
Retribuciones básicas funcionarios -A2 |
1,00 |
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TOTAL |
18.001,00 |
Bajas en Aplicaciones de Gastos
Aplicación |
Descripción |
Modificaciones de crédito |
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Progr. |
Económica |
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1720 |
22799 01 |
Presupuestos participativos (limpieza playas) |
18.000,00 |
1321 |
12003 01 |
Retribuciones básicas funcionarios -C2 |
1,00 |
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TOTAL |
18.001,00 |
Contra este acuerdo, en virtud de lo que dispone el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de esta jurisdicción.
Sin perjuicio de lo anterior, según lo fijado en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de este recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Artà, 20 de noviembre de 2020
El alcalde Manuel Galán Massanet