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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 11510
Encomienda de gestión a Fires, Congressos i Esdeveniments d’Eivissa S.A.U. (FECOEV, SAU) para la producción y ejecución del Programa de Navidad 2020/2021. Exp 2020/00015624H

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Texto

El 20 de noviembre, el Consell Executiu del Consell Insular d'Eivissa, aprobó por unanimidad, con la declaración previa de urgència, la encomienda de gestión a Fires, Congressos i Esdeveniments d'Eivissa S.A.U (FECOEV) para la producción y ejecución del Programa de Navidad 2020/2021 siguiente:

"El Consell Ejecutivo del Consell Insular d'Eivissa, en sesión celebrada el día 13 de mayo de 2013, dictó una instrucción en relación a la aprobación del procedimiento de tramitación y ejecución de los encargos de gestión del Consell Insular d'Eivissa a sus medios propios.

El importe a destinar a la programación y ejecución del Programa Navidad 2020/2021 asciende a la cantidad máxima de 336.700 € (trescientos treinta y seis mil setecientos euros), con cargo a la aplicación presupuestaria 3370-2279900, y en la distribución señalada en la memoria técnica correspondiente.

El Consell Insular d'Eivissa no cuenta con los medios propios suficientes para llevar a cabo la programación y ejecución de dicho programa.

El encargo ha de cumplir lo establecido al Acuerdo de fiscalización limitada previa para la adaptación de los requisitos adicionales previstos al acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de mayo de 2008, modificado el 7 de Julio de 2011, y el de julio de 2018, respecto al ejercicio de la función interventora en régimen de requisitos básicos, adoptado por el Pleno del Consell Insular d'Eivissa en sesión de fecha 29.11.2018, en relación a los expedientes de encargos de gestión.

Visto que con fecha 2 de noviembre de 2020, expedientes núm. 2/2020000005691 y núm. 2/2020000005692, se hicieron los preceptivos RCs que dotan de crédito el encargo de gestión directa y eventual para llevar a cabo la producción técnica y ejecución del Programa Navidad 2020/2021 que se celebrará en el Recinto Ferial entre los días 19 de diciembre de 2020 y 10 de enero de 2021.

En fecha 12 de noviembre de 2020 se emitió la memoria técnica, que figura en el anexo, donde se concretan tanto las características de los trabajos, que deben encargarse, como la justificación, los términos, el presupuesto, las formas de pago, la posibilidad de modificaciones y prorrogas, las medidas de carácter sanitario y de distanciamiento social debido a la COVID-19, etc.

Visto el informe técnico favorable, de fecha 12 de noviembre de 2020 sobre los criterios económicos y de eficacia que justifiquen que se encargue a Fires, Congressos i Esdeveniments d'Eivissa, SAU (FECOEV) llevar a cabo la prestación del servicio para la producción técnica y ejecución del Programa Navidad 2020/2021, que prevé la posibilidad que el medio propio contrate prestaciones parciales con terceros, que el importe de estas prestaciones no excede del 50% de la cuantía del encargo, con las excepciones previstas en el artículo 32.7 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de contratos del sector público.

Así mismo, visto el informe jurídico favorable de fecha 16 de noviembre de 2020, con el visto bueno del secretario general de la corporación, en relación al encargo de la gestión directa y eventual del Consell Insular d'Eivissa a un medio propio personificado, (Fires, Congressos i Esdeveniments d'Eivissa, S.A.U. (FECOEV)) para llevar a cabo la producción técnica y ejecución del Programa Navidad 2020/2021.

De conformidad con el apartado tercero c del Decreto de Presidencia núm. 2019000484, de fecha 16 de julio, de determinación de las atribuciones correspondientes a los diferentes órganos del Consell Insular d'Eivissa (BOIB ext. núm. 98, de fecha 17-07-19, modificación a los BOIB núm. 175, de 31-12-19, y 153, de 5-09-20), por razón del importe, correspondiente al Consell Ejecutivo la aprobación de este encargo de gestión a un medio propio personificado.

Visto el Decreto 12/2020, de 29 de octubre, de la presidenta de les Illes Balears, por el que se adoptan medidas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención de la COVID-19 a la isla d'Eivissa, al amparo de la declaración del estado de alarma (BOIB núm. 187 de 29 de octubre de 2020). Estas medidas de prevención temporales y excepcionales para hacer frente a la evolución desfavorable de la epidemia de la COVID-19 en la Isla d'Eivissa se adoptan como, con carácter transitorio y por un periodo de quince días naturales.

Visto en todo lo no previsto en este Decreto y en lo que sea compatible, se deben aplicar, en el ámbito territorial afectado por este Decreto, las medidas que, con carácter general, establece el Decreto 10/2020, de 26 de octubre, de la presidencia de las Illes Balears, por el que se establecen medidas en el territorio de las Illes Balears como consecuencia de la declaración del estado de alarma para hacer frente a la situación de emergencia sanitaria provocada por la COVID-19, así como las contiendas en el Plan de Medidas Excepcionales de Prevención, Contención y Coordinación para Hacer Frente a la Crisis Sanitaria Ocasionada por la COVID-19, una vez superada la fase 3 del Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad, aprobado por el Acuerdo del Consell de Govern de las Illes Balears el 19 de junio de 2020 y modificado mediante sucesivas resoluciones de la consellera de Salut i Consum (art. 4 del Decreto 12/2020, de 29 de octubre).

Visto, que este encargo de gestión a un medio propio personificado (Fires, Congressos i Esdeveniments d'Eivissa SAU, (FECOEV)) para la producción técnica y ejecución del Programa Navidad 2020/2021 se realizará de conformidad con la legislación vigente que sea de aplicación, y en todo caso, observando las prescripciones contenidas en los artículos, 11 y 86 ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público y los artículos 6 y 32 de la ley 9/2017, de 8 de noviembre de contratos del Sector Público.

Atendiendo el informe propuesta favorable emitido por el gerente del Campamento de sa Cala Jondal en fecha 17 de noviembre de 2020.

En virtud de todo lo anterior y de que lo establece el artículo 72.d) del reglamento orgánico del Consell Insular d'Eivissa (BOIB núm. 136 de 18-09-10, corrección en el BOIB núm. 148, de 14-10-10, modificación en el BOIB núm. 4, de 16-04-16), el conseller que subscribe, en virtud de las atribuciones que tiene conferidas por los Decretos de Presidencia núm. 2019000471 de 10 de julio de 2019, de estructura del Govern del Consell Insular d'Eivissa y creación de departamentos (BOIB núm. 95, de 11-07-15; modificados en el BOIB núm. 175, de 31-12-19 y en el BOIB núm. 153 de 05-09-20) núm. 201900472, de nombramiento de las personas miembros del Consell Ejecutivo de 10 de julio de 2019 (BOIB núm. 95 de 11-07-19), núm. 2019000484, de 16 de julio de 2019 de determinación de las atribuciones correspondiente a los diferentes órganos del Consell Insular d'Eivissa (BOIB núm. 95, de 11-07-15; modificaciones en el BOIB núm. 175, de 31-12-19 y en el BOIB núm. 153 de 05-09-20) y con carácter previo a la emisión del correspondiente informe de fiscalización previo, perceptivo y necesario, de la Intervención de la corporación, y para el caso de dicho informe sea favorable y de conformidad, elevo al Consell Executiu del Consell Insular d'Eivissa, si lo estima oportuno, la siguiente.

PROPUESTA DE ACUERDO

Primero: APROBAR el encargo de la gestión directa y eventual del Consell Insular d'Eivissa a un medio propio personificado (Fires, Congressos i Esdeveniments d'Eivissa SAU, FECOEV) para la presentación del servicio para la programación, producción técnica y ejecución del Programa Navidad 2020/2021 que se celebrará en el Recinto Ferial entre los días 19 de diciembre de 2020 y 10 de enero 2021 en los términos establecidos en la memoria técnica que figura en el anexo.

Segundo: APROBAR la autorización y compromiso de gasto de la cantidad de este encargo de gestión, con un importe máximo de 336.700 € (trescientos treinta y seis mil setecientos euros), tal como se detalla en el punto 5 de la Memoria técnica, con la siguiente distribución:

  • 10.000 € a cargo de la partida presupuestaria 3370-2279900 del presupuesto del Consell Insular d'Eivissa para el año 2020.
  • 326.700 € a cargo de la partida presupuestaria 3370-2279900 del presupuesto del Consell Insular d'Eivissa per el año 2021.

Tercero: NOMBRAR a Francesc Xavier Costa Garcia, gerente del Campamento de sa Cala des Jondal, como encargado de verificar la ejecución del encargo.

Cuarto: NOTIFICAR el acuerdo que se adopte a la entidad interesada: FECOEV, S.A.U.

Quinto: PUBLICAR este acuerdo en la plataforma de contratación y en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de conformidad en el artículo 32.6 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de contratos del público, añadiendo esta publicidad a la establecida por el perfil del contratante de la Plataforma de Contratación del sector público, de acuerdo con los artículos 63.6 y 347 de la citada Ley 9/2017 y lo previsto en el artículo 11.3.a de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público y en el artículo 8.1.b de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

ANEXO MEMORIA TÉCNICA EN RELACIÓN A LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN A FECOEV, SAU PARA LA PROGRAMACIÓN Y EJECUCIÓN TOTAL DEL PROGRAMA DE LAS FIESTAS DE NAVIDAD 2020/2021

1. Objecto

El Departament d'Hisenda, Gestió Econòmica, Esports i Joventut del Consell Insular d'Eivissa, dentro del marco de sus competencias y como parte de su programación de fomento de oci para niños y jovenes durante el año 2020, tiene previsto llevar a cabo durante las fiestas de navidad la realización de un programa de actividades de ocio, con el siguiente calendario:

  • Día de inicio: 19 de diciembre de 2020
  • Día de finalización: 10 de enero de 2021.

No habrán actividades el dia 31 de diciembre del 2020 por la tarde ni el día 1 de enero del 2021 por la mañana.

El lugar de desarrollo de las actividades será en el edifico del recinto de Fires, Congressos i Esdeveniments d'Eivissa, la dirección es ctra. Eivissa – Sant Antoni, km 1. 07800 Eivissa.

Para la realización y ejecución del Programa de Navidad 2020/2021, Fires, Congressos i Esdeveniments d'Eivissa S.A.U. (FECOEV) deberá atenerse a lo siguiente:

1. Llevar a cabo las acuaciones que son objeto del encargo de gestión para la realización y ejecución del Programa de Navidad 2020/2021, por lo cual deberá:

a. Aportar personal y equipos de iluminación, personal y equipos de sonido, personal de carga y descarga de material, transporte de personal y material, producción técnica de las actuaciones, adecuar espacios, aportar los requerimentos técnics para el montaje de las infraestructures necesárias para cumplir con rigor el Plan de autoprotección correspondiente, las infraestructuras necesarias para cubrir les necesidades de los monitores y demás personal técnico y, en definitiva, cualquier equipamiento y/o requerimento solicitado por el personal encarregado de desarrollar las actividades así como las que vienen definidas en el presupuesto.

b. Contractar y firmar los contratos con las empresas correspondientes según el calendario de desarrollo de las actividades.

c. Realizar los pagos a las empresas correspondientes en los terminos y plazos establecidos en el contrato firmado entre la FECOEV y las empresas en cuestión.

d. Realizar la publicidad que corresponda, al diseño gráfico y aplicación a los soportes publicitarios, impresión y distribución de toda la cartelería y cualquier otro material publicitario, reparto de carteles y colocación de lonas publicitarias. A estos efectos, el escudo del Consell Insular d'Eivissa deberá de estar presente de forma destacada en todos los soportes publitarios que se editen para promocionar el programa.

La mencionada publicidad serà, como mínimo, en lengua catalana. Antes de imprimir, editar o publicar cualquier material publicitario se debe contar con el visto bueno del Departament d'Hisenda, Gestió Econòmica, Esports i Joventut y debe haber sido revisado por el Servei de Normalització Lingüística del Consell Insular.

Queda prohibida cualquier forma de promoción o publicidad tanto en la carteleria como en el recinto que incite a las personas penores de edad , de manera directa o indirecta, al consumo de bebidas alcohólicas o de tabaco.

e. Contractar un servicio de enfermeria.

f. Adaptar en la medida de lo posible los diferentes recintos para personas con mobilidad reducida.

g. Hacerse cargo del control estricto de aforo que nunca podra superar a la vez los 300 usuarios.

h. Realizar todos los tramites administrativos y técnicos para conseguir la correspondiente autorización administrativa si fuera necesaria, en su caso, para el desarrollo de las actividades en cuestión.

2. Cumplir lo establecido en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y del Cosell 2014/23/UE, de 26 de febrero de 2014. iguialmente, para a realización de todas las actividades incluidas en este encargo, estará obligada al cumplimiento de la Ley 7/2014, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de instalación, accéso y ejercicio de actividades de las Illes Balears.

3. Cumplir lo establecido en la Ley 31/1995 de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales, todo su desarrollo normativo y disposiciones relacionadas, así como la contratación de los seguros que correspondan.

4. Poner a disposición las personas usuarias, en la recepción del recinto, hojas de reclamación y quejas.

5. Cumplir las especificaciones de carácter técnico que se señalan en el punto 8 de este documento, a la hora de contratar personal, monitores, empresas subministradoras, cantantes, etc.

6. Cumplir las medidas sanitarias extraordinarias y de distanciamiento social vigentes como consecuencia de la COVID-19 señaladas en el punto 9.

El Consell Insular d'Eivissa se hará cargo únicamente de la venta de entradas.

El Consell Insular d'Eivissa quedará excluido de cualquier riesgo empresarial derivado de las acciones previstas en el objeto de este encargo. FECOEV, SAU inhibirá al Consell Insular d'Eivissa de toda responsabilidad, excepto de aquellas responsabilidades derivadas de posibles modificaciones o resoluciones contractuales relacionadas con la actual situación pandémica.

2. Medio propio destinatario del encargo

La empresa pública FECOEV, SAU és una entidad mercantil de capital público del Consell Insular d'Eivissa, que tiene como objecto, entre otros, la realización de las actividades precisas para planificar, proyectar, coordinar y gestionar con las administracions públicas las actividades inherentes a un centro integrado de servicios relacionados con la promoción económica, social y cultural mediante la gestión integral de eventos relacionados con la promoción económica, turística, social, deportiva y cultural.

Esta entidad, que gestiona el Recinto Ferial y el Hipódromo de Sant Rafel, tendrá la condición de medio propio del Consell Insular d'Eivissa siempre que se cumplan las condiciones previstas en el apartado tercero del artículo 1 de sus Estatutos, y en virtud de este precepto es la entidad que ha realitzado en otras ocasiones los trabajos de programación y ejecución del Programa de Navidad 2020/2021, junto con el Consell Insular, por lo cual, su personal es conocedor de las acciones necesarias para llevarlo a cabo.

Visto que la mencionada empresa pública dispone de medios para poder ejecutar estas acciones de programación y ejecución del Programa de Navidad 2020/2021 y, teniendo en cuenta que el Departament d'Hisenda, Gestió Econòmica, Esports i Joventut no cuenta con los medios técnicos y humanos idoneos para llevarlo a cabo, así como el espacio para la realización de las actividades objecto del encargo.

De conformidad con la instrucción de Secretaría del Consell Insular, aprovada por el Consell Executiu en fecha de 13 de mayo de 2013, el Consell Insular puede encargar a la FECOEV directamente la realización de actividades de su competencia por razones de eficacia.

Es por todo lo anterior que el Consell Insular d'Eivissa, mediante el Departamento d'Hisenda, Gestió Econòmica, Esports i Joventut ha propuesto que el Consell Insular d'Eivissa encargue a la FECOEV la realización de las acciones previstas y necesarieas para llevar a cabo la programación y ejecució del Programa de Navidad 2020/2021.

3. Justificación y necesidad

El Decreto de Presidencia núm. 2020000768, de modificación del Decreto de Presidencia núm. 2019000471, de fecha 10-7-2019, de estructura del govern del Consell Insular d'Eivissa y creación de departamentos, y del Decreto de Presidencia núm. 2019000484, de fecha 16-7-2019, de determinación de las atribuciones correspondientes a los diferentes organos del Consell Insular d'Eivissa (BOIB núm. 153, de 5 de septiembre de 2020), estableciendo en el artículo tercero.8 que el Departamento d'Hisenda, Gestió Econòmica, Esports i Joventut comprenden:

La actividad competencial propia del Consell Insular en relació con las materias de fomento y promoción de les actividades deportivas, actividades recreativas, de ocio, joventud y equipamientos juveniles y ordenación de estas actividades. Este Departamento también gestionará los servicios propios de su ámbito de actuación presentados a los diferentes centros propiedad del Consell Insular.

Por ello, es voluntad del Consell Insular d'Eivissa, a través de su Departament d'Hisenda, Gestió Econòmica, Esports i Joventut, fomentar todas aquellas iniciativas que en la isla supongan una promoción de actividades de ocio, dirigidas a niños y jovenes de la isla, y que favorezcan la promoción del ocio en sus diversos ambitos.

Atendiendo a la situación sanitaria derivada de la Covid-19, y con el fin de prevenir los contagios, las actividades derivades de este programa se realizarán cumpliendo las medidas sanitarias vigentes por su desarrollo de manera segura.

Por ello, el Departament d'Hisenda, Gestió Econòmica, Esports i Joventut, dentro del marco de sus competencias y como parte de la programación de fomento de ocio para niños y jovenes durante el año 2020, tiene previsto llevar a cabo un programa de actividades de ocio con motivo de las Fiestas de Navidad 2020/2021. Este se desarrollará entre los días 19 de diciembre de 2020 y 10 de enero de 2021.

El Consell Insular d'Eivissa no cuenta con los medios propios suficientes para llevar a cabo la programación y ejecución de dicho programa. No obstante el artículo 11.1. de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de régimen jurídico del sector público establece que:

La realización de actividatdes de carácter material o técnico de la competéncia de los órganos administrativos o de les entidades de derecho público se puede encargar a otros órganos o entidades de derecho público de la misma Administración o de otra, siempre que entre sus competencias estén estas actividades, por razones de eficácia o cuando no se posean los medios técnicos idonios para ejercerlos (...).

Por otra parte, FECOEV, SAU es una sociedad mercantil de capital público del Consell Insular d'Eivissa, de acuerdo con el artículo 1 bis de sus Estatutos que “tendrá la condición de medio propio del Consell Insular d'Eivissa (...)”. Asimismo, el apartado 2 de este artículo establece que “El Consell Insular d'Eivissa podrá encargar a la sociedad la ejecución de cualquier actuación material relacionada con el objeto social mencionado en el artículo 2 de los Estatutos sin que, de otro modo, la sociedad pueda participar en ninguna licitación de contratación pública convocada por la administración insular o en sus entes instrumentales . (...)”.

El artículo 2 de los mencionados Estatutos dispone que

Constituye el objeto de la sociedad:

1. La realización de las actividades precisas para planificar, proyectar, coordinar y gestionar con las administraciones públicas, empresas y particulares las siguientes áreas de trabajo:

a. Coordinación, impulso y dirección técnica y facultativa de los procesos de reconversión y ordenación de actividades para impulsar la inversión y fomentar la actividad económica pública y privada.

b. Coordinación, orientación y evaluación de programas y servicios de ordenación y reconversión turística.

2. Las actividades inherentes a un centro integrado de servicios relacionados con la promoción económica, social y cultural de la isla de Eivissa mediante:

a. La gestión integral de eventos relacionados con la promoción económica, turística, social, deportiva y cultural, tanto de carácter público como privado.

b. El servicio de mantenimiento de instalaciones y ajardinamiento público propiedad del Consell Insular d'Eivissa, siempre que éste lo requiera por la vía de encomienda de gestión o acuerdo de Pleno.

c. El uso, la gestión, la explotación y administración de las instalaciones y de los bienes del recinto del edificio llamado Recinte Firal d'Eivissa i de l'Hipòdrom de Sant Rafel, así como otros que por acuerdo de Pleno del Consell Insular d'Eivissa se puedan inscribir a la sociedad, en alguna de las formas de gestión directa o indirecta previstas en la normativa.

Así mismo FECOEV, SAU dispone de las instalaciones necesarias y adecuadas para acoger el Programa de Navidad 2020/2021.

4. Plazo de duración y extinción

La duración de las actuaciones a encargar son desde el día 19 de diciembre de 2020 hasta el 10 de enero de de 2021, según el calendario establecido en el objeto de esta memoria técnica. No obstante, este encargo desarrollará sus efectos desde el momento de la notificación de la entidad encargada, lo que supondrá la orden de inicio de las actuaciones.

La vigencia hasta el día que hayan quedado justificados todos los gastos ante el órgano gestor que hará el seguimiento del encargo que, en cualquier caso, no podrá superar la fecha de 28 de febrero de 2021.

Este encargo se extinguirá por realización y finalización de las actividades objeto del encargo, por mutuo acuerdo de las partes o por incumplimiento de sus cláusulas que facultaran a la parte cumplidora a exigir su resolución.

5. Presupuestos y aplicación presupuestaria

PRESUPUESTO

GASTOS

CONCEPTOS

CANTIDAD

FECOEV

 

ESPECTÁCULOS

 

Gastos derivados del uso de la nave del recinto.

75.000 €

Montaje y desmontaje de un escenario 10 x 10 m

4.400 €

Montaje y desmontaje de 4 camerinos

2.200 €

Gastos derivados del uso de 300 sillas

1.400 €

Montaje y desmontaje de cortinaje

1.400 €

Decoración navideña de la nave

8.000 €

Consumo energético

13.200 €

Servicio de monitores

3.500 €

Equipos de sonido e iluminación para espectáculos locales (incluye técnico)

6.400 €

Coordinación y producción técnica espectáculos

20.000 €

Diseño gráfico de toda la imagen y aplicación a los soportes publicitarios que corresponda

5.000 €

Limpieza

3.000 €

Mantenimiento

3.000 €

PROGRAMA DE TV

 

Uso del espacio del Hipòdrom de Sant Rafel

4.500 €

Ambientación

18.200 €

Gastos de gestión y otros

8.000 €

 

177.200 €

SERVICIOS CONTRATADOS

 

ESPECTÁCULOS

 

Animación y presentación de los espectáculos de grupos locales

5.600 €

Espectáculos infantiles de grupos locales

13.000 €

Espectáculos infantiles de grupos nacionales

36.300 €

Equipamientos de luces, sonido y pantallas para los grupos nacionales

24.000 €

Desplazamientos de artistas y de sus equipos técnicos

11.000 €

Alojamiento de artistas y equipos técnicos

3.300 €

Dietas artistas desplazados

2.100 €

Transportes internos de artistas y equipos técnicos

1.800 €

Producción técnica y artística de los grupos nacionales

9.700 €

Alquiler de un WC portátil

500 €

Imprenta, reparto de carteles y colocación de lonas publicitarias

4.300 €

Seguridad

8.200 €

Enfermería

1.000 €

Retransmisión en directo de los conciertos locales en streaming y TV locales

14.000 €

PROGRAMA TV

 

Actores

8.500 €

Producción y realización

16.200 €

 

159.500 €

TOTAL 336.700 €

Esta cantidad irá con cargo a la aplicación presupuestaria 3370-2279900 y tendrá el carácter de aportación máxima a los gastos que realice, en ejecución de las acciones objeto de este encargo. No obstante, dado que el programa se inicia el día 19 de diciembre de 2020 y finaliza el día 10 de enero de 2021, dicha cantidad se distribuirá entre los presupuestos de 2020 y 2021 de la siguiente manera:

  • 10.000 € a cargo de la partida presupuestaria 3370-2279900 del presupuesto del Consell Insular d'Eivissa para el año 2020.
  • 326.700 € a cargo de las partida presupuestaria 3370-2279900 del presupuesto del Consell Insular d'Eivissa para el año 2021.

6. Forma de pago

El abono de las cantidades relativas a los gastos objeto de este encargo se realizará a medida que vayan presentando las correspondientes facturas justificadas de los gastos realizados.

En el caso que por la situación epidemiológica generada por la Covid-19, o por la aplicación de las medidas sanitarias o de prevención para evitar los contagios, dictados por las autoridades competentes, o por cualquier otra causa de fuerza mayor, no se pueda realizar parte o la totalidad de las actividades objeto de este encargo de gestión, se abonarán los gastos debidamente justificados de las actuaciones realizadas hasta la suspensión de las actividades objetos de este encargo.

En cualquier caso, se deberá estar en el plazo máximo de justificación previsto en el punto 4 de este encargo.

Las facturas se presentarán a través del Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas del Consell Insular d'Eivissa (https://cie.face.gob.es/) con los siguientes códigos DIR3:

Oficina contable

Órgano gestor

Unidad tramitadora

Consell Insular d'Eivissa

Departament d'Hisenda, Gestió Econòmica, Esports i Joventut

Joventut

L03070006

LA0015928

LA0005723

7. Posibilidad de prórroga o modificaciones

Si mientras se está ejecutando el encargo se producen circunstancias que así o aconsejen, el Cosell Insular d'Eivissa podrá modificar el encargo inicial bien a iniciativa propia, bien a petición del medio propio, siempre y cuando esta modificación quede acreditada y justificada, y se produzca durante el plazo de duración del encargo y no afecte a actuaciones ya realizadas.

Esta modificación supondrá la tramitación del correspondiente expediente administrativo que requiera de los mismos actos que el expediente inicial.

En cuanto a la posibilidad de prórroga del encargo deberá de quedar acreditado que es necesaria y justificada y se podrá realizar en los mismos términos establecidos para la modificación de la misma, siempre y cuando se ejercite antes de finalizar el encargo.

 

8. Especificaciones de carácter técnico

8.1. CONSIDERACIONES GENERALES

La programación, en general, debe contener un conjunto de actividades de ocio que tengan en cuenta las diferentes edades de los participantes.

8.2. PERSONAL, FUNCIONES Y TITULACIONES

El Programa Navidad 2020/2021 debe disponer durante el transcurso de toda la feria de 1 Coordinador de la zona de espectáculos, encargado de programar, coordinar y supervisar las actuaciones y espectáculos que se desarrollen diariamente y monitores de tiempo libre infantil y juvenil titulados suficientes para atender los espectáculos, en su caso.

Este personal debe ser mayor de 18 años y disponer de certificado vigente de no estar inscrito en el Registro Central de Delincuentes Sexuales, regulado por el Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre (BOE núm. 312, de 30 de diciembre).

8.3. CONCIERTOS Y ESPECTÁCULOS

  • Los conciertos y espectáculos deben dar respuesta a la demanda, edades (Entre 1 y 17 años) y características de los usuarios potenciales, pero como un mínimo debe haber:
  • 8 espectáculos o conciertos de artistas locales.
  • 2 espectáculos o conciertos de artistas nacionales.
  • Las actuaciones deben ser variadas (musicales, danza, circo, cuentacuentos, etc.) y dirigidas a las diferentes franjas de edad.
  • Tanto en los carteles como en los dípticos anunciadores de las referidas actuaciones debe de figurar el escudo del Consell de forma destacada y separado del resto de patrocinadores privados, si los hubiera. Los carteles deberán ser en catalán y antes de la impresión definitiva se debe obtener el visto bueno del Departamento d'Hisenda, Gestió Econòmica, Esports i Joventut.

9. Medidas de protección ante la COVID-19

  • Aforo: 300 personas.
  • Asientos numerados y preasignados (filas y asientos).
  • Distancia interpersonal entre asientos: 1,5 m.
  • Los asientos y las zonas comunes son previamente desinfectados.
  • Desinfección de baños previamente a los conciertos o espectáculos, durante el transcurso del mismo, en su caso.
  • Precintado del 50% de los baños para el público para mantener la distancia interpersonal. Los baños son de más de 4 m2 y disponen más de una cabina o urinario.
  • Señalización de las entradas y salidas para mantener la distancia interpersonal (1,5 m).
  • Punto higiénico en la entrada incluyendo gel hidroalcohólico y toma de temperatura.
  • Punto higiénico en la entrada de los baños incluyendo gel hidroalcohólico.
  • Mantenimiento de distancia interpersonal en los momentos en que el público no esté sentado.
  • Regulación de flujo de entrada y de salida del público mediante personal asignado a tal efecto, para evitar aglomeraciones.
  • Uso obligatorio de mascarillas en todas las instalaciones desde la entrada y durante todo el concierto o espectáculo.
  • Toma de temperatura de todo el personal, incluyendo artistas y músicos.
  • En el caso que alguna persona usuaria o del persona presente síntomas compatible con la COVID-19 o una temperatura corporal superior a 37,5º se impedirá la entrada a las instalaciones.
  • Se emitirán locuciones por el sistema de megafonía con las recomendaciones oportunas en relación a las medidas de protección ante la COVID-19, con carácter previo y una vez finalizado el espectáculo.
  • No se permitirá al público asistente bailar durante el concierto o espectáculo, debiendo permanecer sentado durante el desarrollo del mismo.
  • Apertura de puertas al público con antelación suficiente para permitir un acceso escalonado al pabellón y permitir una distancia interpersonal de, como mínimo, 1,5 m.
  • Salida del público escalonada para permitir una distancia interpersonal de, como mínimo, 1,5 m.
  • Los cantantes y artistas deben mantener una distancia interpersonal adecuada durante el desarrollo del concierto o espectáculo.
  • Con anterioridad al inicio del concierto o espectáculo se realizará la limpieza y desinfección de los equipos y materiales de sonido al que tengan acceso los cantantes y artistas.
  • Los camerinos no serán compartidos por diferentes grupos, y se desinfectarán antes y después de su uso.
  • Los artistas y músicos utilizarán mascarillas en todo momento, excepto durante el concierto o espectáculo.
     

10. Decoración

Como mínimo debe tener lo siguiente:

2 pancartas para situar en los puentes de la carretera de circunvalación de la ciudad de Ibiza con una medida mínima de 5 x 1,5 m, con el lema “FESTES DE NADAL 2020. FECHAS, LUGAR Y ESCUDO DEL CONSELL”. Para colocar las dichas pancartas se debe solicitar el permiso pertinente al departamento de carreteras del Consell Insular d'Eivissa.

Al ser Navidad, debe haber una destacada decoración navideña.

11. Publicidad y entradas

  • Se imprimirán la cantidad mínima de 200 carteles en color que deben ser repartidos por toda la isla de Ibiza. El motivo del cartel será navideño. Las dimensiones del cartel serán de un mínimo de 30 x 45 cm.
  • La publicidad se realizará principalmente por medio digitales y los carteles deberán llevar un código QR con la programación.
  • La publicidad deberá de ser, como mínimo, en catalán y antes de imprimir los carteles y dípticos deberán tener el visto bueno del Departament d'Hisenda, Gestió Econòmica, Esports i Joventut.
  • Las entradas se venderán telemáticamente a través de la plataforma habilitada por el Consell Insular. En el caso que no se agoten las entradas puestas a la venta, se podrán vender estas, si se considera conveniente, a la entrada del recinto.

12. Servicio de limpieza

Se prestará el servicio de limpieza adecuado a las necesidades y cumpliendo las medidas sanitarias señaladas por las autoridades como consecuencia de la COVID-19.

13. Seguros

Como se indica en el punto 1.3. FECOEV, SAU se compromete a contratar los seguros que correspondan. Dichas pólizas deben mantenerse en vigor durante todo el tiempo de duración del Programa de navidad 2020/2021.

14. Equipamiento, útiles, material fungible

FECOEV, SAU aportará la totalitat de màquines y utensilios para la realización de las diferentes actividades y espectáculos así como todos los materiales y productos fungibles necesarios para el correcto desarrollo del contrato.

15. Director responsable

Como director de verificar la ejecución de la actividad se propone el nombramiento del técnico del Departamento d'Hisenda, Gestió Econòmica, Esports i Joventut Sr. Francesc Xavier Costa Garcia.

16. Régimen jurídico aplicable

Este encardo de de gestión a un medio propio personificado (Fires, Congressos i Esdeveniments d'Eivissa S.A.U. (FECOEV)) para llevar a cabo la prestación del servicio para la producción técnica y ejecución del Programa Navidad 2020/2021 que se celebrará entre los días 19 de diciembre de 2020 y 10 de enero de 2021 en el Recinto Ferial d'Eivissa, se realizará de conformidad con la legislación vigente que le sea de aplicación, y en todo caso, observando las prescripciones contenidas en los artículos, 11 y 86 Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público y en los artículos 6 y 32 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del Sector Público.

De conformidad con el artículo 11.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, el órgano encomendado tiene la condición de encargado del tratamiento de los datos de carácter personal a las que pueda tener acceso en ejecución del encargo de gestión, de conformidad con lo establecido en la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de derechos digitales, en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlament y del Consell, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (DOUE 4.5.2016), y en el resto de la legislación vigente en materia de protección de datos personales, que sea de aplicación.

 

Eivissa, 20 de noviembre de 2020 El jefe de sección del Departament de Cultura, Educació i Patrimoni José Vicente Garibo Redolat