Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE MONTUÏRI
Núm. 11482
Modificación precios cementerio, aprobación definitiva
Una vez transcurrido el plazo de treinta días, sin haberse presentado ningún tipo de alegación, en el acuerdo de aprobación inicial de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por los servicios del cementerio municipal, de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 del texto refundido la Ley 30/1.988, reguladora de las Haciendas Locales, el acuerdo de aprobación provisional queda elevado a definitivo, transcribiéndose a continuación los artículos modificados.
Nueva redacción del artículo 6.1 :
6.1.- La cuota tributaria se determinará por aplicación de las siguientes tarifas :
Epígrafe primero . - Concesión de Sepulturas .
- Sepulturas de caràcter perpetuo : |
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Identificadas con los dígitos 01 |
8.000,00 € |
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Identificadas con los dígitos 02 i 03 |
11.000,00 € |
- Nichos de carácter temporal de 5 anys |
350,00 € |
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- Prórroga anual |
140,00 € |
nota . - El derecho que se adquiere mediante el pago de la tarifa correspondiente a las sepulturas de carácter perpetuo no es el de la propiedad física del terreno , sino el de concesión a perpetuidad de la tumba para la conservación de los restos inhumados .
Epígrafe segundo . - Registro de transmisiones :
2.a) Entre pedres y hijos y conyuges |
50,00 € |
2.b ) Resto |
70,00 € |
Epígrafe tercero. Inhumaciones , Exhumaciones y Depósito de Cadáveres :
3.a. ) Inhumaciones de cadaveres de otros cementerios |
86,25 € |
3.b. ) Inhumaciones de cadaveres dentro del mismo cementerio |
56,25 € |
3.c ) Exhumaciones de cadaveres a otros cementerios |
86,25 € |
3.d ) Exhumaciones de cadaveres dentro del mismo cementerio |
61,60 € |
3.e) Servicios de enterramiento |
200,00€ |
Montuïri, 19 de noviembre de 2020
El alcalde
Joan Verger Rosiñol